Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA
JUZGADO DE 1A. INSTANCIA NÚM. 18 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 6178
Juicio verbal 483/2013 Sobre otras materias
D./Dña. PAZ GIMENEZ LEÓN, Secretario/a Judicial de JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 18 de PALMA DE MALLORCA,
HAGO SABER: Que se dictado la sentencia nº 51/2014 que a continuación se detalla:
SENTENCIA núm. 51/2014
En Palma de Mallorca, a veintiséis de marzo de dos mil catorce.
La Ilma. Sra. Magistrado-Juez doña María del Pilar Caballero Requero, titular del Juzgado de Primera Instancia número DIECIOCHO De los de esta Ciudad y su partido, ha visto los presentes autos de JUICIO VERBAL –sobre reclamación de cantidad- seguidos con el número de identificación 483/13 promovido por la Procuradora de los Tribunales doña Nancy Ruys Van Noolen en nombre y representación de la COMUNIDAD DE PROPIETARIOS de los Edificios “LA COLINA DEL GOLF” sita en la localidad de Andratx, calle Menhir, número 3, asistidaza por el Letrado don José Ferriol Bordoy, frente a don ALAN-EDWAR HANNIGAN y contra doña LORRAINE HANNIGAN, ambos, declarados en situación procesal de rebeldía; y a dictado
FALLO
Que estimo la demanda planteada por la COMUNIDAD DE PROPIETARIOS de los Edificios “LA COLINA DEL GOLF” sita en la localidad de Andratx, calle Menhir, número 3, contra don ALAN-EDWAR HANNIGAN y contra doña LORRAINE HANNIGAN y, en consecuencia, debo condenar y CONDENO a las parte demandadas a que satisfagan a la parte actora la cantidad de TRES MIL CUATROCIENTOS TREINTA EUROS CON DIECISIETE CÉNTIMOS DE EURO (3.430’17.-€). Igualmente, les condeno al pago de los intereses legales de dicha suma a contar desde la fecha de la interpelación judicial (5 de julio de 2013) así como a los denominados intereses ejecutorios del artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil desde la fecha de la presente resolución hasta su completo pago.
Todo ello con expresa imposición de las costas procesales a las partes demandadas.
Y para que sirve de notificación en forma al demandado ALAN-EDWAR HANNIGAN y LORRAINE HANNIGAN cuyo paradero se ignora expido el presente edicto en
En PALMA DE MALLORCA a veintiocho de marzo de dos mil catorce
EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL