Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA
JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM.4 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 6483
Procedimiento ordinario 1454/2011
D/Dª FRANCISCA MARIA REUS BARCELO, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social nº 004 de PALMA DE MALLORCA, HAGO SABER:
Que en el procedimiento PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0001454/2011 de este Juzgado de lo Social,seguidos a instancia de D/Dª NOELMA OLIVEIRA DE SOUZA contra la empresa FORN CA'N JORDI SL, sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguiente resolución,cuya parte dispositiva se adjunta:
SENTENCIA N° 113
En la ciudad de Palma de Mallorca a veintiocho de marzo de dos mil catorce.
VISTO por mi D. Ricardo Martín Martín, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social Número Cuatro de Palma de Mallorca, el presente Juicio seguido a instancia del sindicato Unión General de Trabajadores actuando en nombre e interés de su afiliada Dña. Noelma Oliveira de Souza asistida del Graduado Social D. Rafael Aguiló Inglés contra la empresa Forn Can Jordi S.L. y el Fondo de Garantía Salarial sobre reclamación de cantidad.
FALLO
QUE DEBO ESTIMAR Y ESTIMO EN PARTE LA DEMANDA interpuesta por el sindicato Unión General de Trabajadores actuando en nombre e interés de su afiliada Dña. Noelma Oliveira de Souza contra la empresa Forn Can Jordi S.L. y el Fondo de Garantía Salarial condenando a la empresa demandada a pagar a la actora la cantidad de 1.905,76 € devengándose desde la fecha de la presente resolución y hasta el completo pago de la cantidad objeto de condena el interés legal establecido en el Art. 576 LEC.
Todo ello con absolución del Fondo de Garantía Salarial sin perjuicio de las responsabilidades legales que puedan corresponderle.
Notifíquese la anterior sentencia a las partes interesadas, advirtiéndoles que contra la misma no cabe interponer recurso alguno. Procédase al archivo de las actuaciones, previa baja en el libro correspondiente.
Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación en legal forma a FORN CA'N JORDI SL, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de ILLES BALEARS.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
En PALMA DE MALLORCA,a cuatro de Abril de dos mil catorce.
EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL