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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

SINDICATURA DE CUENTAS

Núm. 6250
Resolución del Síndico Mayor de la Sindicatura de Cuentas de las Islas Baleares, de 1 de abril de 2014, de publicación del resultado de la fiscalización y las recomendaciones del Informe 91/2014 de la Cuenta General de la Universidad de las Islas Baleares correspondiente al ejercicio 2012

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Texto

El artículo 12.3 de la Ley 4/2004, de 2 de abril, de la Sindicatura de Cuentas de las Islas Baleares regula los informes o memorias de fiscalización y prevé su remisión al Parlamento, a los sujetos fiscalizados y al Tribunal de Cuentas, así como su publicación en el BOIB después del último trámite parlamentario.

Mediante Acuerdo del Consejo de la Sindicatura de 30 de enero de 2014 se aprobó el Informe 91/2014 de la Cuenta General de la Universidad de las Islas Baleares correspondiente al ejercicio 2012.

La Presidenta del Parlamento de las Islas Baleares comunicó que se había llevado a cabo el último trámite parlamentario, que tuvo lugar con el debate del Informe en la sesión de la Comisión de Hacienda y Presupuestos celebrada el día 18 de marzo de 2014.

Por todo lo anterior y de acuerdo con lo que prevén la Ley 4/2004 y el Reglamento de Régimen Interior de la Sindicatura de Cuentas

Resuelvo

Publicar en el Boletín Oficial de las Islas Baleares los resultados de la fiscalización y las recomendaciones del Informe 91/2014 de la Cuenta General de la Universidad de las Islas Baleares correspondiente al ejercicio 2012, que se adjunta seguidamente.

Palma, 1 de abril de 2014

El Síndico Mayor
Pedro Antonio Mas Cladera

ANEXO

INFORME 91/2014 DE LA CUENTA GENERAL DE LA UNIVERSIDAD DE LAS ISLAS BALEARES CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO 2012

I. INTRODUCCIÓN

1. PRESENTACIÓN

El artículo 82 del Estatuto de Autonomía de las Islas Baleares establece que corresponde a la Sindicatura de Cuentas la fiscalización externa de la actividad económica, financiera y contable del sector público de las Islas Baleares.

De acuerdo con el artículo 2 de la Ley 4/2004, de 2 de abril, de la Sindicatura de Cuentas de las Islas Baleares, el ámbito subjetivo de actuación de esta institución incluye la Universidad de las Islas Baleares y cualquier organismo, ente, entidad, fundación o empresa con participación mayoritaria o dominio efectivo de esta entidad.

El Informe de la Cuenta General de la Universidad de las Islas Baleares correspondiente al ejercicio 2012 está previsto en el Programa de Actuaciones de la Sindicatura para el año 2013. Es un informe de carácter general y de periodicidad anual, realizado por el Área de Consejos Insulares y Universidad.

Las cifras del Informe (salvo que se especifique lo contrario) se expresan en miles de euros sin decimales. Se ha trabajado con euros y céntimos de euro y se conserva la totalidad de las cifras. La coherencia interna es total, si bien en el Informe aparecen, en algunos casos, diferencias motivadas por el formato de visualización utilizado.

2. OBJETIVOS

Los objetivos de esta fiscalización son los siguientes:

Verificar que las cuentas del ejercicio muestran adecuadamente, en todos los aspectos significativos, la situación económica, financiera y patrimonial, así como la liquidación de los presupuestos de gastos e ingresos, de acuerdo con los principios contables públicos.

Determinar el grado de cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias que son de aplicación a la gestión de los fondos públicos.

Analizar si los procedimientos de gestión se atienen a la utilización racional de los recursos.

Analizar la contratación administrativa.

3. ALCANCE DEL TRABAJO

A. ÁMBITO SUBJETIVO

El ámbito subjetivo de este Informe es el siguiente:

  • Universidad de las Islas Baleares
  • Entidades dependientes de la UIB:
  • Fundación General de la Universidad de las Islas Baleares
  • Fundación Universidad-Empresa de las Islas Baleares

Además, las entidades siguientes tienen relación con la UIB, y se da información de ellas en este Informe:

Entidades vinculadas a la UIB:

  • Consorcio para el Fomento de Infraestructuras Universitarias (COFIU)
  • Consorcio Agencia de Calidad Universitaria de las IB (AQUIB)
  • Consorcio Escuela de Hostelería
  • El Consorcio para el Fomento de Infraestructuras Universitarias (COFIU), participado al 50 % por la UIB y la CAIB, fue considerado como entidad dependiente de la UIB en los anteriores informes de la SCIB en función de su objeto (la construcción de infraestructuras para su posterior cesión a la UIB). A partir de la fiscalización de este ejercicio, se considera entidad dependiente de la CAIB dado el origen de su financiación.

Otras entidades relacionadas (participación inferior al 20 %):

  • ParcBit Energía y Otros Servicios, SCL
  • Fundación Cátedra Iberoamericana en la Universidad de las Islas Baleares

En el mismo caso se encuentran las escuelas adscritas a la UIB.

B. ÁMBITO OBJETIVO

El alcance del trabajo realizado es el siguiente:

Con relación a la Administración General de la UIB, se fiscalizan sus cuentas anuales de 2012 (balance de situación, cuenta del resultado económico-patrimonial, estado de la liquidación del presupuesto, y memoria).

La UIB formula sus cuentas anuales según el Plan General de Contabilidad Pública estatal. A partir del 1 de enero de 2011 es de aplicación el nuevo Plan General Público (Orden EHA/1037/2010, de 13 de abril, por la que se aprueba el PGCP), por lo que las cuentas anuales referidas al ejercicio 2012 se han de formular de acuerdo con este nuevo Plan. No obstante, las cuentas presentadas por la UIB se han formulado según el antiguo PGCP.

Las mencionadas cuentas anuales presentan diversas incidencias y limitaciones, que se detallan en cada uno de los apartados del Informe, consecuencia de la fiscalización realizada por la Sindicatura. Cabe destacar que la memoria del presupuesto inicial incorpora los presupuestos de la Fundación General y de la Fundación Universidad-Empresa y que, no obstante, en la Cuenta General de la UIB no figuran las liquidaciones de estos presupuestos ni sus cuentas anuales.

Como resultado del trabajo realizado, el Informe incluye, por primera vez, la opinión de la SCIB sobre si las cuentas anuales de la UIB presentan la información de acuerdo con los principios contables y con la normativa legal que le es de aplicación.

En cuanto a las entidades dependientes, se hace una revisión formal y un análisis general de las cuentas anuales. Se exponen los informes de auditoría financiera externa, y las operaciones realizadas entre las mencionadas entidades y la UIB para determinar su importe y para elaborar los estados contables consolidados. No se han aportado informes de cumplimiento de legalidad.

Los informes de auditoría externa no han sido objeto de revisión por la SCIB, por lo que no se pueden asumir como propias las opiniones y salvedades que se ponen de manifiesto.

Se enumeran las entidades vinculadas y el resto de entidades relacionadas con la UIB y se expone, en su caso, un cuadro con las aportaciones patrimoniales recibidas de la UIB.

Se incluyen unas fichas con datos presupuestarios y patrimoniales de cada una de las entidades afectadas.

En la contratación administrativa, se analiza el cumplimiento de la legalidad aplicable. Se han revisado 12 de un total de 42 contratos, que representan el 93,7 % del total de los precios de formalización del ejercicio. El trabajo ha consistido en el análisis de las fases del expediente: actuaciones administrativas preparatorias, adjudicación, formalización, modificación y ejecución.

También se han revisado 13 de los 197 contratos menores, que representan el 40,4 % del importe total de las operaciones informadas por la UIB.

Dicha revisión no incluye la actividad contractual de las entidades dependientes.

4. RENDICIÓN DE CUENTAS

Las cuentas anuales de la UIB del ejercicio 2012 se han rendido (en plazo) a la Sindicatura de Cuentas el 2 de agosto de 2013, después de su aprobación por el Pleno del Consejo Social, en sesión de día 26 de julio de 2013. Las cuentas anuales de las entidades dependientes se han rendido en la misma fecha, pero sin estar integradas en la Cuenta General de la UIB.

La opinión y, en su caso, las salvedades, de los informes de auditoría externa se muestran en las fichas individuales de cada entidad en el anexo II de este Informe.

Incidencias:

Las cuentas anuales se han formulado según el antiguo PGCP estatal y no según el nuevo Plan General de Contabilidad Pública (Orden EHA/1037/2010, de 13 de abril, por la que se aprueba el PGCP).

Las cuentas anuales de 2012 de las entidades dependientes no se han incluido en la Cuenta General de la UIB.

5. TRÁMITE DE ALEGACIONES

El resultado de las actuaciones se comunicó al Rector, para que pudiese formular las alegaciones y presentar los documentos y los justificantes que considerase oportunos, de conformidad con el artículo 30 del Reglamento de la Sindicatura. Sus alegaciones se presentaron el 17 de enero de 2014 (figuran como anexo en este Informe).

Las alegaciones se han analizado y se ha suprimido o modificado parte del Informe cuando se han aceptado. Si no se ha alterado éste ni se ha emitido opinión es porque las alegaciones son explicaciones que confirman los hechos y las valoraciones del Informe, porque no se han justificado adecuadamente los criterios o las afirmaciones de la alegación, o porque se manifiesta la voluntad de subsanar la deficiencia en el futuro. Excepcionalmente, cuando la razón de no aceptar la alegación ha sido diferente de las mencionadas anteriormente, esta razón se hace constar con una nota a pie de página dentro del Informe.

Recomendaciones:

Formular las cuentas anuales según el nuevo Plan General de Contabilidad Pública (Orden EHA/1037/2010, de 13 de abril, por la que se aprueba el PGCP).

Incluir en la Cuenta General las cuentas anuales de las fundaciones dependientes.

II. UNIVERSIDAD DE LAS ISLAS BALEARES

1. OPINIÓN FINANCIERA Y DE LEGALIDAD RESPECTO DE LAS CUENTAS ANUALES

Alcance

1. La Sindicatura de Cuentas de las Islas Baleares ha fiscalizado las cuentas anuales de la Universidad de las Islas Baleares que comprenden el estado de la liquidación del presupuesto y el resultado del ejercicio 2012, el balance de situación, la cuenta del resultado económico-patrimonial y la memoria. La Gerencia de la Universidad de las Islas Baleares es la responsable de la formulación de las cuentas anuales de acuerdo con el marco normativo de información financiera que le es de aplicación y que se detalla en el anexo 0.1. Salvo en lo que respecta a la limitación mencionada en el párrafo 2 siguiente, el trabajo de fiscalización se ha efectuado de acuerdo con los objetivos y el alcance que se mencionan en los apartados I.2 y I.3 anteriores.

Limitaciones al alcance

2. La complejidad, en la gestión por la UIB, de la información de los proyectos de financiación afectada no hace posible la obtención de evidencia suficiente sobre la razonabilidad de los importes aplicados a las cuentas anuales fiscalizadas derivadas de estas operaciones.

Salvedades

3. Como en el ejercicio anterior, la UIB no aplica la Orden EHA/1037/2010, de 13 de abril, por la que se aprueba el Plan General de Contabilidad Pública y continúa formulando las cuentas según el anterior PGCP.

4. De acuerdo con los artículos 192 y 194 de los Estatutos de la UIB, las funciones de ejecución del presupuesto y de control interno corresponden a la Gerencia. Esta agregación en la figura del Gerente de funciones de ejecución y de intervención es contraria a la necesaria independencia del control interno.

5. En todos los expedientes de generación de crédito tipo anticipo examinados, que suponen un importe total de 6.111 miles de euros, no consta ningún documento acreditativo (exigido por las normas de ejecución) de que las disponibilidades de tesorería permitan la concesión del anticipo, tampoco consta ninguno sobre la razonabilidad del supuesto para garantizar el cumplimiento de las condiciones que permitan la percepción del ingreso a la finalización del proyecto.

6. En relación con la revisión efectuada a los proyectos de financiación afectada, a pesar de la limitación citada en el apartado anterior, se ha detectado lo siguiente:

  • De manera general, el reconocimiento de los derechos derivados de estos proyectos se realiza en el momento de la firma del correspondiente acuerdo o convenio por su totalidad, cuando en muchos casos éstos estipulan de manera expresa que el ente financiador reconocerá su correspondiente obligación en el momento en que la UIB justifique de manera parcial o total la realización del hecho subvencionado.
  • Para el cálculo de las desviaciones derivadas de los proyectos con financiación afectada, la UIB utiliza los importes correspondientes a los ingresos efectivamente cobrados, en vez de consignar los importes de los derechos reconocidos, tal y como determina la normativa aplicable.
  • En el cálculo del resultado presupuestario y del remanente de tesorería la UIB no considera las desviaciones de financiación positivas ni negativas de los proyectos.
  • No se puede relacionar la información de las desviaciones de los proyectos de financiación afectada, informadas en la memoria, con el importe detallado en el estado del remanente de tesorería.
  • El resultado presupuestario no tiene en cuenta las desviaciones de financiación del ejercicio.

7. De acuerdo con los convenios firmados entre la UIB y la CAIB para la construcción del edificio Jovellanos (06/03/2000 por importe de 15.025 miles de euros), para la construcción del edificio Científico-técnico (28/06/02 por importe de 4.508 miles de euros), y para la ejecución de las obras complementarias al edificio Jovellanos (09/11/05 por importe de 741 miles de euros), la UIB tiene que contabilizar en el activo del balance el derecho de cobro de la subvención de capital por el importe del principal que a 31/12/12 es de 9.800 miles de euros (en la cuenta “252. Créditos a largo plazo”, un importe de 9.283 miles de euros y en la cuenta “542. Créditos a corto plazo”, un importe de 517 miles de euros). Al mismo tiempo, se tiene que contabilizar en el patrimonio neto en concepto de “Subvenciones para la financiación del inmovilizado no financiero” el importe total de las subvenciones detalladas (20.274 miles de euros) minorado en la amortización acumulada a 31/12/12 de los inmuebles subvencionados (aproximadamente 1.976 miles de euros). Como contrapartida se tiene que minorar el saldo de la cuenta “120. Resultados positivos de ejercicios anteriores” en 8.498 miles de euros.

8. El saldo de deudores presupuestarios contiene un importe de 2.500 miles de euros reconocido en 2011 y que se tiene que anular dado que el gasto que daba lugar al reconocimiento del derecho (construcción edificio para el Laboratorio Universidad-Empresa) no se llevará a cabo porque la propia UIB ha renunciado a su ejecución.

9. De los importes que la UIB recibe del Estado en concepto de compensación de las ayudas para becas y familias numerosas en el curso 2012/2013, 1.174 miles de euros corresponden a 2013 y se tienen que contabilizar como ingresos anticipados en el pasivo del balance minorando los ingresos del ejercicio en el mismo importe.

Opinión

Salvo por los efectos de los ajustes que podrían haberse considerado necesarios si se hubiesen podido completar los procedimientos descritos en el párrafo 2 anterior, y salvo por lo que respecta a los efectos de las salvedades descritas en los párrafos 3 a 9 anteriores, las cuentas anuales de la Universidad de las Islas Baleares expresan, en todos los aspectos significativos, la imagen fiel del patrimonio y de la situación económica y financiera a 31 de diciembre de 2012, y de los resultados de sus operaciones correspondientes al ejercicio anual finalizado en esta fecha, de conformidad con el marco normativo que le es de aplicación y, en particular, con los principios y normas contables contenidos en esta normativa.

Con independencia de lo que se indica en los párrafos anteriores, cabe resaltar las demás incidencias detalladas en los apartados siguientes del Informe que han de ser tenidas en cuenta y, en su caso, corregidas por los órganos responsables.

2. PRESUPUESTO INICIAL Y MODIFICACIONES

Incidencias:

La aprobación por parte del Consejo Social de los presupuestos de la UIB para 2012 se produjo fuera de plazo, una vez iniciado el ejercicio, lo que supuso la prórroga automática de los del año anterior hasta dicha aprobación.

De la misma manera que en los ejercicios anteriores, el estado de liquidación del presupuesto se presenta con un nivel de desagregación menor que el desglose del presupuesto inicial.

En cuanto a los 11 expedientes de modificación examinados, se tienen que señalar las incidencias siguientes, que ya se observaron en fiscalizaciones anteriores:

  • No consta ningún informe de fiscalización previa de los expedientes de modificación de crédito.
  • La memoria explicativa de los expedientes de transferencias de crédito núm. 282 y de generaciones de crédito núm. 23 es insuficiente.

Recomendaciones:

Evitar la utilización de forma generalizada de la figura de la generación de crédito tipo anticipo, que se prevé en las normas de ejecución del presupuesto, con carácter excepcional.

Realizar las anotaciones contables pertinentes para corregir las incidencias expuestas y procurar su detección y subsanación en ejercicios posteriores.

3. EJECUCIÓN DEL PRESUPUESTO

A. EJECUCIÓN DE INGRESOS

Incidencias:

Como en ejercicios anteriores, no se han reconocido contablemente, como ingresos presupuestarios en el capítulo de transferencias de capital y corrientes, las transferencias de la CAIB previstas en los acuerdos y convenios para la financiación de los edificios Jovellanos y Científico-técnico, y que están sujetas a tres contratos denominados de cesión de crédito. El importe de estas transferencias incrementaría en 1.172 miles de euros el presupuesto de ingresos. Esta corrección no afecta al resultado presupuestario, ya que el gasto vinculado tampoco se ha registrado como gasto presupuestario. No obstante, se tiene que destacar que esta compensación de ingresos y gastos a imputar al presupuesto no es correcta.

De la conciliación realizada entre los derechos reconocidos frente a la CAIB por la UIB y las obligaciones reconocidas por la CAIB en 2012 destacan las incidencias siguientes:

  • Reconocimiento de derecho por importe de 204 miles de euros para la justificación de parte de las actuaciones cofinanciadas por la CAIB en materia de actuaciones para el desarrollo de las inversiones del Estado en las Islas Baleares. No consta la conformidad de la CAIB en la justificación parcial efectuada por la UIB el mes de octubre de 2012.
  • La UIB ha reconocido derechos por un total de 103 miles de euros de acuerdo con el Convenio núm. 2230 en materia de actuaciones para el desarrollo de las inversiones del Estado en las Islas Baleares. Éste especifica que las aportaciones de la CAIB se harán a medida que la UIB justifique los gastos incurridos. Al proyecto de financiación afectada correspondiente no se ha imputado todavía ninguna obligación reconocida por lo que no se podían haber generado estos derechos.

B. EJECUCIÓN DE GASTOS

Incidencias:

Como en los ejercicios anteriores se observan las incidencias siguientes:

- De acuerdo con los artículos 192 y 194 de los Estatutos de la UIB, las funciones de ejecución del presupuesto y de control interno corresponden a la Gerencia. Esta agregación en la figura del Gerente de funciones de ejecución y de intervención es contraria a la necesaria independencia del control interno.

- No se han aplicado al presupuesto obligaciones (1.566 miles de euros) por gastos efectivamente realizados durante el ejercicio e imputados a la cuenta “409. Acreedores por operaciones pendientes de aplicar a presupuesto” (2.476 miles de euros en el ejercicio anterior).

- No se han contabilizado como gastos presupuestarios, pagos de compromisos de los dos contratos de cesión de crédito. El presupuesto de gastos se tiene que incrementar con el importe de estos pagos (1.172 miles de euros, de los que 687 miles de euros corresponden al capítulo de gastos financieros). Esta corrección no afecta al resultado presupuestario, ya que el ingreso vinculado tampoco se ha registrado como ingreso presupuestario.

- Las devoluciones de los préstamos reembolsables (266 miles de euros) se imputan a presupuesto, si bien se imputan al capítulo 7 de gastos (transferencias de capital) en lugar de imputarse al capítulo 9 de pasivos financieros.

En el capítulo 6 de inversiones reales se ha incluido la partida de gasto del Consejo Social de la Universidad por un importe de 45 miles de euros. Los conceptos registrados (retribuciones del Presidente y de la Secretaria del Consejo Social) no se corresponden con gastos en inversiones reales, y se tendrían que registrar en los capítulos de operaciones corrientes.

Recomendaciones:

Constituir una unidad de control interno (intervención o unidad de auditoría interna) que ejerza sus funciones con independencia y autonomía respecto de los órganos de gestión y, en su caso, modificar los Estatutos de la UIB en este sentido.

Presentar el estado de liquidación del presupuesto de las cuentas anuales con el mismo nivel de desagregación que el presupuesto aprobado.

Realizar las anotaciones contables pertinentes para corregir las incidencias expuestas en los apartados anteriores y procurar su detección y subsanación en ejercicios posteriores.

4. PRESUPUESTOS DE EJERCICIOS POSTERIORES

A. INGRESOS PLURIANUALES

Incidencias:

Como en ejercicios anteriores, no se incluyen dentro de la información de los ingresos plurianuales las transferencias concertadas con la CAIB a percibir en ejercicios posteriores relacionadas con las operaciones de cesiones de crédito que se describen en el apartado de endeudamiento.

B. GASTOS PLURIANUALES

Incidencias:

De la misma manera que en ejercicios anteriores, no se incluye la información de los compromisos de gasto con cargo al presupuesto de ejercicios posteriores que provienen de:

  1. Las obligaciones adquiridas con motivo de los contratos señalados en el párrafo anterior.
  2. Los convenios firmados con entidades públicas y privadas.
  3. La carga financiera derivada del contrato de préstamo y de las operaciones de cesiones de créditos.

Recomendaciones:

Completar y mejorar la información de todos los compromisos de gasto con incidencia en ejercicios posteriores.

5. GASTOS CON FINANCIACIÓN AFECTADA

Incidencias:

De la revisión de los proyectos de financiación afectada vivos al cierre se ha detectado que, de manera general, el reconocimiento del derecho se realiza a la firma del correspondiente acuerdo o convenio, cuando en muchos casos éstos estipulan de manera expresa que el ente financiador reconocerá su correspondiente obligación en el momento en que la UIB justifique de manera parcial o total la realización del hecho subvencionado.

Para el cálculo de las desviaciones derivadas de los proyectos con financiación afectada, la UIB utiliza los importes correspondientes a los ingresos efectivamente cobrados, en vez de consignar los importes de los derechos reconocidos, tal y como determina la normativa aplicable. Esto genera las siguientes diferencias respecto del cálculo obtenido aplicando lo que estipula la normativa aplicable:


UIB 2012. DESVIACIONES DE PROYECTOS DE GASTO CON FINANCIACIÓN AFECTADA (en miles de euros)

Desv.positivas ejercicio

Desv.negativas ejercicio

Desv. positivas acumuladas

Desv. negativas acumuladas

Cálculo UIB

7.082

-5.402

17.948

-1.049

Recálculo SCIB

7.310

-4.571

22.412

0

Diferencia

-228

-830

-4.464

-1.048

6. BALANCE DE SITUACIÓN

Incidencias:

Así como sucedía en ejercicios anteriores:

- Varios edificios de la Universidad no se encuentran inscritos en el Registro de la Propiedad, lo que supone un incumplimiento del artículo 185 de los Estatutos de la entidad, del artículo 605 del Código Civil, del artículo 2 de la Ley Hipotecaria y del artículo 17 de la Ley 6/2001, de Patrimonio de la CAIB.

- La UIB no tiene reconocido en el activo del balance, el derecho de cobro de la subvención de capital correspondiente al principal de las operaciones de financiación para la construcción del edificio Jovellanos y para las obras complementarias en el propio edificio. El importe total pendiente de cobro a 31/12/12 de las subvenciones de capital para financiar los costes de las obras es de 9.800 miles de euros. Se tiene que registrar en la cuenta “252. Créditos a largo plazo” un importe de 9.283 miles de euros, y en la cuenta “542. Créditos a corto plazo” un importe de 517 miles de euros.

La partida "Construcciones" del activo del balance incluye el valor de las obras en curso, entre ellas el coste del proyecto de ampliación del edificio Interdepartamental II (108.844,83 euros). Dado que el expediente de contratación de ejecución de la obra del edificio fue objeto de un acta de suspensión del trámite de formalización del contrato y, posteriormente la CAIB (financiadora de la ejecución de la obra) acordó la rescisión del convenio, se tendría que dotar una provisión por depreciación por el importe del proyecto de obra.

En el saldo de deudores al cierre se incluyen derechos de cobro respecto de la CAIB (31.124 miles de euros, de los que 2.789 miles de euros corresponden a los ejercicios 2007 a 2011). La CAIB, por su parte, reconoce un saldo pendiente, a 31/12/12, de 28.120 miles de euros. La diferencia, de 3.004 miles de euros, proviene, principalmente, de las partidas siguientes:

  • La UIB firmó en 2011 un convenio con la CAIB en materia de actuaciones para el desarrollo de las inversiones del Estado en las Islas Baleares, para la construcción y el equipamiento de un laboratorio Universidad-Empresa. La UIB reconoció en 2011 la totalidad del importe del convenio, 2.500 miles de euros, aunque los gastos proyectados no se hayan ejecutado. La CAIB no ha reconocido ninguna obligación hacia la UIB derivada de este convenio. A fecha de la revisión, la UIB informa que ha renunciado a la construcción del edificio destinado a acoger este laboratorio y ha iniciado conversaciones con el Estado para aprovechar esta financiación para otro tipo de infraestructura. En todo caso, el derecho reconocido de ejercicios anteriores que figura pendiente se tendría que anular ya que se refiere a la actuación no realizada, teniendo en cuenta la finalidad específica del mencionado convenio y que se especifica que el reconocimiento de obligaciones de la parte financiadora se hará a medida que la ejecución se realice, lo que no se ha producido.
  • Reconocimiento de derecho por importe de 204 miles de euros por la justificación de parte de las actuaciones cofinanciadas por la CAIB en materia de actuaciones para el desarrollo de las inversiones del Estado en las Islas Baleares. No consta la conformidad de la CAIB en la justificación parcial efectuada por la UIB en el mes de octubre de 2012.

Formando parte de los derechos presupuestarios de ejercicios anteriores, figuran los conceptos siguientes:

  • Dos derechos reconocidos en el ejercicio 2008 por importe de 366 miles de euros y 861 miles de euros, derivados de dos convenios firmados con el MICIIN cofinanciados por el FEDER al amparo del "Complemento de Programa del Documento Único de Programación de Baleares 2000-2006", referidos a proyectos de infraestructuras científicas. Estos saldos no han sido incluidos en la dotación genérica realizada por la UIB referida al 2008. El motivo del retraso en el cobro de estos derechos, según la UIB, es la intención del ente financiador de aplicar un porcentaje de corrección financiera a un tanto alzado del 5 %, basado en la experiencia en las revisiones de proyectos similares, que se descontaría del importe a percibir. A la fecha de revisión no se ha producido el cobro de estos importes. En aplicación del principio de prudencia, se hubiese tenido que dotar el 5 % de los importes referidos, lo que supone una falta de dotación de 61 miles de euros.
  • Un total de 698 miles de euros por facturas al Ente Público de Radiotelevisión de las Islas Baleares del período 2009 a 2011 en virtud de los convenios específicos 2009 y 2010 firmados para la prestación, por parte de la UIB a IB3, del servicio de normalización lingüística. En 2011, la UIB rescindió el convenio vigente en aquel momento por falta de pago de las facturas devengadas, que no han sido cobradas a fecha de hoy. En fecha 27 de marzo de 2013 la UIB presentó demanda judicial de reclamación de cantidad contra este deudor por importe de 686 miles de euros. La UIB informa que se están realizando gestiones con el ente y con la CAIB para conseguir el cobro de estos importes, y no se considera necesaria su provisión. En aplicación del principio de prudencia, se estima que tendría que haber sido objeto de una dotación del 50 % del saldo pendiente (349 miles de euros).
  • Un total de 4 miles de euros de Ràdio i Televisió de Mallorca, SAU correspondiente a los ejercicios 2010 y 2011. Ésta se encuentra en fase de concurso de acreedores, por lo que se tendría que haber traspasado a deudores de dudoso cobro y dotado la provisión correspondiente.

La UIB inició en 2008 gestiones encaminadas a la tramitación de la incautación de la garantía depositada por el contratista del edificio Gaspar Melchor de Jovellanos, y aunque continúa con la mencionada tramitación, sin que se haya resarcido del perjuicio del pago de la licencia de obra del edificio por 320 miles de euros. La UIB ha registrado, en deudores presupuestarios, el importe de la licencia (sin recargo ni intereses) por 261 miles de euros, importe de dudoso cobro, y que se tendría que proveer a 31/12/12.

Hay una diferencia de 21 miles de euros entre el importe de la tesorería que figura en el balance (8.831 miles de euros) y el importe del estado de tesorería de la memoria (8.852 miles de euros), que proviene del saldo inicial.

No figuran en contabilidad 5 cuentas corrientes, titularidad de la UIB, con un saldo conjunto a 31/12/12 de 3 miles de euros.

De acuerdo con el nuevo Plan General de Contabilidad Pública, al mismo tiempo que se da de alta el derecho de cobro por importe de 9.800 miles de euros correspondiente al crédito pendiente de cobro a 31/12/12 de la CAIB para las subvenciones de capital de los convenios de obra detallados (véase el apartado de inversiones financieras permanentes), se tiene que contabilizar en el patrimonio neto en concepto de subvenciones para la financiación del inmovilizado no financiero el importe total de las subvenciones detalladas (20.274 miles de euros), minorado en el importe de la amortización acumulada a 31/12/12 de los inmuebles subvencionados (aproximadamente 1.976 miles de euros). Como contrapartida se tiene que minorar el saldo de la cuenta “120. Resultados positivos de ejercicios anteriores” en 8.498 miles de euros.

Como en el ejercicio anterior, el importe estimado de tasas por licencias urbanísticas pendientes de pago es al menos de 987 miles de euros, mientras que la UIB sólo ha hecho una provisión de 175 miles de euros. Falta, así, una provisión de 812 miles de euros.

El expediente de contratación de ejecución de la obra del edificio Interdepartamental II fue objeto durante 2011 de un acta de suspensión del trámite de formalización del contrato, y posteriormente la CAIB (financiadora de la ejecución de la obra) acordó la rescisión del convenio. Asimismo, también durante el ejercicio 2011 en el expediente de contratación de la obra de acondicionamiento del entorno del edificio Científico-técnico y de la zona de aparcamiento general del campus se acordó la suspensión temporal del inicio de ejecución de la obra y, en consecuencia, si se resolviese el contrato, el adjudicatario tendría derecho a una indemnización del 2 % del precio de adjudicación (art. 222.2 de la LCSP). Para ninguno de estos casos se ha constituido ningún tipo de provisión.

La UIB ha recibido, hasta la fecha de la revisión, expedientes de reintegro de entidades financiadoras por motivo de no ejecución o justificación incorrecta cuantificados en 127 miles de euros (principal más intereses) en cuanto a proyectos de infraestructura científica y en 75 miles de euros por proyectos de investigación justificados hasta el 31/12/12. La UIB no realizó ninguna provisión al cierre para atender a estas reclamaciones.

La UIB contabiliza incorrectamente el pasivo a largo y a corto plazo derivado de las operaciones de cesiones de crédito en el epígrafe “Otras deudas” del pasivo del balance. A 31/12/2012 se tiene que reclasificar en el epígrafe “Deudas con entidades de crédito” un importe de 9.283 miles de euros con vencimiento a largo plazo, y de 517 miles de euros con vencimiento a corto plazo.

La deuda a corto plazo de las operaciones de cesiones de crédito y de los préstamos reembolsables (764 miles de euros) está contabilizada en el epígrafe “Otros acreedores” sin tener en cuenta que su origen sea una financiación con entidades de crédito o con otras instituciones.

La deuda por intereses devengados no vencidos del préstamo del BSCH (61 miles de euros) se contabiliza incorrectamente en el epígrafe “Acreedores no presupuestarios”. Además, la cuenta “Deudas por intereses” tendría que recoger 573 miles de euros de los intereses devengados no vencidos correspondientes a los contratos de cesión de crédito y a los préstamos reembolsables.

Se tiene que aumentar el importe de los ingresos anticipados en concepto de ayudas por becas y familia numerosa en 1.174 miles de euros minorando los ingresos del ejercicio en el mismo importe.

Se tiene que ajustar el importe del aval que se concedió en el 2006 para proyectos de infraestructuras científico-tecnológicas al importe pendiente del principal del préstamo que garantiza (815 miles de euros a 31/12/12).

Recomendaciones:

Regularizar la situación de las licencias de las obras del recinto universitario, de los tributos que se deriven de ellas y llevar a cabo las correspondientes inscripciones en el Registro de la Propiedad, tal y como ha manifestado reiteradamente la SCIB en anteriores informes.

Continuar en la mejora del control de la composición de la cuenta “409. Acreedores pendientes de aplicar a presupuesto” para que responda verdaderamente a su naturaleza transitoria.

Realizar las anotaciones contables pertinentes para corregir las incidencias expuestas en los apartados anteriores y procurar su detección y subsanación en ejercicios posteriores.

7. CUENTA DEL RESULTADO ECONÓMICO-PATRIMONIAL

Incidencias:

Como en ejercicios anteriores:

- No se han imputado a gastos financieros del ejercicio, mediante la constitución de la correspondiente previsión, los intereses devengados y no vencidos de los contratos de cesión de crédito y de los préstamos reembolsables (573 miles de euros).

- No se periodifican, según el principio de devengo, gastos e ingresos del ejercicio corriente y no vencidos al cierre (consumos, suministros, servicios, alquileres, cánones de concesiones administrativas, ingresos financieros, etc.). Tampoco se periodifican cobros de servicios que se realizarán en el ejercicio siguiente, como ingresos anticipados.

Los ingresos por gestión ordinaria se tienen que minorar en 1.174 miles de euros por los ingresos anticipados correspondientes a las compensaciones recibidas por becas y familias numerosas del curso 2012/2013.

Recomendaciones:

Realizar las anotaciones contables pertinentes para corregir las incidencias expuestas en el apartado anterior y procurar su detección y subsanación en ejercicios posteriores.

8. RESULTADOS DEL EJERCICIO

A. RESULTADO PRESUPUESTARIO

B. REMANENTE DE TESORERÍA

C. RESULTADO ECONÓMICO-PATRIMONIAL

Incidencias:

Como en los ejercicios anteriores, se observan las siguientes incidencias:

- En el cálculo del resultado presupuestario y del remanente de tesorería la UIB no considera las desviaciones de financiación positivas ni negativas. Por tanto, el importe del resultado presupuestario y del remanente de tesorería se tendría que corregir por lo que respecta a estos importes no cuantificados.

- En el estado del remanente de tesorería no se han tenido en cuenta los derechos pendientes de dudoso cobro (174 miles de euros) ni otros saldos extrapresupuestarios que incrementan su importe en 433 miles de euros. Cabe decir que la UIB informa de su detalle en la memoria, si bien el estado referido no se muestra de acuerdo con la normativa aplicable. Por tanto, el remanente de tesorería total sería de 42.216 miles de euros.

El importe del remanente de tesorería se tiene que minorar en 2.500 miles de euros, ya que incluye unos derechos pendientes de cobro por este importe reconocido en 2011 y que se tiene que anular, dado que el gasto que daba lugar al reconocimiento del derecho (construcción edificio para el Laboratorio Universidad-Empresa) no se llevará a cabo porque la propia UIB ha renunciado a su ejecución.

 

Recomendaciones:

Reflejar de forma adecuada los ingresos y los gastos con financiación afectada, como también su ejecución, para determinar con exactitud el resultado del ejercicio y la parte afectada del remanente, tal y como ha manifestado reiteradamente la SCIB en anteriores informes.

Calcular el remanente de tesorería de acuerdo con lo que establece el Plan General de Contabilidad Pública.

9. MEMORIA DE LAS CUENTAS ANUALES

Incidencias:

La memoria se ha formulado según el formato del antiguo PGCP de 1994 (ya derogado) y no según el nuevo Plan (de aplicación a partir del ejercicio 2011).

Aunque el contenido de la memoria ha mejorado con respecto al de ejercicios anteriores, no incluye toda la información exigida por el Plan General de Contabilidad Pública del año 1994:

  • No incluye información relativa a la organización contable ni la enumeración de las entidades vinculadas.
  • La información relativa a los remanentes de crédito no se presenta según el modelo establecido.
  • No se especifican los importes previstos de cada anualidad pendiente en la información relativa a la ejecución de los proyectos de inversión.
  • En cuanto a las transferencias y subvenciones concedidas y otorgadas, no figura la normativa ni otras condiciones supletorias, según las que se han efectuado o concedido las ayudas, ni su grado de verificación. En cuanto a las subvenciones, no se da información relativa a posibles reintegros por incumplimiento de condiciones o requisitos con indicación de las causas.
  • En cuanto a los convenios, no consta la situación comparativa porcentual respecto del importe de las subvenciones no nominativas.
  • No se informa de la evolución de las devoluciones de ingresos producidas durante el ejercicio.
  • En cuanto a los gastos con financiación afectada, no está la información de los coeficientes de financiación, ni de la gestión del gasto presupuestario realizado durante el ejercicio, en los anteriores y el pendiente de realizar en ejercicios sucesivos hasta su culminación.
  • El estado del remanente de tesorería no se ha calculado de acuerdo con las normas que establece el PGCP.

Recomendaciones:

Formular la memoria de las cuentas anuales según el formato del nuevo PGCP con la información contable que señala el Plan mencionado, así como aquélla otra que sea necesaria para la correcta interpretación de las cuentas anuales.

10. INDICADORES

A continuación, se presentan unos indicadores relacionados con la vertiente económica, de interés para completar el análisis de la actividad de la UIB registrada en el ejercicio:

UIB 2012. INDICADORES INSTITUCIONALES DE LA UNIVERSIDAD DE LAS ISLAS BALEARES (en euros)

2010

2011

2012

Gasto corriente por alumno matriculado (1)

5.505

4.782

4.721

Ingreso por alumno (2)

1.190

1.017

1.180

Cobertura de matrícula (3)

21,6%

21,3%

25,0%

Transf. corrientes CAIB / gastos de personal

116,6%

115,2%

100,5%

Esfuerzo inversor (4)

31,3%

21,9%

21,1%

Alumno matriculado: no incluye a los de las escuelas adscritas ni a los de  estudios propios. Datos a 1 de noviembre

(1) Gasto de personal + gasto de bienes y servicios / Alumnos matriculados

(2) Ingresos por tasas y precios públicos / Alumnos matriculados

(3) Ingreso por alumno / Coste gasto corriente por alumno matriculado

(4) Obligaciones reconocidas netas de los cap. 6 y 7 / Total obligaciones reconocidas netas

III. ENTIDADES DEPENDIENTES Y VINCULADAS

1. ENTIDADES DEPENDIENTES

2. ENTIDADES VINCULADAS

3. OTRAS ENTIDADES RELACIONADAS

Incidencias:

La Fundación General de la Universidad de las Islas Baleares mantiene saldos acreedores respecto de la UIB de significativa antigüedad (según datos de la UIB), 101 miles de euros de 2009 y 158 miles de euros de 2010.

El apartado de la memoria de las cuentas anuales correspondiente a operaciones con la UIB de la Fundación Universidad-Empresa no incluye toda la información que establece el Plan General de Contabilidad y el RD 1491/2011, por el que se aprueban las normas de adaptación del Plan General de Contabilidad a las entidades sin ánimo de lucro, y el modelo del plan de actuación de estas entidades.

Recomendaciones:

Integrar, en su caso, las cuentas anuales y la liquidación del presupuesto de las fundaciones dependientes en la Cuenta General de la Universidad.

Realizar las anotaciones contables pertinentes para corregir las incidencias expuestas, y procurar su detección y subsanación en ejercicios posteriores.

Realizar y rendir, de todas las fundaciones dependientes, junto con los informes de auditoría financiera, informes de cumplimiento de legalidad.

IV. ESTADOS CONSOLIDADOS

Incidencias:

Los saldos y los movimientos de la UIB con las fundaciones no resultan coincidentes, según la información de las cuentas anuales y de los registros contables, por lo que las eliminaciones y los ajustes realizados en la consolidación se han tenido que practicar por el importe equivalente más bajo en el caso de los saldos, y teniendo en cuenta los importes de la entidad emisora en el caso de los movimientos.

Recomendaciones:

Realizar conciliaciones periódicas de los saldos entre la Universidad y las fundaciones, y de las fundaciones entre sí mismas, tal y como ha manifestado reiteradamente la SCIB en anteriores informes.

V. CONTRATACIÓN

1. ASPECTOS GENERALES

La UIB ha remitido la relación certificada de los contratos adjudicados, modificados y prorrogados durante el ejercicio 2012. El importe total de formalización de los 42 contratos que figuran en la relación es de 6.816 miles de euros (60, con un importe de 8.776 miles de euros, en 2011).

También ha remitido una relación certificada de los contratos menores del ejercicio, con un total de 197 y un importe de 3.731 miles de euros. No obstante, se tiene que advertir que en esta relación figuran contratos que no tienen la naturaleza de contrato menor.

La clasificación de los contratos (excluidos los contratos menores) según su objeto, es la siguiente:

UIB 2012. TIPOS CONTRACTUALES (en miles de euros)

Tipos

Número

%

Importe adjud.

%

1. Obras

1

2,4%

115

1,7%

2. Servicios

28

66,7%

3.946

57,9%

3. Suministro

13

31,0%

2.755

40,4%

4. Administrativos especiales

0

0,0%

0

0,0%

5. Concesión de obras públicas

0

0,0%

0

0,0%

6. Gestión de servicios públicos

0

0,0%

0

0,0%

7. Colaboración entre el sector público y el sector privado

0

0,0%

0

0,0%

8. Privados sujetos a la LCSP, de objeto diferente de los anteriores

0

0,0%

0

0,0%

9. Patrimoniales sobre bienes inmuebles

0

0,0%

0

0,0%

Total

42

100,0%

6.816

100,0%

El procedimiento de adjudicación utilizado es:

UIB 2012. PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN DE LOS CONTRATOS (en miles de euros)

Procedimiento de adjudicación

Número

%

Importe adjud.

%

AP. Abierto criterio precio

1

2,4%

1.507

22,1%

RP. Restringido criterio precio

0

0,0%

0

0,0%

AM. Abierto criterios múltiples

7

16,7%

3.441

50,5%

RM. Restringido criterios múltiples

0

0,0%

0

0,0%

NC. Negociado con publicidad

0

0,0%

0

0,0%

NS. Negociado sin publicidad

11

26,2%

521

7,6%

DC. Diálogo competitivo

0

0,0%

0

0,0%

CC. Contratación centralizada

0

0,0%

0

0,0%

DAC. Contratos derivados de un acuerdo marco

4

9,5%

1.032

15,1%

P. Prórroga

14

33,3%

293

4,3%

M. Modificado

5

11,9%

21

0,3%

Total

42

100,0%

6.816

100,0%

La tramitación es la siguiente:

UIB 2012. TRAMITACIÓN DE LOS CONTRATOS (en miles de euros)

Tramitación

Número

%

Importe adjud.

%

O (ordinaria)

42

100,0%

6.816

100,0%

U (urgente)

0

0,0%

0

0,0%

E (de emergencia)

0

0,0%

0

0,0%

Total

42

100,0%

6.816

100,0%

2. CONTRATOS SELECCIONADOS

De los contratos incluidos en las relaciones se han revisado 12, cuyo precio de formalización suma 6.388 miles de euros (el 93,7 % del importe total). El criterio aplicado para la selección ha sido escoger los de mayor importe de cada uno de los tipos de contratos en proporción al número de dichas tipologías, incluyendo además las prórrogas y modificaciones provenientes del antiguo TRLCAP 2/2000.

 

UIB 2012. RELACIÓN DE LOS CONTRATOS EXAMINADOS (en miles de euros)

Objeto del contrato

Importe IVA excl.

Precio form. IVA excl.

% baja

Tipos

Tram.

Proced.

Incidencias

1

Servicio de limpieza de la Universidad de las Islas Baleares

2.160

2.092

3,2%

Serv.

Ordin.

Abierto

1, 3, 6, 8

2

Suministro de energía eléctrica para la Universidad de las Islas Baleares

1.508

1.507

0,0%

Sumin.

Ordin.

Abierto

2, 3, 4, 6, 8

3

Servicio de mantenimiento integral de la Universidad de las Islas Baleares

1.210

993

17,9%

Serv.

Ordin.

Abierto

1, 2, 8

4

Suministro de publicaciones periódicas en diferentes formatos durante el año 2012 para el Servicio de Biblioteca y Documentación de la Universidad de las Islas Baleares

753

753

0,0%

Sumin.

Ordin.

DAC

1, 2, 3, 5, 6

5

Suministro de las nuevas barreras de seguridad, perimetral e interna, de la red de datos de I+D+I de la Universidad de las Islas Baleares

219

207

5,6%

Sumin.

Ordin.

Abierto

1, 2, 3, 4, 6, 7

6

Servicio de mantenimiento de la aplicación informática Universitas XXI, de gestión de recursos humanos y de gestión de nóminas y SS

153

153

0,0%

Serv.

Ordin.

Negoc.

2,  3, 7, 8

7

Redacción del proyecto básico y de ejecución y dirección de obra para la construcción del edificio del Centro de Estudios de Postgrado (CEP) de la UIB

197

137

30,3%

Serv.

Urgente

Abierto

2, 3,  8

8

Obra de instalación de un ascensor en el edificio Sa Riera de la Universidad de las Islas Baleares

128

115

9,8%

Obra

Ordin.

Negoc.

2, 3, 4

9

Adenda de modificación del contrato para la prestación del servicio de seguridad y vigilancia y de servicios auxiliares relacionados con este servicio para la UIB

21

21

0,0%

Serv.

Ordin.

Abierto

1, 3

10

Suministro de licencias de software SPSS para el Centro de Tecnologías de la Información de la UIB

12

12

0,0%

Sumin.

Ordin.

Negoc.

2, 3, 8

11

Adenda de prórroga del contrato para la prestación del servicio de cafetería y máquinas expendedoras de bebidas y sólidos del edificio Sa Riera de la UIB (*)

3

3

0,0%

Serv.

Ordin.

Prórr.

12

Adenda de modificación del contrato para la prestación del servicio de limpieza de la UIB (reducción del coste del contrato del servicio de limpieza en un 5 % debido a la situación económica)

394

394

0,0%

Serv.

Ordin.

Negoc.

(*) Contrato generador de ingresos

 

UIB 2012. CODIFICACIÓN DE LAS DEFICIENCIAS DE LOS CONTRATOS

Código

Denominación

1

En la documentación preparatoria y actuaciones previas

2

En el contenido de los pliegos o documento que regula la contratación

3

En los informes y la aprobación del expediente

4

En la actuación de la mesa o en la propuesta de adjudicación

5

En la adjudicación del contrato

6

En la publicidad, notificaciones y comunicaciones

7

En la formalización del contrato

8

En la ejecución del contrato

3. CONTRATOS MENORES

La UIB ha remitido, en respuesta al requerimiento de la Sindicatura, una relación certificada comprensiva de los contratos menores del ejercicio, con un total de 197 y un importe de 3.731 miles de euros.

Incidencias:

En esta relación figuran contratos y adquisiciones que no tienen la naturaleza de contrato menor:

  • Contratos derivados de encomiendas de gestión a la Fundación Universidad-Empresa de las Islas Baleares (19 contratos, por valor de 1.431 miles de euros).
  • Contratos de adquisiciones centralizadas de bienes mediante la Dirección General de Patrimonio Estatal (7 contratos, por valor de 799 miles de euros).

Además de los anteriores, figuran también:

  • Las adquisiciones derivadas del anexo III del Convenio de colaboración entre la UIB y el Consorcio de Bibliotecas Universitarias de Cataluña (CBUC) por el que se determinan las adquisiciones anuales de revistas electrónicas a realizar por la UIB.
  • Las realizadas de acuerdo con la disposición adicional novena del TRCLSP, que permite este tipo de adquisiciones de acuerdo con las normas de contratación menor, siempre que por razones de cuantía no esté sujeta a regulación armonizada (14 contratos, por valor de 199 miles de euros).

A pesar de ello, una vez se ha obtenido la muestra de los 13 expedientes de importe más significativo remitidos por la UIB como contratos menores, con independencia de su naturaleza real, se ha procedido a su revisión. Son los siguientes:

Núm.

Objeto del contrato

Fecha adjud.

Importe (en euros)

1

Importe correspondiente a la quinta adenda entre la Consejería de Educación y la UIB para el desarrollo del Plan de Apoyo Educativo de la Lectoescritura en el Segundo Ciclo de Primaria (becas Programa TUO)

05/06/12

549.120,00

2

Contrato de servicios para el desarrollo del programa Innoilles 2011

22/11/12

211.651,81

3

Para el desarrollo del programa Promotores Tecnológicos de las Islas Baleares VI edición y la transferencia de capital humano, conocimiento y tecnología de los centros de investigación en las empresas de Baleares

22/11/12

175.000,00

4

Importe correspondiente a la aportación de la UIB para la contribución de los gastos del DOIP en el año 2012

30/12/12

150.000,00

5

Servidor informático para cálculo científico de altas prestaciones. Svr supermicro twin 2u. storach. Exp. menor 113/12

10/09/12

16.925,00

6

6 ordenadores portátiles Lenovo Thinkpad x1 carbon. core i5 3427 (1.8 ghz) 8 gb, 256 ssd 1600x900 w7 pro

03/09/12

8.850,00

7

Reposición material informático roto en el siniestro de fecha 15/11/11 sufrido en el edificio de Son Lledó. Inv. ce 185/2012

15/06/12

6.297,92

8

Material de audio para las aulas 2,6,12,14,21,22,23 (altavoces, amplificador, armario rack de 10", armario de 19", reproductor DVD)

24/04/12

5.226,99

9

Impresora láser OKI 1200x1200 50ppm A4, 28ppm A3, 256MB Ram, paralelo, USB 2.0 Ethernet 10/100, 1100 hojas de papel de serie. Dúplex de serie (Departamento de Ciencias Matemáticas e Informática)

03/09/12

2.775,00

10

Suministro de equipamiento para ampliar la electrónica de redes de acceso (lan y wireless lan) de ciertos edificios del campus que conforman la red de comunicaciones de datos de I+D+I de la UIB

17/05/12

157.837,34

11

Suministro de un servidor de videoconferencia asociado a un servidor de vídeo para contenidos propios de los grupos de I+D+I de la UIB. Bienes de adquisición centralizada

27/06/12

130.885,39

12

Suministro de equipamiento para la substitución y ampliación electrónica de red de acceso cableada de varios edificios del campus que conforman la red de comunicaciones de datos de I+D+I. Bienes de adquisición centralizada

11/10/12

83.540,22

13

Suministro de electrónica de red sin hilos para el nuevo edificio de comandancia de la sede universitaria de Eivissa y Formentera. Tic's 278/2012

26/06/12

10.134,82

4. CONCLUSIÓN

En relación con la fiscalización realizada, se muestran las conclusiones más significativas del cumplimiento de legalidad:

1 La Gerencia de la UIB realiza la fiscalización previa de los expedientes, lo que contraviene la necesaria segregación de funciones en el ejercicio del control interno (art. 109.3 del TRLCSP).

2. En el expediente 4, no consta que se haya producido una consulta expresa a los proveedores homologados mediante un acuerdo marco previo.

3. En el mismo expediente 4, no todos los suministros adquiridos figuran en la relación establecida en el contrato marco. Estos ítems, por valor de 371.983 euros (IVA excluido), tendrían que haber sido objeto de una contratación independiente (art. 198.4 del TRLCSP).

4. En cinco expedientes (núm. 1, 2, 3, 6 y 7) no se ha abonado el precio dentro de los plazos establecidos por la normativa. Asimismo, no consta el abono de los intereses de demora y, en su caso, de la indemnización por los costes de cobro correspondientes (art. 216.4 del TRLCSP y disposición transitoria octava de la Ley 15/2010).

5. El expediente núm. 9 corresponde a una modificación que contraviene lo que estipulan los PCAP del contrato inicial (cláusula 23), que no permiten esta posibilidad, por lo que se tendría que haber licitado de forma independiente.

6. Los contratos menores núm. 1, 2, 3 y 4 figuran en la relación facilitada por la UIB como encomiendas de gestión, realizados por la FUEIB como medio propio de la UIB. No constan, en los expedientes examinados, instrucciones, memorias u otros documentos técnicos, como tampoco las tarifas autorizadas por la entidad autora de la encomienda, en este caso la UIB, según lo que establece el artículo 24.6 del TRLCSP.

Conclusión:

La actividad contractual de la Universidad de las Islas Baleares, de acuerdo con el alcance del trabajo antes señalado, referido únicamente a los 12 contratos fiscalizados (el precio de formalización representa el 93,7 % del importe total) y a la fiscalización de los 13 contratos menores descrita más adelante (con una cobertura del 40,4 % del importe total), salvo por lo que se ha indicado en los párrafos 1 a 6 anteriores, se ha desarrollado en los aspectos más significativos, de conformidad con el principio de legalidad.

Con independencia de lo que se indica en los párrafos anteriores, cabe resaltar el resto de incidencias detalladas en los apartados siguientes del Informe que deben ser tenidas en cuenta y, en su caso, corregidas por los órganos responsables.

 

Recomendaciones:

Reformar el régimen interior de la UIB en materia de contratación, con la finalidad de reforzar la función interventora en todas las fases de los procedimientos, tal y como ha manifestado reiteradamente la SCIB en anteriores informes.

Depurar la información de las relaciones relativas a la contratación menor remitidas a la SCIB, de manera que correspondan íntegramente a este concepto.