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AYUNTAMIENTO DE SANT JOAN DE LABRITJA
Núm. 6336
Notificación a los titulares de perros presuntamente abandonados
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, se hace pública la notificación a las personas que a continuación ser relacionan, porque se ignara el domicilio o porque habiéndose intentado la notificación, no se ha podido realizar la misma en el último domicilio conocido, por lo que se procede a la publicación de la resolución de fecha 04/04/2014 y que a continuación se transcribe en el Boletín Oficial de las Islas Baleares:
“… DECRETO DE ALCALDÍA
Dada cuenta de la propuesta presentada por la entidad que realiza el servicio de retirada y custodia de perros sueltos y / o abandonados en el Término Municipal de Sant Joan de Labritja, Can Dog S.L., en la cual se comunica que se ha procedido a la retirada de los perros relacionados en el siguiente listado:
Nº MICROCHIP |
RAZA |
DATOS PROPIETARIO |
---|---|---|
985120015201263 |
Pequinés (fuego y blanco) |
ANTONIO PARTIDO HERNÁNDEZ |
953000005065844 |
Pincher (negro y fuego) |
BEATRIZ GARCÍA GONZÁLEZ |
380260080050209 |
Mestizo (negro y marrón) |
FRANCESCO CURUCUTO |
94100015178552 |
Mestizo (blanco y manchas canela) |
KATRINA CHANDLER |
977200007039117 |
Mestizo (hembra color negro) |
MARGARITA ALFONSO FERRER |
724098100681987 |
Boxer (marrón atigrado) |
MONTSERRAT LORENZO CANO |
724098100573417 |
Labrador (negro) |
CANDICE PEARSON |
972270000053237 |
Caniche (blanco) |
MIGUEL GARCÍA PEDRAJAS |
941000014466309 |
Labrador (negro) |
LUCAS DA MAREN |
Visto que los perros han estado en la perrera municipal de la entidad colaboradora durante un plazo superior a 10 días sin que se hayan personado los propietarios para la recuperación de los animales, y en uso de las atribuciones que me confiere la legislación vigente; por el presente HE RESUELTO:
PRIMERO: Otorgar a los propietarios un plazo de 15 días a contar desde el día siguiente a la publicación de la notificación de la presente resolución, para la recuperación de los animales; en caso contrario los animales serán considerados definitivamente abandonados y podrán ser cedidos en adopción o sacrificados.
SEGUNDO: Que se de traslado del presente acuerdo a las personas interesadas. …”
Sant Joan de Labritja, a 7 de abril de 2014.
EL ALCALDE
Antonio Marí Marí