Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
AYUNTAMIENTO DE SANTA MARIA DEL CAMÍ
Núm. 7059
Bolsa de trabajo encargado brigada de obras
BOLSA DE TRABAJO PARA CUBRIR INTERINAMENTE CON CONTRATO LABORAL TEMPORAL POSIBLES VACANTES DE ENCARGADO O JEFE DE LA BRIGADA DE OBRAS DEL AYUNTAMIENTO .
1.-NATURALEZA Y CARACTERÍSTICAS DE LA PLAZA .
a) Tipo de Personal : Personal Laboral con contrato temporal ( contrato de interinidad ) para cubrir posibles vacantes de encargado o jefe de la brigada de obras del Ayuntamiento .
b) Denominación : Encargado o jefe de la brigada de obras del Ayuntamiento .
c ) Características de la Plaza: Las especificadas en el catálogo de puestos de trabajo.
d) Horario : El horario será fijado por la Alcaldía para atender las necesidades del servicio .
2.-REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES .
Para ser admitido a la realización de las pruebas selectivas , los aspirantes en la fecha de expiración del plazo para la presentación de instancias, deberán reunir los siguientes requisitos :
a) Tener la nacionalidad española , sin perjuicio de lo dispuesto en el art. 57 de la Ley 7 /2007, de 12 de abril del Estatuto Básico del Empleado Público .
b ) Tener cumplidos los 16 años de edad y no exceder , en su caso , de la edad máxima de jubilación forzosa .
c ) Estar en posesión del Graduado escolar, FP 1 o equivalente.
d) Estar en posesión del permiso de conducir categoría B.
e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier Administración Pública .
f ) No padecer enfermedad ni defecto físico o psíquico que impida el normal ejercicio de la función .
g) Conocimiento oral de la lengua catalana .
Antes de la firma del contrato , el interesado debe hacer constar que no percibe pensión de jubilación , retiro u orfandad .
3.-SISTEMA SELECTIVO :
Se desglosará en las siguientes fases :
a) Prueba escrita .
b) Fase de concurso .
c)) Entrevista personal .
a) Prueba escrita : consistirá en presentar obligatoriamente , junto con la instancia solicitando participar en este proceso selectivo , un trabajo de no más de tres folios , consistente en argumentar como organizaría y dirigiría una brigada de obras .
b ) Fase de concurso : Se valorarán los siguientes méritos , de acuerdo con la siguiente puntuación :
1.-Actividad profesional :
Experiencia como encargado o jefe de brigada de obras de una administración : 1 punto por año completo de trabajo, con un máximo de 5 puntos .
Experiencia como encargado o jefe de brigada de obras de una empresa privada : 0'5 puntos por año completo de trabajo, con un máximo de 3 puntos .
Para poder valorar este mérito será necesario que se presente certificado de empresa en el que se especifique las fechas de alta y baja en la misma , categoría profesional y servicios prestados o contratos laborales en los que se especifiquen la categoría profesional , las tareas desarrolladas acompañados del certificado de vida laboral emitido por la Seguridad Social.
2.- Cursos de formación y perfeccionamiento relacionados con la plaza ofertada , impartidos por instituciones públicas u oficiales ( acreditado mijançant certificado, título o diploma del organismo correspondiente ) :
-Hasta 29 horas : 0.1 punto
-De 30 a 49 horas : 0.25 puntos
-De más de 50 horas : 0.5 puntos
Máximo cursos : 2 puntos .
En caso de que los certificados no expresen las horas sino los créditos que representan , cada crédito será contabilizado como 10 horas de curso .
3.- Cargas familiares : 0,25 puntos por cada hijo a su cargo menor de edad . (Para valorar este mérito será necesario la presentación del libro de familia).
4.-Estar en posesión del permiso de conducción categoría C1 ( o superior ) : 1 punto .
5.-Conocimiento de catalán :
Sólo se puntuará el nivel más alto que se presente , menos en el caso del supuesto E, en que la puntuación se sumará al otro nivel más alto de catalán que se presente .
Este mérito se acreditará mediante certificados expedidos u homologados por escuelas oficiales de idiomas o escuelas de administración pública .
No se valorarán los méritos que no se acrediten mediante la presentación de los documentos que se especifican en los párrafos anteriores ( originales o fotocopias compulsadas ) . Estos documentos deberán presentarse dentro del plazo de presentación de instancias , sin que se puedan valorar si se presentan fuera de este plazo .
c ) Entrevista personal : consistirá en mantener una conversación en catalán con el tribunal a efectos de acreditar el requisito g ) de la base segunda de la convocatoria , y versará sobre la defensa del trabajo presentado , con cuestiones que pueden formular los miembros del tribunal , así como conocimientos del municipio . Se puntuará de 0 a 10 puntos .
La puntuación final del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en las fases anteriores , resultando seleccionado el candidato que obtenga mayor puntuación .
4.- PRESENTACIÓN DE INSTANCIAS .
1. - Las instancias para tomar parte en esta convocatoria , en la que los aspirantes deberán declarar bajo su responsabilidad que reúnen todas las condiciones exigidas en la Base SEGUNDA , se dirigirán a la Alcaldesa -Presidenta de la Corporación y se presentarán en el Registro General de este Ayuntamiento en horas de oficina .
2. - Plazo de presentación de instancias : Las instancias para tomar parte en esta convocatoria se presentarán en el Ayuntamiento en el plazo de quince días hábiles siguientes a la publicación de estas bases sobre el BOIB .
3. - Finalizado el plazo de presentación de instancias , la Alcaldesa -Presidenta dictará Resolución en el plazo máximo de 10 días hábiles , aprobando la lista de admitidos y excluidos , explicando los motivos en el caso de su exclusión . Dicha Resolución se publicará en el tablón de anuncios del Ayuntamiento , dando en su caso , un plazo de 5 días para subsanar estos defectos .
4. - En la misma Resolución la Alcaldesa determinará la fecha y el lugar de celebración de las pruebas de selección , debiéndose presentar los aspirantes el día señalado provistos del DNI
5.- TRIBUNAL DE SELECCIÓN .
1. - El Tribunal de Selección estará integrado por:
PRESIDENTE :
- El arquitecto municipal.
VOCALES :
- Dos miembros de la brigada de obras del Ayuntamiento .
- Un representante de los funcionarios del Ayuntamiento .
SECRETARIO :
- el de la Corporación o funcionario en quien delegue .
2. - El tribunal queda autorizado para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden del proceso selectivo .
3 . - La abstención y recusación de los miembros del Tribunal se sustanciará de acuerdo con lo dispuesto en los arts . 28 y 29 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre.
6 . - FINALIZACIÓN DEL PROCESO DE SELECCIÓN :
1. - Finalizada la selección , el Tribunal publicará la relación de las puntuaciones otorgadas , que comprenderá la propuesta a favor del aspirante que habiendo superado las pruebas selectivas , haya obtenido la mejor puntuación, así como también la lista de los que en consideración a la puntuación concedida se les pueda considerar aptos sin obtención de plaza .
2. - Superadas las pruebas selectivas , el aspirante seleccionado deberá presentar, dentro del plazo de los cinco días siguientes a la exposición en el tablón de edictos del Ayuntamiento de la lista de las puntuaciones obtenidas , los documentos acreditativos de que reúne los requisitos establecidos en la Base SEGUNDA .
DISPOSICIÓN ADICIONAL PRIMERA :
En el supuesto de que el aspirante propuesto no reuniera los requisitos establecidos en la base segunda o no presentara la documentación acreditativa en el plazo indicado en la base sexta , no podrá ser contratado . En este caso, el Ayuntamiento nombrará aquel aspirante declarado apto que siga en orden de puntuación al propuesto . Este procedimiento también se podrá llevar a cabo en caso de renuncia voluntaria , enfermedad o baja del seleccionado .
En caso de que comunicada a un integrante de esta bolsa la existencia de la vacante , éste no manifieste por escrito registrado de entrada en el Ayuntamiento , su voluntad de ocupar la misma dentro del plazo máximo de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente hábil al de la recepción de la correspondiente comunicación municipal , se le dará por desistido , pasando a ocupar el último lugar de la bolsa y ocupando su lugar el siguiente de la lista . La renuncia expresa también implicará el seguimiento de este procedimiento.
En todo caso , la existencia de la bolsa de trabajo , no enerva la potestad del Ayuntamiento de convocar un nuevo proceso selectivo para cubrir la posible vacante .
DISPOSICIÓN ADICIONAL SEGUNDA :
Este bolsín estará en vigor hasta que el Ayuntamiento declare expresamente su extinción
SANTA MARIA DEL CAMÍ, 21 de abril de 2014.
LA ALCALDESA-PRESIDENTA
Mª ROSA M. VICH.