Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE EIVISSA
Núm. 6778
Convenio de colaboración entre el Institut d’Estudis Baleàrics y el Consell Insular d’Eivissa para llevar a cabo actuaciones didácticas de formación lingüística de lengua catalana en el Centre d’Autoaprenentatge de Llengua Catalana d’Eivissa y cubrir los gastos de mantenimiento y de funcionamiento durante el año 2014
De conformidad con lo establecido en el art. 8 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, del régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, a continuación se hace público el siguiente convenio núm. 11/2014:
Convenio de colaboración entre el Institut d’Estudis Baleàrics y el Consell Insular d’Eivissa para llevar a cabo actuaciones didácticas de formación lingüística de lengua catalana en el Centre d’Autoaprenentatge de Llengua Catalana d’Eivissa y cubrir los gastos de mantenimiento y de funcionamiento durante el año 2014.
Partes
Antoni Vera Alemany, director del Institut d’Estudis Baleàrics, en ejercicio de las facultades que le atribuye el artículo 16.p de los Estatutos aprobados en el Acuerdo del Consell de Govern de 19 de julio de 2013 por el cual se autoriza la modificación de los Estatutos del Institut d’Estudis Baleàrics (BOIB núm. 101, de 20 de julio de 2013).
Josefa Costa Costa, consellera del Departamento de Educación, Cultura y Patrimonio del Consell Insular d’Eivissa (de ahora en adelante Consell), en el ejercicio de sus facultades atribuidas por el artículo primero, apartado c, del Decreto de Presidencia núm. 605, de fecha 4 de julio de 2011 (BOIB núm. 104, de 7-07-11).
Antecedentes
1. Una de les finalidades del Institut d’Estudis Baleàrics (de ahora en adelante IEB), según el artículo 4 de sus Estatutos, aprobados por Acuerdo del Consell de Govern de 19 de julio de 2013 por el cual se autoriza la modificación de los Estatutos del Institut d’Estudis Baleàrics (BOIB núm. 101, de 20 de julio de 2013), es la formación lingüística no reglada en lengua catalana de los ciudadanos de las Illes Balears. En este ámbito, ha de fomentar la organización de cursos, seminarios, conferencias, centros de autoaprendizaje y toda clase de técnicas y estrategias formativas.
2. El Decreto de Presidencia núm. 232/2013, de modificación del apartado tercero del Decreto núm. 600/2011 (estructura del Gobierno del Consell Insular d’Eivissa) del Consell Insular d’Eivissa, publicado en el BOIB núm. 100, de 18 de julio de 2013, establece en el artículo primero el Área de Presidencia, que incluye, entre otros, el Departamento de Cultura, Educación y Patrimonio, que comprende la actividad competencial propia del Consell Insular en relación con las materias de enseñanza, actividades artísticas y culturales, museos, archivos, bibliotecas, normalización lingüística y patrimonio histórico monumental. Este Departamento también gestionará los servicios propios de su ámbito de actuación prestados a los diferentes centros propiedad del Consell Insular.
3. La Ley 3/1986, de 29 de abril, de normalización lingüística de las Illes Balears, estipula que los poderes públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma adoptarán las medidas pertinentes y proveerán los medios necesarios para el conocimiento y uso de la lengua catalana en todos los ámbitos y actividades de la vida social (art. 33), que el Gobierno de la Comunidad Autónoma debe promover la lengua catalana para adultos (art. 36) y que tiene que crear centros especialmente dedicados, en todo o en parte, a fomentar el conocimiento, el uso y la divulgación de la lengua catalana y la cultura de las Illes Balears (art. 38.2).
4. El IEB dispone de una red de centros y puntos de autoaprendizaje de catalán repartidos entre las Illes Balears.
5. En el año 2000 el IEB (antes “Cofuc”), el entonces Consell Insular d’Eivissa i Formentera y el Ajuntament d’Eivissa firmaron un convenio de colaboración para crear un Centre d’Autoaprenentatge de Llengua Catalana en Eivissa.
6. Desde el 1 de febrero de 2013 el Centre d’Autoaprenentatge de Llengua Catalana d’Eivissa ha trasladado sus dependencias de la calle de Josep Zornoza Bernabéu a uno de los edificios que el Consell ha cedido a la Universitat de les Illes Balears, el Edificio de la Extensión Universitaria de la UIB, ubicado en la calle de Joan Xicó, s/n, de Eivissa.
Las dos partes nos reconocemos mutuamente la capacidad legal necesaria para formalizar este Convenio, de acuerdo con las siguientes
Cláusulas
1. Objeto
El objeto del Convenio es llevar a cabo actuaciones didácticas de formación lingüística de lengua catalana en el Centre d’Autoaprenentatge de Llengua Catalana d’Eivissa y cubrir los gastos de mantenimiento y de funcionamiento durante el año 2014.
La finalidad del Convenio es aunar esfuerzos para hacer más asequible el acceso a los conocimientos de la lengua catalana a la población y conseguir el uso progresivo como lengua vehicular en las actividades sociales y laborales de la población residente en la ciudad de Eivissa y en las otras poblaciones de la isla de Eivissa, desde los respectivos ámbitos de competencia del IEB y el Consell Insular d’Eivissa.
El Centre d’Autoaprenentatge de Llengua Catalana d’Eivissa ha tenido gran aceptación por parte del público y cumple los objetivos que le fueron encomendados, que son, entre otros, ofrecer a los ciudadanos ibicencos que no puedan asistir a cursos de manera regular el acceso sencillo, directo y rápido al aprendizaje de catalán y, también, acercar los recursos para aprender catalán a los colectivos no catalanoparlantes que residan y trabajen en las Illes Balears.
El Centre d’Autoaprenentatge de Llengua Catalana d’Eivissa, creado en el año 2000, permanecerá abierto y en pleno funcionamiento durante todo el año 2014.
2. Actuaciones
Les actuaciones que se llevarán a cabo son las siguientes:
2.1 El IEB aporta el asesor lingüístico y participa en la financiación de gastos de mensajería, material didáctico y de oficina.
2.2 El Consell Insular d’Eivissa aporta el local, gastos de mantenimiento (teléfono, conexión a Internet línea ADSL, luz, limpieza, reparaciones…), y participa en la financiación de los gastos de funcionamiento del centro en concepto de asesor lingüístico, mensajería, material didáctico y de oficina.
3. Asunción de gastos
3.1 Los gastos de funcionamiento del Centre d’Autoaprenentatge de Llengua Catalana d’Eivissa, se prevé que para el año 2014 sean de un importe máximo de 42.000 € (cuarenta y dos mil euros).
3.2 Los gastos mencionados se asumen, por lo que respecta a este convenio, de la manera siguiente y con los porcentajes que se especifican:
3.2.1 El IEB asumirá la cantidad máxima de 14.280 € (catorce mil doscientos ochenta euros) de las partidas 13.000 y 16.000, del Capítulo 1, y la partida 22.709, del Capítulo 2. Esta cantidad máxima corresponde al 34 % del gasto total previsto.
3.2.2 El Consell asumirá la cantidad máxima de 13.860 € (trece mil ochocientos sesenta euros) de la aplicación presupuestaria 3210 48901 del Capítulo 4. Esta cantidad máxima corresponde al 33 % del gasto total previsto.
3.2.3 El resto del gasto 13.860 € (trece mil ochocientos sesenta euros) corresponde a otro expediente administrativo del IEB con el Ayuntamiento de Eivissa, para asumir dicha cantidad. Esta cantidad máxima corresponde al 33 % del gasto total previsto.
3.3 Aunque la aportación del IEB es la indicada en el apartado anterior, la aportación correspondiente a este convenio es de 7.140 € (siete mil ciento cuarenta euros), dado que el resto corresponde a otro expediente administrativo del IEB con el Ayuntamiento de Eivissa.
3.4 Estos importes se pagarán con cargo a los presupuestos de 2014 de las entidades firmantes.
4. Los gastos serán inicialmente sufragados por el IEB y el Consell efectuará el pago una vez que el IEB haya presentado la documentación justificativa siguiente:
4.1 Certificado acreditativo del importe total de los gastos realizados en concepto de funcionamiento del Centre d’Autoaprenentatge, en el cual conste el detalle por partidas, emitido por la Dirección del IEB o órgano o persona en quien delegue el Consejo de Dirección. Asimismo, deberá constar el importe total de la aportación con que el Ayuntamiento de Eivissa o cualquier otra institución o entidad que colabore en el mantenimiento y funcionamiento del Centre d’Autoaprenentatge de Llengua Catalana d’Eivissa.
4.2 Memoria de las actividades y de la gestión desarrollada por el Centre d’Autoaprenentatge de Llengua Catalana d’Eivissa durante el año 2014, que se deberá presentar dentro del primer trimestre del año 2015.
La fecha máxima para presentar la documentación justificativa es el 15 de diciembre de 2014.
En el caso que el IEB presente documentación justificativa por un importe inferior al establecido para el año 2014, las aportaciones económicas se reducirán proporcionalmente en función de la cantidad justificada.
El Ayuntamiento debe ingresar al IEB la cantidad correspondiente a la cuenta corriente del BMN núm. 0487-2005-82-2000015514.
5. De acuerdo con lo que se establece en el artículo 5 de la Ley orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal (LOPD), se informa expresamente a los que suscriben este Convenio que los datos personales facilitados serán tratados y formarán parte de un fichero de datos de carácter personal –para la formalización y la gestión de la relación contractual– inscrito en el Registro General de Protección de Datos, del cual es titular y responsable el IEB.
En todo momento, las personas interesadas podrán ejercer los derechos de acceso, de rectificación, de cancelación y de oposición de los datos de carácter personal incluidas en el fichero, dirigiéndose por escrito al IEB.
6. Este Convenio tendrá efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2014 y será vigente hasta el 31 de diciembre de 2014. Para mantener el centro abierto en años sucesivos, si las partes se avienen, se firmará un convenio nuevo, con la comunicación previa de las partes.
7. En el caso de extinción del Convenio por cierre de este centro de autoaprendizaje, el IEB y el Consell nos comprometemos a asumir los gastos que de ello se generen, en los conceptos del gasto correspondiente asignado y en proporción a la cantidad asumida por cada parte. Asimismo, el material adquirido, en virtud de los convenios firmados, hasta la fecha de cierre por las instituciones se ha de repartir proporcionalmente.
Como muestra de conformidad, firmamos este Convenio en dos ejemplares.
Palma, 12 de marzo de 2014
Por el Institut d’Estudis Baleàrics, Antoni Vera Alemany
Por el Consell Insular d’Eivissa, Josefa Costa Costa
Eivissa, 14 de abril de 2014
La Secretaria Técnica del Área de Presidencia
Rebeca Miguel Climent