Sección V. Anuncios
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AYUNTAMIENTO DE ESPORLES
Núm. 5790
Ordenanza reguladora de la tasa para la instalación de paradas, barracas, casetas de venta, espectáculos, atracciones o recreo, situados en terreno de uso público local así como industria callejera y ambulante y rodaje cinematográfico
El Pleno del Ayuntamiento de Esporles en sesión ordinaria celebrada día 27 de marzo de 2014, aprobó provisionalmente la Ordenanza reguladora de la tasa para la instalación de paradas, barracas, casetas de venta, espectáculos, atracciones o recreo, situados en terreno de uso público local así como industria callejera y ambulante y rodaje cinematográfico.
Queda expuesto al público, el presente acuerdo provisional, por el plazo de 30 días a partir de su publicación en el BOIB, de acuerdo con lo establecido al art. 17 del RDL 2/2004 de 5 de marzo, durante los cuales los interesados podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas. En caso de que no se presenten reclamaciones, el acuerdo se entenderá definitivamente aprobado y se expondrá en el BOIB el texto íntegro del reglamento.
Esporles, 1 de abril de 2014
El Alcalde,
Miquel Ensenyat Riutort