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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

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AYUNTAMIENTO DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 7101
Sanidad.- Animales.- Notificación resolución exp. M129/13

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Texto

 Por no tener conocimiento de la preceptiva notificación de la persona que a continuación se relaciona,   por el presente edicto se le notifica que en relación con el expediente que se tramita en el Area Delegada de Sanidad  y  Consumo,  con el nº M129/13,  según infracción  de los articulos  42 y 47 de las OO.MM. para la inserción de animales de compañia a la Sociedad Urbana de 25-05-2009  (publicada al BOIB nº 93 de 27-06-2009)  esta Alcaldia, mediante  Decreto nº 4490 de fecha  17 de marzo  del 2014,  ha acordado :

Ordenar al Sr. Miguel Martinez Gil,  con D.N.I. número 42.956.940-R que en el plazo de diez dias, contados  a partir de la recepción de la presente notificación, procediera  a adoptar las medidas  correctoras que se especifican en el mentado decreto de Alcaldia nº  4490 de fecha 17 de Marzo del 2014  así como apercibir al Sr. Miguel Martinez Gil, y   para el caso del incumplimiento  de lo ordenado en el plazo señalado,  se procedera a la  retirada del animal,  de la actual ubicación, y siendo responsable de los daños y perjuicios que pudieran ocasionarse; todo ello sin perjuicio del traslado de las actuaciones efectuadas al juzgado correspondiente, a los efectos pertinentes.

Contra esta resolución,  que agota la  via administrativa , se puede presentar recurso de reposición delante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con el artº 116 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, del régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, segun la redacción de la Ley 4/99, de 13 de Enero. El plazo para interponerlo es de un mes contado desde el dia siguiente de recibir esta notificación. En este caso, no se podrá interponer recurso contencioso administrativo hasta que no se haya resuelto el de reposición.

El recurso de reposición potestativo se tendra que  presentar en el Registro  General de este Ayuntamiento o a las dependéncias a que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, antes mencionado, y se entenderá desestimado cuando no se haya resuelto ni notificado la resolución, en el plazo de un mes, contado desde el dia siguiente de su interposición, y en este caso quedará expedita la vía contenciosa administrativa.

Si no se utiliza el recurso potestativo de reposición, se puede interponer directamente recurso contencioso administrativo, de acuerdo con el artículo antes mencionado y los 45 y siguientes de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa, delante el Juzgado Contencioso Administrativo, en el plazo de dos meses contados desde el dia siguiente de recibir esta notificación,  esto sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que se considere oportuna.

Palma, a 14 de Abril  del 2014

LA  JEFE  DEL  DEPARTAMENTO
Rosa Llinas Bosch,