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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección I. Disposiciones generales

AYUNTAMIENTO DE SANTA EUGÈNIA

Núm. 7331
Aprobación definitiva modificación ordenanza fiscal I.B.I. urbana

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Texto

Aprobado por este Ayuntamiento en sesión ordinaria celebrada el día 31 de enero de 2014, la modificación del artículo 2º-1º de la ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana, queda definitivamente aprobada la siguiente modificación, que tendrá vigencia a partir de la publicación de este edicto en el BOIB:

Ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana, se aprueba la siguiente variación:

El art. 2º) 1º, quedará redactado en los siguientes términos:

Art. 2º, 1º) El tipo de gravamen del Impuesto sobre bienes inmuebles aplicable a bienes de naturaleza urbana queda fijado en el 0,415 %

Disposición final

La presente modificación entrará en vigor el día de su publicación en el BOIB y comenzará a aplicarse desde el día 1 de enero de 2015 y estará en vigor hasta su modificación o derogación expresa.

Lo que se hace público para el general conocimiento y a los efectos oportunos, significándole que, contra el citado acuerdo de aprobación definitiva de modificación de la citada ordenanza fiscal los interesados podrán interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto y de conformidad con lo establecido en el artículo 19.1 de la Ley 39/88 reguladora de las Haciendas Locales.

 

Santa Eugènia a 8 de abril de 2014

 

El Alcalde,

Francisco Martorell Canals