Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE CIUTADELLA
JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM. 1 DE CIUTADELLA
Núm. 6638
Procedimiento Ordinario 86/2014
D. RAFAEL LIZÁN RUFILANCHAS, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social nº 001 de CIUTADELLA DE MENORCA, HAGO SABER:
Que en el PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000086/2014 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de D. MOHAMED BEN ALAL contra LOGISTICA DE REFORMES I EDIFICACIONS SA NAVETA, SL, y contra CONSTRUCCIONES SA NAVETA, SA sobre CLASIF.PROFESIONAL, se ha dictado la siguiente resolución:
AUTO
MAGISTRADO-JUEZ
Sr. D. SERGIO MARTÍNEZ PASCUAL
En CIUTADELLA DE MENORCA, a diez de Abril de dos mil catorce.
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Habiéndose dado traslado y transcurrido el plazo otorgado a las partes para que aleguen lo que a su derecho convenga, sobre la acumulación de los procedimientos 87/14, 88/14 y 89/14 al procedimiento 86/14, cuyo resultado obra en las actuaciones.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
ÚNICO.- El art. 28 de la LJS permite acordar de oficio o a instancia de parte la acumulación de los autos, si en un mismo Juzgado o Tribunal se tramitan varias demandas frente a un mismo demandado, aunque los actores sean distintos, siempre y cuando se ejerciten idénticas acciones, lo que así ocurre en el presente caso.
Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,
PARTE DISPOSITIVA
Dispongo: Acumular a este PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000086 /2014, los autos que en este mismo juzgado se siguen con los nºs 87/14, 88/14 y 89/14, estándose al señalamiento acordado para el día 04/SEPTIEMBRE/2014 A LAS 09:00 HORAS, en la sede de este órgano judicial sito en PLAZA DES BORN, Nº 7 (EDIFICIO CORREOS) 2ª PLANTA DE CIUTADELLA DE MENORCA, para la celebración del acto de conciliación ante el/la Secretario/a judicial y, una vez intentada, y en caso de no alcanzarse la avenencia, para la celebración del acto de juicio ante el/la magistrado/a, dándose traslado de copia de la demanda y documentos a las entidades demandadas y requiriéndoles para que con carácter previo al acto de conciliación y/o juicio oral aporten la documental solicitada con respecto a cada trabajador en los otrosíes segundos de las demandas.
Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados, y en su caso los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal.
MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición a interponer ante este órgano judicial, en el plazo de los TRES DÍAS hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción cometida en la resolución a juicio del recurrente, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida. Si el recurrente no tuviere la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de seguridad social deberá consignar la cantidad de 25 euros, en concepto de depósito para recurrir, en la Cuenta de Consignaciones de este JDO. DE LO SOCIAL N. 1 abierta en , cuenta nº , debiendo indicar en el campo concepto "Recurso" seguida del código "30 Social-Reposición". Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio, el "código 30 Social- Reposición". Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos.
Así lo acuerda y firma SSª. Doy fe.
EL MAGISTRADO JUEZ EL SECRETARIO JUDICIAL
Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a LOGISTICA DE REFORMES I EDIFICACIONS SA NAVETA, SL, y a CONSTRUCCIONES SA NAVETA, SA, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de ILLES BALEARS.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
En CIUTADELLA DE MENORCA, a diez de Abril de dos mil catorce.
EL SECRETARIO JUDICIAL