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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, MEDIO AMBIENTE Y TERRITORIO

Núm. 6287
Acuerdo del Pleno de la Comisión de Medio Ambiente de las Illes Balears del Plan Especial de Sa Vinya d’en Fonoll - ZRE 84-16, Palma.

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

En relación con el asunto de referencia, y de acuerdo con el Decreto 4/1986, de 23 de enero de 1986, de Implantación y Regulación de los Estudios de Evaluación de Impacto Ambiental, se comunica que el Pleno de la CMAIB, en sesión de 3 de diciembre de 2013,

CONSIDERANDO

1.Que estamos ante un expediente de legalización iniciado ya más de 10 años y que dentro de este periodo ha sido suspendido dos años por la moratoria sufrida al incluirse este PE dentro del Ámbito de Intervención Paisajística (AIP-III Conexión Palma- Marratxí).

2.Que la realidad actual del sector nos demuestra que éste se encuentra consolidado, con edificaciones de tipología rural mezcladas con otros tipos chalés, y de uso de garaje y depósito de coches, cierres heterogéneos e infiltraciones desde las fosas sépticas actuales al acuífero subyacente.

3.Que con el presente Plan Especial se quiere ordenar y regularizar este sector, incorporando toda una serie de medidas estéticas, paisajísticas y de adecuación y mejora de la explotación agropecuaria de las fincas.

4.Que con la aplicación de estas medidas este núcleo edificado mejorará con su integración hacia el entorno rural que lo rodea y que también se evitarán los problemas de infiltraciones de las aguas sucias hacia el acuífero subyacente.

5.El informe realizado por el Departamento de Urbanismo y Territorio del Consell de Mallorca de 8/05/2013 se proponen toda una serie de medidas urbanísticas con el fin de disipar las confusiones que incluye la normativa de este PE.

6.Que en este mismo informe se proponen toda una serie de medidas estéticas y sobre movilidad, así como, algunas acciones para la mejora ambiental del lugar y los criterios paisajísticos a seguir en cuanto a la adecuación del Plan Especial con el AIP III que la afecta.

ACUERDA

Informar favorablemente “El Plan Especial de Sa Vinya d’en Fonoll –ZRE 84-16”, siempre y cuando se apliquen las medidas correctoras y las actuaciones del Plan de Vigilancia Ambiental que se incluye en la documentación ambiental presentada y se cumplan los condicionantes siguientes:

1.Los que figuran en el informe del Servicio de Estudios y Planificación de la DG de Recursos Hídricos:

a.Cada edificación tendrá que disponer de un sistema de recogida de aguas residuales estanco.

b.No se permite el vertido de aguas residuales sin tratamiento ni del efluente de las fosas sépticas al terreno ni al subsuelo.

c.Cada vecino tendrá que disponer de un aljibe para agua potable suficientemente dimensionado que tendrá que ser llenado con agua potable proveniente de empresas suministradoras.

2.No se permitirá la construcción de nuevas viviendas por parcela y se tiene que regularizar una sola vivienda por parcela, sin que las otras edificaciones (gallineros, porches, ...) existentes se puedan convertir en viviendas.

De acuerdo con el informe de la D.G. de Recursos Hídricos: se recomienda que los vecinos conserven los justificantes de la gestión de las aguas residuales (vaciado de las fosas estancas) en previsión a posibles denuncias por episodios de contaminación del agua subterránea.

El presente acuerdo se entiende sin perjuicio de las cuestiones territoriales y urbanísticas competencia otras administraciones, y en particular, del informe del Departamento de Urbanismo y Territorio del Consell de Mallorca de 08/05/2013.

Palma, 9 de enero de 2014

El presidente de la CMAIB
José Carlos Caballero Rubiato