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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

AYUNTAMIENTO DE ES CASTELL

Núm. 6127
Convocatoria de constitución de una bolsa para cobertura de vacantes de limpiadores / as de edificios, dependencias e instalaciones municipales de Es Castell

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Texto

Habiéndose aprobado, por la Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria de día 20 de marzo de 2014, las Bases que tienen que regir la convocatoria de constitución de una bolsa para cobertura de vacantes de limpiadores / as de edificios, dependencias e instalaciones municipales de Es Castell; se publican las mismas a continuación, a los efectos oportunos.

Es Castell, 31 de marzo de 2014.

El Alcalde
José Luis Camps Pons

BASES QUE TIENEN QUE REGIR EL CONCURSO OPOSICIÓN PARA LA BOLSA DE PARA COBERTURA DE VACANTES DE LIMPIADORES / AS DE EDIFICIOS DEPENDENCIAS E INSTALACIONES MUNICIPALES DE ES CASTELL

Primera.- Objeto.

El objeto de la presente convocatoria es la cobertura de vacantes mediante contratación laboral por el procedimiento de concurso oposición para llevar a cabo las tareas de limpieza de las dependencias e instalaciones municipales.

Segunda.- Condiciones de los aspirantes.

Para ser admitido y, en su caso, tomar parte en esta convocatoria, los aspirantes tendrán que reunir, con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de solicitudes, los siguiente requisitos:

- Ser ciudadano español o disponer de la nacionalidad de alguno de los otros estados miembros de la Unión Europea, en los término que establece la Ley 17/1993 o la de aquellos estados que en virtud de los tratados internacionales subscritos por la Unión Europea y ratificados por el Estado español los sea aplicable la libre circulación de los trabajadores o los beneficie lo previsto en la legislación en materia de extranjería vigente el último día del plazo de presentación de las solicitudes.

- Tener cumplidos los 16 años.

-  Estar en posesión del certificado de estudios primarios o equivalente.

- No haber sido separado por resolución disciplinaría firme del servicio de cualquier administración pública y o encontrarse inhabilitado por sentencia firme para el ejercicio de las funciones públicas.

-  No sufrir ninguna enfermedad ni deficiencia física que impida el normal ejercicio de la función.

Tercera.- Instancias

Las solicitudes para tomar parte del concurso - oposición se dirigirán al Alcalde del Ayuntamiento de Es Castell y se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento, o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, dentro del plazo de 7 días naturales, contados a partir del siguiente a aquel en que aparezca la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares. El anuncio se publicará igualmente en un diario de la Isla.

Junto con la solicitud se tendrá que acompañar el correspondiente currículum profesional y copia del DNI.

Las instancias también podrán presentarse en cualquiera de las formas que determina el artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico y del Procedimiento Administrativo Común.

Las instancias también tendrán que ir acompañadas de los justificantes acreditativos de los méritos alegados.

Cuarta.- Realización de las pruebas.

Finalizado el plazo de presentación de instancias, el Alcalde, en el plazo máximo de 15 días, dictará Resolución anunciando la fecha y la hora para la realización de los ejercicios y la composición del Tribunal calificador.

El mencionado acuerdo se publicará en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento.

Quinta.- Tribunal calificador.

El Tribunal Calificador estará constituido de la manera siguiente:

-  Presidente: El Jefe de la Brigada de obras municipal.

-  Vocales:

-  Un funcionario del Ayuntamiento de Es Castell.

- Un oficial de la Brigada de obras municipal.

-  Delegado del personal laboral.

-  Secretario: Un funcionario del Ayuntamiento de Es Castell, sin voz ni voto.

El tribunal no podrá constituirse sin la asistencia de al menos 2 miembros y será necesaria la presencia del presidente y del secretario.

Sexta.- Sistema de selección

El sistema de selección, de acuerdo con las características de las plazas convocadas será el concurso - oposición.

Séptima.- Comienzo y desarrollo de los ejercicios

El orden de actuación de los aspirantes será el alfabético.

Los aspirantes serán llamados para cada ejercicio en llamamiento único, y serán excluidos aquellos que no comparezcan, salvo casos debidamente justificados y apreciados libremente por el Tribunal.

En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los aspirantes que acrediten su identidad.

Octava.- Fase de oposición:

Ejercicio práctico a determinar por el Tribunal en lo referente a las tareas de la plaza de 30 minutos de duración que se valorará con una puntuación máxima de 10 puntos.

Novena.- Fase de concurso y entrevista personal

a) Servicios prestados en tareas iguales / análogas a la de esta convocatoria..................... 0,2 puntos/ mes.

Hasta un máximo de 2 puntos.

b) Otros méritos que se puedan considerar relacionados a mantenimiento o limpieza de edificios.
Se tendrá que acreditar documentalmente.

Hasta un máximo de 1'5 puntos.

c) Valoración de los conocimientos orales y escritos de la lengua catalana, mediante una prueba equivalente al nivel A o aportación de certificado.

Esta prueba se valorará con 1 punto.

d) Valoración de la entrevista personal será, como máximo, de ..................................................0,5 puntos.

Decena.- Relación de aprobados y Bolsa de trabajo.

Una vez acabada la calificación de los aspirantes, el tribunal publicará la Lista de aprobados por orden de puntuación. En caso de empate en la puntuación final de los aspirantes, el Tribunal resolverá en función de la puntuación del ejercicio práctico.

Las personas que hayan superado la puntuación mínima pasarán a constituir una Bolsa de trabajo por el orden de puntuación. En el supuesto de no incorporarse cuando sean llamados / das por el Ayuntamiento, salvo que se acrediten causas razonables, estas personas pasarán a ocupar la última posición.

Docena.- Recursos.

Estas bases y la convocatoria de las pruebas selectivas podrán ser impugnadas por quien se consideran interesados mediante la interposición de recurso de reposición ante la Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento en el plazo de un mes a contar de la fecha de la publicación en el BOIB o mediante recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos meses a contar de la misma fecha de publicación, ante el Juzgado contencioso administrativo de Palma de Mallorca.