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AYUNTAMIENTO DE ALARÓ
Núm. 6081
Relación núm.122, multas de tráfico que no se han podido notificar
De acuerdo con lo que se dispone en la Ley sobre Tráfico y el Reglamento General de Circulación (R.D. 1428/2003, de 21 de noviembre) le comunicamos que se le ha formulado la presente denuncia, iniciándose el expediente sancionador por infracción a las Normas de Circulación que se instruirá en la sección de multes de tráfico de este Ayuntamiento. El instructor es Gabriel Simonet Homar, recusable en los supuestos y efectos previstos en los arts. 28 y 29 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre y el Alcalde el órgano competente para resolverlo.
Lo que se le comunica conforme a lo previsto en los artículos 77, 78 i 79 del Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, para que en el plazo de QUINCE DIAS NATURALES contados a partir de la recepción de esta notificación de denuncia, formule, si lo considera oportuno, el escrito de descargo ante el Sr. Alcalde, adjuntando o proponiendo las pruebas que considere oportunas. En caso de no efectuar alegaciones dentro del plazo mencionado, esta notificación de iniciación del procedimiento se considerará PROPUESTA DE RESOLUCION, de acuerdo con los establecido en el artículo 13.2 recogido en el Reglamento del Procedimiento para el ejercicio de la Potestad Sancionadora, aprobado por Real Decreto 1398/93, de 4 de agosto, a los efectos recogidos en los artículos 18 y 19 del mencionado texto legal.
En el caso de nos ser el conductor del vehículo denunciado, se le requiere para que indique los datos del conductor en este mismo impreso y le advertimos que de no hacerlo, será considerado autor de una falta grave conforme al artículo 72.3 de la presente Ley y se seguirá contra usted el correspondiente procedimiento.
Si está conforme con el contenido de la denuncia, podrá obtener la reducción del 50 % de descuento de la cuantía de la multa que podrá pagar dentro de los VEINTE DIAS NATURALES siguientes la fecha de recepción del presente escrito en la oficina de Tesorería de este Ayuntamiento o en las entidades bancarias siguientes consignando el número de expediente, nombre y matrícula.
Exp. |
Nombre |
Importe |
Matrícula |
Art. infringido |
---|---|---|---|---|
00012/14 |
(datos personales ocultos) |
80,00 |
IB5614DD |
171 00 1A |
00016/14 |
(datos personales ocultos) |
80,00 |
3058FRP |
171 00 1A |
00017/13 |
(datos personales ocultos) |
80,00 |
6931HJY |
171 00 1A |
00031/13 |
(datos personales ocultos) |
80,00 |
3217BFS |
CIR 154-5B |
00033/13 |
(datos personales ocultos) |
200,00 |
9761HRS |
CIR 91 2 5C |
00038/13 |
(datos personales ocultos) |
80,00 |
4525BNK |
171 00 1A |
00049/13 |
(datos personales ocultos) |
80,00 |
4525BNK |
171 00 1A |
00708/13 |
(datos personales ocultos) |
80,00 |
5950FCW |
171 00 1A |
00723/13 |
(datos personales ocultos) |
80,00 |
4383FTX |
152 0 2 |
00733/13 |
(datos personales ocultos) |
200,00 |
3357DSL |
RGC94 2 1 d |
00734/13 |
(datos personales ocultos) |
200,00 |
4525DNK |
RGC94 2 1 d |
00736/13 |
(datos personales ocultos) |
80,00 |
9267BCF |
171 00 1A |
00740/13 |
(datos personales ocultos) |
80,00 |
8916GMJ |
CIR 154-5B |
00741/13 |
(datos personales ocultos) |
80,00 |
IB0216CV |
CIR 154-5B |
00764/13 |
(datos personales ocultos) |
80,00 |
IB3117DD |
CIR 154-5B |
00765/13 |
(datos personales ocultos) |
200,00 |
8299DBW |
CIR 94 2A 5R |
00769/13 |
(datos personales ocultos) |
80,00 |
7382DZX |
171 00 1A |
00782/13 |
(datos personales ocultos) |
80,00 |
IB2256BS |
CIR 154-5B |
00790/13 |
(datos personales ocultos) |
200,00 |
9444BMX |
R18 2 2D |
00791/13 |
(datos personales ocultos) |
80,00 |
IB8373DJ |
CIR 154-5B |
00792/13 |
(datos personales ocultos) |
80,00 |
7611BGF |
CIR 154-5B |
00793/13 |
(datos personales ocultos) |
80,00 |
9791GXW |
CIR 154-5B |
00796/13 |
(datos personales ocultos) |
80,00 |
IB5614DD |
CIR 154-5B |
00798/13 |
(datos personales ocultos) |
80,00 |
7382DZX |
CIR 154-5B |
00817/13 |
(datos personales ocultos) |
80,00 |
7043HGL |
CIR 154-5B |
NOTIFICACIÓN DE DENUNCIA AL INFRACTOR
De acuerdo con lo que se dispone en la Ley sobre Tráfico y el Reglamento General de Circulación, le comunicamos que se ha formulado la presente denuncia, iniciándose el expediente sancionador por infracción a las Normas de Circulación el que se instruirá a la sección de multes de tráfico de este Ayuntamiento. El Instructor es Gabriel Simonet Homar, recusable en los supuestos y efectos previstos en los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre y el Alcalde el órgano competente para resolverlo
Lo que se le comunica conforme a lo previsto en los artículos 77, 78 i 79 del Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, para que en el plazo de QUINCE DIAS NATURALES contados a partir de la recepción de esta notificación de denuncia, formule, si lo considera oportuno, el escrito de descargo ante el Sr. Alcalde, adjuntando o proponiendo las pruebas que considere oportunas. En caso de no efectuar alegaciones dentro del plazo mencionado, esta notificación de iniciación del procedimiento se considerara PROPUESTA DE RESOLUCIÓN, de acuerdo con los establecido en el artículo 13.2 recogido en el Reglamento del Procedimiento para el ejercicio de la Potestad Sancionadora, aprobado por Real Decreto 1398/93, de 4 de agosto, a los efectos recogidos en los artículos 18 y 19 del mencionado texto legal.
Si está conforme con el contenido de la denuncia, podrá obtener la reducción del 50 % de descuento de la cuantía de la multa que podrá pagar dentro de los VEINTE DIAS NATURALES siguientes la fecha de recepción del presente escrito en la oficina de Tesorería de este Ayuntamiento o en las entidades bancarias siguientes consignando el número de expediente, nombre y matrícula.
Exp. |
Nombre |
Importe |
Matrícula |
Art. infringido |
00323/13 |
(datos personales ocultos) |
200,00 |
5809GFH |
072 03 |
00529/13 |
(datos personales ocultos) |
90,00 |
PM3720BY |
072 03 |
NOTIFICACIÓN DE DENÚNCIA AL TITULAR
De acuerdo con lo que se dispone en la Ley sobre Tráfico y el Reglamento General de Circulación (R.D. 1428/2003, de 21 de noviembre) le comunicamos que se le ha formulado la presente denuncia, iniciándose el expediente sancionador por infracción a las Normas de Circulación que se instruirá en la sección de multes de tráfico de este Ayuntamiento. El instructor es Gabriel Simonet Homar, recusable en los supuestos y efectos previstos en los arts. 28 y 29 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre y el Alcalde el órgano competente para resolverlo.
Lo que se le comunica conforme a lo previsto en los artículos 77, 78 i 79 del Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, para que en el plazo de QUINCE DIAS NATURALES contados a partir de la recepción de esta notificación de denuncia, formule, si lo considera oportuno, el escrito de descargo ante el Sr. Alcalde, adjuntando o proponiendo las pruebas que considere oportunas. En caso de no efectuar alegaciones dentro del plazo mencionado, esta notificación de iniciación del procedimiento se considerará PROPUESTA DE RESOLUCION, de acuerdo con los establecido en el artículo 13.2 recogido en el Reglamento del Procedimiento para el ejercicio de la Potestad Sancionadora, aprobado por Real Decreto 1398/93, de 4 de agosto, a los efectos recogidos en los artículos 18 y 19 del mencionado texto legal.
En el caso de nos ser el conductor del vehículo denunciado, se le requiere para que indique los datos del conductor en este mismo impreso y le advertimos que de no hacerlo, será considerado autor de una falta grave conforme al artículo 72.3 de la presente Ley y se seguirá contra usted el correspondiente procedimiento.
Si está conforme con el contenido de la denuncia, podrá obtener la reducción del 50 % de descuento de la cuantía de la multa que podrá pagar dentro de los VEINTE DIAS NATURALES siguientes la fecha de recepción del presente escrito en la oficina de Tesorería de este Ayuntamiento o en las entidades bancarias siguientes consignando el número de expediente, nombre y matrícula.
Exp. |
Nombre |
Importe |
Matrícula |
Art. infringido |
00032/14 |
(datos personales ocultos) |
150,00 |
3217BFS |
91 |
00814/13 |
(datos personales ocultos) |
100,00 |
IB5049CK |
91 |
00818/13 |
(datos personales ocultos) |
100,00 |
7043HGL |
91 |
NOTIFICACIÓN RESOLUCIÓN DE ARCHIVO DEFINITIVO DEL EXPEDIENTE
Vistas las alegaciones efectuadas y el informe favorable de la policia local, el Alcalde - Presidente dicta la siguiente
RESOLUCIÓN
1ª.- El archivo definitivo del expediente sancionador seguido por la infracción denunciada.
2ª.- Notificar esta resolución al interesado, a los efectos pertinentes.
La presente resolución pone fin a la vía administrativa. Contra la mencionada resolución puede interponer potestativamente recurso de reposición en el plazo de UN mes, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación de conformidad con lo que dispone la ley. Contra la denegación expresa, en el plazo de DOS meses. puede interponer recurso contencioso - administrativo ante el Tribunal que resulte competente. Contra la desestimación por silencio de dicho recurso, puede interponer recurso contencioso - administrativo en el plazo de SEIS meses, contados a partir del día siguiente de la desestimación presunta.
Directamente puede interponer, en el orden jurisdiccional recurso contencioso - administrativo en el plazo de DOS meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación. Todo esto sin perjuicio de que pueda interponer cuantos otros recursos estime procedentes.
Exp. |
Nombre |
Importe |
Matrícula |
Art. infringido |
00795/13 |
(datos personales ocultos) |
200,00 |
IB4503DJ |
94.2 1e |
NOTIFICACIÓN DE SANCIÓN AL TITULAR
La Alcaldía-Presidencia por Decreto de esta fecha ha dictado la siguiente resolución:
"Visto que se ha tramitado el expediente por infracción a la L.S.V. y al R.G.C., conformemente con el procedimiento previsto en el artículo 79 del R.D legislativo 339/1990 de 2 de marzo, por el que se aprueba el Texto articulado de la Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.
Visto que la competencia para la imposición de sanciones corresponde a la Alcaldía, conformemente con lo que dispone el artículo 68 del mencionado texto legal.
Visto que han quedado probados los hechos denunciados y que acabada la tramitación reglamentaria procede dictar la Resolución que corresponda.
Esta Alcaldía, en uso de las atribuciones que le confiere la normativa vigente, antes mencionada, dicta la siguiente:
RESOLUCIÓN
1º.- Imponer la sanción por infracción a la L.S.V. y al R.G.C.
2º.- Notifíquese esta Resolución de forma reglamentaria al interesado, a los efectos oportunos. Lo manda y firma el Sr. Alcalde."
La multa expresada, deberá hacerse efectiva dentro de los QUINCE DÍAS HÁBILES siguientes a esta Resolución a) En metálico en el Ayuntamiento, b) Por giro postal, c) Mediante ingreso bancario en las siguientes entidades: SA NOSTRA (2051 0020 60 0044912583),LA CAIXA(2100 0101 41 020001009) , I BANCA MARCH (0061 0100 82 0006120188) consignando nº de expediente, matrícula y nombre. Una vez pasado este plazo sin que se haya hecho efectivo el pago dentro del periodo voluntario se exigirá por vía ejecutiva, según el artículo 84 de la mencionada Ley, incrementado con el recargo del 20% y costas.
Contra este Decreto, que es definitivo en la vía administrativa, sólo podrá interponerse RECURSO DE REPOSICIÓN ante el Alcalde en el plazo de UN MES a contar desde la fecha de notificación de la presente; en caso de no resolución en el mismo plazo de este recurso se entenderá desestimado por silencio administrativo. Asimismo, tanto ante la desestimación del recurso de Reposición como la no presentación del mismo, podrá interponer directamente recurso Contencioso-Administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Palma de Mallorca, en el plazo de 2 MESES contados desde el siguiente día al de la notificación del acuerdo resolutorio, si fuese expreso. Si no lo fuese, el plazo será de SEIS MESES contados a partir del día siguiente a aquel en que, de acuerdo con su normativa específica, se produzca el acto presunto. No se pueden simultanear ambos recursos. No obstante podrá utilizar cualquier otro recurso que estime conveniente.
Exp. |
Nombre |
Importe |
Matrícula |
Art. infringido |
---|---|---|---|---|
00496/13 |
(datos personales ocultos) |
80,00 |
IB5614DD |
072 03 |
00522/13 |
(datos personales ocultos) |
80,00 |
0193BVY |
072 03 |
00528/13 |
(datos personales ocultos) |
90,00 |
PM1486BS |
072 03 |
00553/13 |
(datos personales ocultos) |
80,00 |
9461DJX |
072 03 |
00562/13 |
(datos personales ocultos) |
80,00 |
2996GPM |
072 03 |
00566/13 |
(datos personales ocultos) |
80,00 |
0164CVK |
072 03 |
00604/13 |
(datos personales ocultos) |
80,00 |
9369BLL |
072 03 |
00644/13 |
(datos personales ocultos) |
200,00 |
4454DLS |
072 03 |
00648/13 |
(datos personales ocultos) |
80,00 |
7083GHY |
072 03 |
00650/13 |
(datos personales ocultos) |
80,00 |
5035CPS |
072 03 |
00652/13 |
(datos personales ocultos) |
80,00 |
9267BCF |
072 03 |
00659/13 |
(datos personales ocultos) |
80,00 |
7915BNZ |
072 03 |
00660/13 |
(datos personales ocultos) |
80,00 |
9267BCF |
072 03 |
00672/13 |
(datos personales ocultos) |
200,00 |
5287CPR |
072 03 |
00676/13 |
(datos personales ocultos) |
80,00 |
6859DDM |
072 03 |
00682/13 |
(datos personales ocultos) |
80,00 |
6445GDG |
072 03 |
00687/13 |
(datos personales ocultos) |
80,00 |
9054DMB |
072 03 |
00688/13 |
(datos personales ocultos) |
80,00 |
6573GJZ |
072 03 |
00691/13 |
(datos personales ocultos) |
80,00 |
6170HDB |
072 03 |
00731/13 |
(datos personales ocultos) |
80,00 |
8278DMT |
072 03 |
NOTIFICACIÓN DE SANCIÓN AL TITULAR
La Alcaldía-Presidencia por Decreto de esta fecha ha dictado la siguiente resolución:
"Visto que se ha tramitado el expediente por infracción a la L.S.V. y al R.G.C., conformemente con el procedimiento previsto en el artículo 79 del R.D legislativo 339/1990 de 2 de marzo, por el que se aprueba el Texto articulado de la Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.
Visto que la competencia para la imposición de sanciones corresponde a la Alcaldía, conformemente con lo que dispone el artículo 68 del mencionado texto legal.
Visto que han quedado probados los hechos denunciados y que acabada la tramitación reglamentaria procede dictar la Resolución que corresponda.
Esta Alcaldía, en uso de las atribuciones que le confiere la normativa vigente, antes mencionada, dicta la siguiente:
RESOLUCIÓN
1º.- Imponer la sanción por infracción a la L.S.V. y al R.G.C.
2º.- Notifíquese esta Resolución de forma reglamentaria al interesado, a los efectos oportunos. Lo manda y firma el Sr. Alcalde."
La multa expresada, deberá hacerse efectiva dentro de los QUINCE DÍAS HÁBILES siguientes a esta Resolución a) En metálico en el Ayuntamiento, b) Por giro postal, c) Mediante ingreso bancario en las siguientes entidades: SA NOSTRA (2051 0020 60 0044912583),LA CAIXA(2100 0101 41 020001009) , I BANCA MARCH (0061 0100 82 0006120188) consignando nº de expediente, matrícula y nombre. Una vez pasado este plazo sin que se haya hecho efectivo el pago dentro del periodo voluntario se exigirá por vía ejecutiva, según el artículo 84 de la mencionada Ley, incrementado con el recargo del 20% y costas.
Contra este Decreto, que es definitivo en la vía administrativa, sólo podrá interponerse RECURSO DE REPOSICIÓN ante el Alcalde en el plazo de UN MES a contar desde la fecha de notificación de la presente; en caso de no resolución en el mismo plazo de este recurso se entenderá desestimado por silencio administrativo. Asimismo, tanto ante la desestimación del recurso de Reposición como la no presentación del mismo, podrá interponer directamente recurso Contencioso-Administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Palma de Mallorca, en el plazo de 2 MESES contados desde el siguiente día al de la notificación del acuerdo resolutorio, si fuese expreso. Si no lo fuese, el plazo será de SEIS MESES contados a partir del día siguiente a aquel en que, de acuerdo con su normativa específica, se produzca el acto presunto. No se pueden simultanear ambos recursos. No obstante podrá utilizar cualquier otro recurso que estime conveniente.
Exp. |
Nombre |
Importe |
Matrícula |
Art. infringido |
---|---|---|---|---|
00349/13 |
(datos personales ocultos) |
80,00 |
3636HDZ |
072 03 |
00504/13 |
(datos personales ocultos) |
80,00 |
IB9220CV |
072 03 |
00513/13 |
(datos personales ocultos) |
90,00 |
PM9992CX |
072 03 |
00518/13 |
(datos personales ocultos) |
80,00 |
6478BGY |
072 03 |
00523/13 |
(datos personales ocultos) |
80,00 |
CD457DN |
072 03 |
00547/13 |
(datos personales ocultos) |
200,00 |
0843BJV |
072 03 |
00551/13 |
(datos personales ocultos) |
200,00 |
9623FXD |
072 03 |
00560/13 |
(datos personales ocultos) |
80,00 |
7408BNZ |
072 03 |
00570/13 |
(datos personales ocultos) |
80,00 |
9618DSH |
072 03 |
00589/13 |
(datos personales ocultos) |
80,00 |
0223FGJ |
072 03 |
00596/13 |
(datos personales ocultos) |
200,00 |
6353BTC |
072 03 |
00618/13 |
(datos personales ocultos) |
200,00 |
1975XWD |
072 03 |
00628/13 |
(datos personales ocultos) |
200,00 |
IB7746CP |
072 03 |
00635/13 |
(datos personales ocultos) |
200,00 |
7905DGV |
072 03 |
00636/13 |
(datos personales ocultos) |
80,00 |
7504GCY |
072 03 |
00640/13 |
(datos personales ocultos) |
80,00 |
7B2069DK |
072 03 |
NOTIFICACION DE SANCION AL INFRACTOR
La Alcaldia-Presidencia por Decreto de esta fecha ha dictado la siguiente resolución:
"Visto que se ha tramitado el expediente por infracción a la L.S.V. y al R.G.C., conformemente con el procedimiento previsto en el artículo 79 del R.D legislativo 339/1990 de 2 de marzo, por el que se aprueba el Texto articulado de la Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.
Visto que la competencia para la imposición de sanciones corresponde a la Alcaldia, conformemente con lo que dispone el artículo 68 del mencionado texto legal.
Visto que han quedado probados los hechos denunciados y que acabada la tramitación reglamentaria procede dictar la Resolución que corresponda.
Esta Alcaldia, en uso de las atribuciones que le confiere la normativa vigente, antes mencionada, dicta la siguiente:
RESOLUCIÓN
1º.- Imponer la sanción por infracción a la L.S.V. y al R.G.C.
2º.- Notifíquese esta Resolución de forma reglamentaria al interesado, a los efectos oportunos. Lo manda y firma el Sr. Alcalde."
La multa expresada, deberá hacerse efectiva dentro de los QUINCE DÍAS HÁBILES siguientes a esta Resolución a) En metálico en el Ayuntamiento, b) Por giro postal, c) Mediante ingreso bancario en las siguientes entidades: SA NOSTRA (2051 0020 60 0044912583) , LA CAIXA (2100 0101 41 0200001009) ,BANESTO (0030 2245 11 0000052271) I BANCA MARCH (0061 0100 82 0006120188) consignando nº de expediente, matrícula y nombre. Una vez pasado este plazo sin que se haya hecho efectivo el pago dentro del periodo voluntario se exigirá por vía ejecutiva, según el artículo 84 de la mencionada Ley, incrementado con el recargo del 20% y costas.
Contra este Decreto, que es definitivo en la vía administrativa, sólo podrá interponerse RECURSO DE REPOSICIÓN ante el Alcalde en el plazo de UN MES a contar desde la fecha de notificación de la presente; en caso de no resolución en el mismo plazo de este recurso se entenderá desestimado por silencio administrativo. Asímismo, tanto ante la desestimación del recurso de Reposición como la no presentación del mismo, podrá interponer directamente recurso Contencioso-Administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Palma de Mallorca, en el plazo de 2 MESES contados desde el siguiente día al de la notificación del acuerdo resolutorio, si fuese expreso. Si no lo fuese, el plazo será de SEIS MESES contados a partir del día siguiente a aquel en que, de acuerdo con su normativa específica, se produzca el acto presunto. No se pueden simultanear ambos recursos. No obstante podrá utilizar cualquier otro recurso que estime conveniente.
Exp. |
Nombre |
Importe |
Matrícula |
Art. infringido |
00468/13 |
(datos personales ocultos) |
200,00 |
3636HDZ |
91 2 2 |
00501/13 |
(datos personales ocultos) |
80,00 |
2682HML |
171 00 1A |
NOTIFICACION DE SANCION AL INFRACTOR
La Alcaldia-Presidencia por Decreto de esta fecha ha dictado la siguiente resolución:
"Visto que se ha tramitado el expediente por infracción a la L.S.V. y al R.G.C., conformemente con el procedimiento previsto en el artículo 79 del R.D legislativo 339/1990 de 2 de marzo, por el que se aprueba el Texto articulado de la Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.
Visto que la competencia para la imposición de sanciones corresponde a la Alcaldia, conformemente con lo que dispone el artículo 68 del mencionado texto legal.
Visto que han quedado probados los hechos denunciados y que acabada la tramitación reglamentaria procede dictar la Resolución que corresponda.
Esta Alcaldia, en uso de las atribuciones que le confiere la normativa vigente, antes mencionada, dicta la siguiente:
RESOLUCIÓN
1º.- Imponer la sanción por infracción a la L.S.V. y al R.G.C.
2º.- Notifíquese esta Resolución de forma reglamentaria al interesado, a los efectos oportunos. Lo manda y firma el Sr. Alcalde."
La multa expresada, deberá hacerse efectiva dentro de los QUINCE DÍAS HÁBILES siguientes a esta Resolución a) En metálico en el Ayuntamiento, b) Por giro postal, c) Mediante ingreso bancario en las siguientes entidades: SA NOSTRA (2051 0020 60 0044912583) , LA CAIXA (2100 0101 41 0200001009) ,BANESTO (0030 2245 11 0000052271) I BANCA MARCH (0061 0100 82 0006120188) consignando nº de expediente, matrícula y nombre. Una vez pasado este plazo sin que se haya hecho efectivo el pago dentro del periodo voluntario se exigirá por vía ejecutiva, según el artículo 84 de la mencionada Ley, incrementado con el recargo del 20% y costas.
Contra este Decreto, que es definitivo en la vía administrativa, sólo podrá interponerse RECURSO DE REPOSICIÓN ante el Alcalde en el plazo de UN MES a contar desde la fecha de notificación de la presente; en caso de no resolución en el mismo plazo de este recurso se entenderá desestimado por silencio administrativo. Asímismo, tanto ante la desestimación del recurso de Reposición como la no presentación del mismo, podrá interponer directamente recurso Contencioso-Administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Palma de Mallorca, en el plazo de 2 MESES contados desde el siguiente día al de la notificación del acuerdo resolutorio, si fuese expreso. Si no lo fuese, el plazo será de SEIS MESES contados a partir del día siguiente a aquel en que, de acuerdo con su normativa específica, se produzca el acto presunto. No se pueden simultanear ambos recursos. No obstante podrá utilizar cualquier otro recurso que estime conveniente.
Exp. |
Nombre |
Importe |
Matrícula |
Art. infringido |
00371/13 |
(datos personales ocultos) |
200,00 |
2079HRB |
91 2 2 |
00484/13 |
(datos personales ocultos) |
80,00 |
3055HBJ |
171 00 1A |
00595/13 |
(datos personales ocultos) |
80,00 |
5356HRG |
171 00 1A |
Alaró, 12 de març de 2014
El Alcalde,
Joan Simonet Pons