Sección V. Anuncios
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ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, MEDIO AMBIENTE Y TERRITORIO
Núm. 6419
Notificación de resolución de recurso de alzada de expediente sancionador en materia de pesca
De acuerdo con el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, cuando las personas interesadas en un procedimiento sean desconocidas, se ignore el lugar de notificación o el medio, o no se haya podido efectuar la notificación, se tiene que hacer mediante la publicación en el boletín oficial correspondiente.
Por esto, se notifica a las personas interesadas la Resolución de 27 de febrero de 2014, mediante la cual se desestima el recurso de alzada que se interpuso en fecha 20 de noviembre de 2013 contra la Resolución de la Directora General de Medio Rural y Marino de 30 de octubre de 2013, en relación con el expediente administrativo sancionador en materia de pesca nº PE 16/2012.
Así mismo se les hace saber que contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso contencioso administrativo ante el juzgado Contencioso Administrativo de Palma (Mallorca), en el plazo de DOS MESES, contados a partir del día siguiente a la publicación de este Edicto, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la jurisdicción contencioso administrativa.
Si no se formula el recurso en el plazo previsto, el importe de la sanción deberá hacerse efectiva en el período voluntario establecido en el artículo 62 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, general tributaria, en los términos siguientes:
a) Si la Resolución se notifica entre los días 1 y 15 de cada mes, desde la fecha de la notificación hasta el día 20 del mes posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.
b) Si la Resolución se notifica entre los días 16 y último de cada mes, desde la fecha de notificación hasta el día cinco del segundo mes posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.
El importe de la sanción deberá efectuarse a nombre de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, Consejería de Agricultura y Pesca, y efectuar el ingreso mediante el documento unificado de ingreso (DUI) en cualquiera de las entidades bancarias relacionadas a continuación: Caja de Ahorros y Monte de Piedad “Sa Nostra”, Caixa de Pensiones “La Caixa”, Banca March, Banco de Crédito Balear y Banco Bilbao Vizcaya Argentaria.
Una vez efectuado el ingreso deberá comunicarse a esta Consejería remitiendo fotocopia del documento de ingreso diligenciado por el banco al Servicio Jurídico de Agricultura de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio, a la C/Reina Constança, 4 - 07006 Palma.
Número de expediente PE 16/2012
Persona responsable (datos personales ocultos)
Normativa infringida ART. 99 J) DE LA LEY 3/2001, DE 26 DE MARZO, DE PESCA MARÍTIMA DEL ESTADO
Sanción 301 €
Palma, 28 de marzo de 2014
La Secretaria General
Ana Martínez Cañellas