Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA
JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NÚM. 8 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 6972
Juicio de faltas inmediato 3/14
En virtud de lo acordado en el presente procedimiento, remito a V.E. la presente CERTIFICACION DE SENTENCIA para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA C.A.I.B.
EDICTO
S E N T E N C I A 2
En PALMA DE MALLORCA a diecisiete de Enero de dos mil catorce.
D./Dña. ANTONI ROTGER CIFRE, MAGISTRADO-JUEZ de Instrucción número Ocho de los de esta Ciudad, habiendo visto y oído en Juicio Oral y Público la presente causa JUICIO DE FALTAS INMEDIATO 0000003/2014, seguida por una falta de HURTO a instancia de denuncia interpuesta por GONZALO MARTIN MUÑOZ en nombre y representación de la entidad “EL CORTE INGLES” contra DOLORES VARGAS NAVAS Y CESAR MORENO SANTIAGO, habiendo sido parte en la misma el Ministerio Fiscal.
F A L L O
QUE DEBO CONDENAR Y CONDENO A DOLORES VARGAS NAVAS como autora responsable de la falta precedentemente definida a la pena de CINCO DIAS DE LOCALIZACION PERMANENTE, y QUE INDEMNICE AL ESTABLECIMIENTO EL CORTE INGLES EN LA CANTIDAD DE 347 EUROS, y al pago de las costas procesales causadas por mitad. Y QUE DEBO ABSOLVER Y ABSUELVO libremente a CESAR MORENO SANTIAGO de las presentes actuaciones penales.
La presente resolución no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación en este Juzgado para ante la Iltma. Audiencia Provincial de ILLES BALEARS en el plazo de CINCO DIAS desde su notificación.
Así por ésta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que conste y sirva de Notificación de Sentencia a DOLORES VARGAS NAVAS Y CESAR MORENO SANTIAGO, actualmente paradero desconocido, y su publicación en el Boletín Oficial de LAS ISLAS BALEARES, expido la presente en PALMA DE MALLORCA a 8 de abril de 2014.
EL/LA SECRETARIO