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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

VICEPRESIDENCIA Y CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA

Núm. 6573
Anuncio de notificación de la resolución del Vicepresidente y Consejero de Presidencia de reintegro parcial de la subvención otorgada a la entidad Asociación de Malienses en Mallorca (exp. núm. 2032/M40/2011)

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

De acuerdo con el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y teniendo en cuenta que se ha intentado en dos ocasiones la notificación sin que se haya podido efectuar, se notifica a la entidad Asociación de Malienses en Mallorca, con CIF G57314346, que el día 11 de febrero de 2014 el Vicepresidente y Consejero de Presidencia dictó una resolución de reintegro parcial de la subvención concedida en fecha 30 de mayo de 2011 para la modalidad gastos ordinarios de funcionamiento y alquiler de local, en los términos siguientes:

 Resolución     

 Primero. Ordenar el reintegro parcial por importe de 812,61 € de la subvención otorgada en fecha 30 de mayo de 2011 a la entidad Asociación de Malienses en Mallorca, con CIF G57314346, para la modalidad “Gastos ordinarios de funcionamiento y alquiler de local”, por justificación insuficiente.

 Segundo. Notificar esta Resolución a la persona interesada, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 58 y 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el Vicepresidente y Consejero de Presidencia en el plazo de un mes a partir del día siguiente de la notificación, de acuerdo con el artículo 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y el artículo 57 d ela Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala Contenciosa del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de la notificación de esta Resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.

Palma, 3 de abril de 2014

La Directora General de Cooperación e Inmigración

 Antònia M. Estarellas Torrens