Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE EIVISSA
Núm. 6148
Resolución del consejero del Departamento de Economía y Hacienda de fecha 24 de marzo de 2014, por la cual se aprueba la modificación del Plan Estratégico de Subvenciones del Consell Insular de Evissa para el año 2014.
Como señala la Ley 4/2009, de 11 de junio, de servicio sociales de las Islas Baleares, a su Exposición de motivos, en las sociedades democráticas, la política social tiene por objeto reducir las desigualdades y mejorar las condiciones de vida del conjunto de la población con la finalidad de facilitar el ejercicio de los derechos de la ciudadanía y de fomentar la cohesión y el progreso social.
Una parte importante de la actividad financiera del sector público se canaliza a través de subvenciones, con el fin de dar respuesta, con mesures de soporte económico, a demandas sociales y económicas de personas y entidades públicas o privadas.
El art. 8.1 (de carácter básico) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones prevé que los órganos de las administraciones públicas o cualquier entidad que propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter previo han de concretar en un plan estratégico de subvenciones, los objetivos y los efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiamiento, que se han de supeditar en todo caso al cumplimento de los objetivos de estabilidad presupuestaria.
En este sentido, el Consell Ejecutivo, con fecha 3-02-2014, aprobó el Plan estratégico de subvenciones del Consell Insular del año 2014, que finalmente ha estado publicado en el BOIB núm. 32, de 6-03-2014, en el cual se recogieron las subvenciones previstas por el Departamento de Sanidad y Bienestar Social.
Vista la providencia de la consejera ejecutiva del Departamento, de fecha 20-3-2014, en virtud de la cual se pone de manifiesto la voluntad del Departamento de incrementar el importe de la convocatoria de ayudas dirigidas a entidades y asociaciones de servicios sociales sin ánimo de lucro (de 382.000,- euros a 450.000,- euros), y de la convocatoria de ayudas individuales dirigidas a los usuarios con discapacidad y enfermedad mental del departamento (de 12.000,- euros a 15.000,- euros).
En dicho acuerdo del Consell Ejecutivo de fecha 3-2-2014, se delega en el consejero ejecutivo del Departamento de Economía y Hacienda la aprobación de las modificaciones que se puedan producir a lo largo de la vigencia de este Plan estratégico.
Y por todo lo anterior, visto el informe propuesta del responsable de la Coordinación de los Servicios Asistenciales, con el visto y conforme de la secretaria técnica del Área de Economía, Bienestar Social y Agricultura, y la propuesta de la consejera ejecutiva del Departamento de Sanidad y Bienestar Social.
Visto el informe de la Intervención General de este Consell Insular de Eivissa, sobre la fiscalización previa a la tramitación de modificación del Plan Estratégica de subvenciones de fecha 24 de marzo de 2014.
En uso de las facultades que tengo conferidas por el Decreto de Presidencia de día 4 de julio de 2011, de determinación de las atribuciones correspondientes a los diferentes órganos del Consell Insular de Evissa (BOIB núm. 104, de 7-7-2011).
RESUELVO:
Primero: Aprobar la modificación del Plan estratégico de subvenciones del Consell Insular de Eivissa para el año 2014, por lo que hace a dos líneas de ayudas de este Departamento (ayudas dirigidas a entidades y asociaciones de servicios sociales sin ánimo de lucro y ayudas individuales dirigidas a los usuarios con discapacidad y enfermedad mental del Departamento) en el sentido de aumentar el importe previsto de la siguiente manera:
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Descripción |
Objetivos y Efectos |
Importe |
Financiación |
Importe financiado |
Incidencia en el mercado |
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Programa |
Económica |
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2300 |
48900 |
Convocatoria de ayudas dirigidas a entidades y asociaciones de servicios sociales sin ánimo de lucro |
Ayudas para el mantenimiento de las entidades y asociaciones sin ánimo de lucro y actividades propias de sus finalidades |
450.000,00 |
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Sin incidencia significativa sobre el mercado |
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Descripción |
Objetivos y Efectos |
Importe |
Financiación |
Importe financiado |
Incidencia en el mercado |
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Programa |
Económica |
||||||
2330 |
48900 |
Ayudas dirigidas a los usuarios con discapacidad y enfermedad mental del departamento |
Ayudas para la formación a los usuarios con discapacidad y enfermedad mental que realizan actividades en los diferentes programas de formación |
15.000,00 |
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Sin incidencia significativa sobre el mercado |
Segundo: Publicar esta modificación en el BOIB.
Lo que manda y firma el consejero ejecutivo del Departamento de Economía y Hacienda del Consell Insular de Eivissa, y da fe (en cumplimiento de las funciones de fe pública art. 2 RD 1174/1987 de 18 de septiembre) la secretaria accidental, en Eivissa, el 24 de marzo de 2014 .
El consejero ejecutivo, La secretaria acctal.,
Álex Minchiotti Fábregas Maria Torres Bonet
Eivissa, 4 de abril de 2014
La secretaria técnica del Área de Economía, Bienestar Social y Agricultura
Gema Marí Planells