Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y COMPETITIVIDAD
Núm. 6479
Resolución del consejero de Economía y Competitividad de 10 de febrero de 2014 por la que se autoriza y se declara, en concreto, de utilidad pública, una instalación eléctrica a Red Eléctrica de España, SAU
Hechos
1. El 23 de mayo de 2011, tuvo entrada en la Consejería de Comercio, Industria y Energía una solicitud, con número de registro de entrada 23834/2011, de Red Eléctrica de España, SA, de autorización administrativa para una instalación eléctrica cuyas características principales se señalan a continuación:
2. Los servicios técnicos de la Dirección General de Industria y Energía examinaron la solicitud y emitieron un informe favorable de los aspectos siguientes:
-La empresa solicitante adjuntó la documentación que establece la normativa aplicable.
-La actuación dispone del permiso de la Dirección Insular de Carreteras, que autoriza, con las condiciones señaladas, las obras de instalación de la línea mencionada.
-La actuación dispone del permiso de Endesa Distribución Eléctrica, SLU, que autoriza, con las condiciones señaladas, las obras de instalación de la línea mencionada.
-La actuación dispone del permiso del Ayuntamiento de Alcúdia, que autoriza, con las condiciones señaladas, las obras de instalación de la línea mencionada.
-El 11 de noviembre de 2013, se solicitó el permiso de cruzamiento y paralelismo, reiterado el 9 de enero de 2014, a la compañía Telefónica y a la Dirección General de Recursos Hídricos, sin que a día de hoy hayan cumplido el requerimiento, por lo que, según lo establecido en el artículo 131 bis del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, se consideran aprobadas las especificaciones técnicas propuestas por el peticionario en el proyecto de ejecución.
-El 13 de noviembre de 2009, la Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, informó favorablemente sobre esta actuación a efectos de lo establecido en el artículo 36.3 de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del sector eléctrico y en el artículo 114 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, que regula las actividades de transporte de energía eléctrica.
-En el Boletín Oficial de las Illes Balears número 86, de 9 de junio de 2011, salió la información pública del proyecto y del estudio de impacto ambiental, sin que se hubieran presentado alegaciones.
-El 18 de noviembre de 2011, la Comisión de Medio Ambiente de las Illes Balears (CMAIB) acordó informar favorablemente sobre esta actuación, siempre que se cumpliesen las condiciones del acuerdo.
-El 15 de agosto de 2013, salió publicada en el Boletín Oficial de las Illes Balears número 114 la Apertura del trámite de información pública de autorización administrativa y declaración, en concreto, de utilidad pública de esta instalación.
-El 22 de enero de 2014, REE comunicó que han llegado a un acuerdo con todos los afectados por el proyecto, por lo que solicita la conclusión del expediente expropiatorio.
-Esta actuación está incluida en el anexo D "Actuaciones en transporte de energía eléctrica", del Decreto 96/2005, de 23 de septiembre, de aprobación definitiva de la revisión del Plan Director Sectorial Energético de las Illes Balears (PDSE).
Fundamentos de derecho
-La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico.
-El Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte y distribución de energía eléctrica.
-El Decreto 99/1997, de 11 de julio, por el que se regula el procedimiento aplicable a la tramitación de instalaciones eléctricas de la comunidad autónoma de las Illes Balears, modificado por el Decreto 36/2003, de 11 de abril.
-El Decreto 96/2005, de 23 de septiembre, de aprobación definitiva de la revisión del Plan Director Sectorial Energético de las Illes Balears.
-La Ley 11/2006, de 14 de septiembre, de evaluaciones de impacto ambiental en las Illes Balears.
-El Decreto 6/2013, de 2 de mayo, del presidente de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
-La Resolución del consejero de Economía y Competitividad de 13 de mayo de 2013 de delegación de competencias y de suplencia de los órganos directivos de la Consejería.
Por todo ello, dicto la siguiente
RESOLUCIÓN
1. Autorizar y declarar, en concreto, de utilidad pública la instalación eléctrica que se detalla a continuación:
2. Otorgar la autorización administrativa de construcción de acuerdo con el proyecto de ejecución, redactado por el señor David Gavín, visado por el Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Aragón y La Rioja con el número VD01565-11A y fecha 28 de marzo de 2011, así como la adenda de modificación con núm. de visado VD00884-12A y fecha 22 de marzo de 2012, y la segunda adenda de modificación con núm. de visado VD01757-13A y fecha 2 de julio de 2013.
3. De acuerdo con la disposición adicional, los apartados 5 y 6 del artículo 26 de la normativa del Decreto 96/2005, toda vez que la obra autorizada se realizará en ejecución de las determinaciones del Plan Director Sectorial, y dado que está recogida con el grado de detalle suficiente para evaluar las características fundamentales, serán de aplicación plena, directa e inmediata, y además, la obra autorizada no se someterá a los actos de control preventivo municipal a que se refiere el artículo 84.1 b de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, por tratarse de actividades de interés supramunicipal, y quedará exenta de la sujeción al régimen de licencias, autorizaciones e informes que establece la Ley 8/1995, de 30 de marzo, de Atribución de Competencias a los Consejos Insulares en Materia de Actividades Clasificadas y Parques Acuáticos, reguladora del procedimiento y de las infracciones y sanciones. Por otra parte, las obras autorizadas quedarán sujetas al régimen impositivo que establece el artículo 29 del Decreto 96/2005.
4. Notificar esta Resolución a todas las entidades interesadas y publicarla en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución —que agota la vía administrativa— se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Economía y Competitividad en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de haber recibido su notificación, de acuerdo con el artículo 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También puede interponerse directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de haber recibido la notificación de la Resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Palma, 10 de febrero de 2014
El director general de Industria y Energía
Jaime Ochogavía Colom
Por delegación del consejero de Economía y Competitividad
(BOIB 70/2013)