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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

AYUNTAMIENTO DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 6371
Información pública aprobación inicial proyecto de modificación referente a la adaptación al PTIM cumplimiento de la norma 6 (crecimiento). PA 2013/00020000

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

El Pleno del Ayuntamiento, en sesión de fecha 27.03.2014, aprobó inicialmente el proyecto de modificación del PGOU, tendiendo a conseguir que el planeamiento no supere las previsiones de crecimiento asignadas a la Norma 6 del Plan Territorial Insular de Mallorca. Para conseguir este objetivo no se replantean los urbanizables ya delimitados en el planeamiento sino que sobre la base de los ya delimitados en el vigente PGOU se proponen unas actuaciones con las que se consiguen no superar el crecimiento que marca el instrumento de ordenación territorial y que básicamente consiste en : - prohibir el uso turístico en los sectores: SUNP Son Castelló Sud (también se prohíbe el secundario como consecuencia de las determinaciones particulares establecidas en el AIP III de la 2ª modificación del PTIM), SUP Son Rossinyol (ya ejecutado),  SUP Son Pardo (aprobado inicialmente el plan parcial con prohibición de este uso); SUP Son Morro (ya ejecutado) y SUP Son Oms ( ya ejecutado). Al SUP de Son Ximelis ya existía la prohibición de implantar el uso turístico, recogido en la memoria de la modificación de planeamiento general donde se generaba tal sector y en el plan parcial aprobado definitivamente;

  • Eliminar la posibilidad de implantar el uso residencial y turístico a Cas Pastors y Ses Calafates.
  • Fijar el máximo de residencial que se puede implantar a Can Fontet.
  • Desprogramar el urbanizable de Génova, pasarlo a SUNP.

Cumpliendo el art. 40.1 del Texto Refundido de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana, R.D. 1346/76, de 9 de abril, art. 128 del Reglamento de Planeamiento y R.D. 2159/78, de 23 de Junio, se somete a información pública durante UN MES . Quienes se consideren afectados lo pueden examinar en la Sección de Información urbanística del Área de Urbanismo y Vivienda, Av. Gabriel Alomar, 18 bjos, (Edificio Municipal de les Avingudes), y presentar las alegaciones que estimen pertinentes dentro del mencionado plazo, mediante escrito dirigido al Muy Hble. Sr. Alcalde, en el registro general de las Oficinas de Atención a la Ciudadanía, cuya dirección puede ser consultada en la página web www.palmademallorca.es, o en las dependencias a las que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común según la redacción dada por la Ley 4/1999.

Así mismo, y de acuerdo con el art. 7 bis de la Ley 4/2008, en la redacción dada por el Decreto/Ley 5/2009 y 117 y siguientes del Reglamento de Planeamiento, se hace pública la suspensión del otorgamiento de licencias de parcelación de terrenos, de edificación y de demolición en las áreas del territorio objeto de este acuerdo, en el que resulten afectadas por las determinaciones de este planeamiento.

Palma a 4 de abril de 2014

El jefe del Departamento
p.d. Decreto de Alcaldía nº  3000/2014, de 26/02/2014
(BOIB nº  30 de  4-03-2014)
Jaume Horrach Font