Sección V. Anuncios
Subsección segunda. Otros anuncios oficiales
AYUNTAMIENTO DE ALARÓ
Núm. 6046
Notificación resolución sancionadora ley 22/2011
Intentada sin efecto la notificación por correo certificado con acuse de recibo, y no habiéndose podido efectuar para ignorarse el domicilio o no haberse encontrado en el mismo al interesado que se relaciona, se procede, en cumplimiento de lo que establece el artículo 59.5 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, a la publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y en el tablero de anuncios del Ayuntamiento de Alaró de la siguiente:
“Resolución de Alcaldía núm.237-2014
Visto y atendido el presente expediente administatiu sancionador sobre infracción de la Ley 22/2011, de 28 julio de residuos y suelos contaminados, de acuerdo con la atribución que me confiere su artículo 12.5.b) y considerando,
Hechos.
1.º-En fecha 24.01.2014 se incoó el presente procedimiento administrativo sancionador contra (datos personales ocultos), derivado del informe de la policía local (registro de entrada núm.191, de 15.01.2014) por una infracción consistente en depositar a la carretera de Alaró en Lloseta, devora los bancos de Son Forteza, unas bolsas de estiércoles, dentro de las cuales además de vidrio y materia orgánica, había documentación del presunto responsable y que consta al expediente.
2.º- La incoación se notificó mediante publicación en el B.O.I.B de fecha 22.02.2014, dado que intentada la notificación en su domicilio, no se pudo practicar. Visto que contra la misma no se presentaron alegaciones, la referida incoación se considera propuesta de resolución (arte. 8.4 Decreto Autonómico 14/1994).
Fundamentos de derecho.
1.º- De las actuaciones practicadas en el presente expediente y valorando las pruebas que abren en el mismo, permiten estimar acreditados que los anteriores hechos son constitutivos de una infracción leve del artículo 46.4.b) de la ley 22/2011, de 28 julio de residuos y suelos contaminados.
2.º- La sanción aplicable es de multa de 750 €, arte. 47.1.c) de la ley 22/2011, de 28 julio de residuos y suelos contaminados.
Por todo esto,
RESUELVO imponer a (datos personales ocultos)la sanción consistente en multa de 750 €.
Cosa que se se hace pública para su conocimiento, cumplimiento y efectos
Recursos
Contra la presente resolución, que se definitiva en vía administrativa, se pueden interponer, alternativamente, los recursos siguientes:
a) recurso de reposición potestativo ante la alcaldía en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la notificación de la presente resolución. Contra la desestimación por silencio del recurso de reposición, que se producirá por el transcurso de un mes desde su presentación sin que se haya resuelto expresamente ni se haya notificado, podrá interponerse el recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado del Contencioso Administrativo de Palma de Mallorca, en el plazo de seis meses, contados a partir del día siguiente a la desestimación presunta.
b) directamente recurso contencioso administrativo ante el Juzgado del Contencioso Administrativo de Palma de Mallorca, en el plazo de dos meses.
No obstante el anterior, se puede interponer, si se el caso, cualquiera otro recurso que se estime pertinente. Todo esto en conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa y de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y de procedimiento administrativo común.”
Alaró, 2 de abril de 2014.
El Secretario,
Jaume Nadal Bestard