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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, MEDIO AMBIENTE Y TERRITORIO

Núm. 6286
Acuerdo del Pleno de la Comisión de Medio Ambiente de las Illes Balears de la Remodelación y mejora de las instalaciones del Club Marítimo Molinar de Levante, Palma

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

En relación al asunto de referencia, y de acuerdo con el Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de Proyectos (vigente hasta el 12 de diciembre de 2013), se comunica que el Pleno de la CMAIB, en sesión de 3 de diciembre de 2013 y en el trámite de consulta preceptiva al órgano ambiental de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears,

CONSIDERANDO

1.La documentación ambiental presentada.

2.Que este proyecto está sometido obligatoriamente al procedimiento de evaluación de impacto ambiental tal como prevé el artículo 8.1 del Real Decreto Legislativo 1/2008 (según la redacción dada la Ley 6/2010, de 24 de marzo, de modificación del texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental), de 11 de enero.

ACUERDA

Que la documentación que tiene que incluir el estudio de impacto ambiental a realizar, además de la que se recoge en el art. 7 de Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero tiene que ser la siguiente:

1.Justificación para la ejecución de este proyecto según demanda actual de amarres, parque náutico, plazas vacantes y turismo náutico tanto para el conjunto de Mallorca, como especialmente en el ámbito de la bahía de Palma. Se ha de tener en cuenta que se está tramitando el proyecto de ampliación del Club Náutico de s’Arenal.

2.Batimetría y biocenosis marina existente dentro del puerto, comunidades afectadas por el proyecto.

3.Estudio más detallado de batimetría y biocenosis marina de la zona, se tienen que realizar transectos con fotografías o imágenes de vídeo. Se tiene que realizar un inventario de las especies señalando las catalogadas tanto en el ámbito de actuación del proyecto como en áreas adyacentes por posibles impactos indirectos. Relación de hábitats de interés comunitario fuera de la Red Natura 2000.

4.Estudio geológico y estratigráfico detallado de la zona de actuación.

5. Estudio más detallado de la dinámica litoral de la zona (corrientes dominantes, períodos anticiclónicos, oleaje). Simulación estado actual y con la ampliación propuesta. Descripción de afecciones.

6.Análisis químico y granulométrico (metales pesados, nutrientes...) de los sedimentos a dragar dentro del espejo de agua del puerto actual (bocana).

7.Evaluación de los impactos sinérgicos con el otro puerto cercano al Portitxol.

8.Afecciones de la pluma de turbidez que se generará con las obras sobre las praderas de Posidonia oceánica adyacentes y las comunidades de algas fotófilas y zonas de baño, exponer en detalle las medidas correctoras propuestas. Medidas correctoras para evitar la dispersión por fragmentación (propágulos) del alga alóctona invasora Caulerpa racemosa, durante la fase de obras.

9.Estudio que exponga cómo se tienen que gestionar los residuos de construcción y demolición que se generarán durante la fase de obras y análisis químico y granulométrico del material de dragado a reutilizar.

10.Estudio paisajístico y de visuales desde la playa cercana al Portitxol y paseo marítimo.

11.Impacto socioeconómico sobre la barriada des Molinar con la ampliación del puerto. Aumento de tráfico y de usuarios. Estudio de movilidad (teniendo en cuenta que se trata de una zona problemática)

 

Palma, 9 de enero de 2014

El presidente de la CMAIB
José Carlos Caballero Rubiato