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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE TURISMO Y DEPORTES

Núm. 5630
Notificación de la resolución por la que se resuelve la caducidad del procedimiento y el archivo del expediente sobre la autorización previa para la conversión de las casas de Sa Cabana des Frares en un hotel de cinco estrellas, Expte. 171/2007/H

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Texto

Dado que no ha sido posible la notificación de las resoluciones y de acuerdo con lo que dispone el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, mediante este anuncio se notifica a las personas físicas o jurídicas interesadas, que se ha dictado resolución por la cual se resuelve la caducidad del procedimiento y el archivo del expediente sobre la autorización previa para la conversión de las casas de Sa Cabana des Frares en un hotel de cinco estrellas, Expte. 171/2007/H.:

Hechos

1.- En fecha 20 de junio de 2008, el Sr. Pedro J. Vicens Coll, en representación de la entidad Proalaró SL, presentó solicitud de autorización previa para la conversión de las casas de Sano Cabana des Frailes en un hotel de cinco estrellas, en el término municipal de Palma.

2.- En fecha 18 de febrero de 2009, se notificó a la Dirección General de Urbanismo y Litoral del Consell de Mallorca la resolución del Consejero de Turismo por la que se informa el proyecto mencionado en relación al artículo 19 del POOT. Del mismo modo, en fecha 17 de febrero de 2009, se le dio traslado de una copia compulsada de esta resolución.

3.- Dado que para continuar el procedimiento era necesaria la concesión de declaración de interés general por parte del Consell de Mallorca.

4.- De acuerdo con el artículo 42.5.c) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en fecha 26 de febrero de 2009, se le notificó que el procedimiento de concesión de autorización previa se suspendía hasta la recepción de la declaración de interés general por  parte del Consell de Mallorca, y que como máximo podría ser durante un plazo de 3 meses.

5.- Dada la necesidad de finalizar el expediente ya que el informe requerido es vinculante para poder continuar el procedimiento, de acuerdo con los artículos 92 y 59 de la Ley mencionada anteriormente, y dada la imposibilidad de comunicarse-lo en la dirección de notificación, se publicó en el BOIB y en el edicto del ayuntamiento de Palma, el inicio del procedimiento de caducidad y que disponía de un plazo de 3 meses para aportar la documentación que considerarais oportuna, con el advertencia de que si no lo hicieran, se produciría la caducidad del procedimiento y se acordaría el archivo del expediente.

La Comunicación se publicó en el BOIB núm. 122 de fecha 13 de agosto de 2011, y se expuso desde el 26 de agosto de 2011 hasta el 12 de septiembre de 2011 en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Palma.

En fecha 20 de junio de 2008, el Sr. Pedro J. Vicens Coll, en representación de la entidad Proalaró SL, presentó solicitud de autorización previa para la conversión de las casas de Sa Cabana des Frares en un hotel de cinco estrellas, en el término municipal de Palma.

6.-  Dado que la documentación requerida no ha sido presentada en el plazo establecido ni se han presentado alegaciones, es preciso, por tanto, resolver la caducidad del procedimiento y el archivo del expediente de referencia.

7.- Visto el informe del Servicio de Ordenación y Planificación Turística de fecha 19 de diciembre de 2011.

Fundamentos de derecho

  1. La Ley 3071992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del procedimiento administrativo común.
  2. La Ley 2/1999, de 24 de marzo, general turística de las Islas Baleares.
  3. Decreto 5471995, de 6 de abril, por el que se aprueba definitivamente el Plan de Ordenación de la oferta turística de la Isla de Mallorca (POOT).

Propuesta de Resolución

Propongo al director general de Turismo que dicte una resolución en los términos siguientes:

Resolver la caducidad del procedimiento y el archivo del expediente de referencia sobre la autorización previa para la conversión de las casas de Sa Cabana des Frares en un hotel de cinco estrellas, en el término municipal de Palma.

Interposición de Recursos

Contra esta resolución -que agota la vía administrativa- se puede interponer recurso potestativo de reposición ante el director general de Turismo en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de haber recibido la notificación, de acuerdo con el artículo 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de las islas Baleares en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente de haber recibido la notificación de la resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa

 

Palma,

 

La jefa de Departamento de Ordenación y Planificación Turística
 

Margarita Sendín Rebassa

Conforme con la propuesta. Dicto resolución

La directora general de Turismo

Montserrat Jaén Mercadal

Órgano competente para dictar esta resolución, per resolución del conceller de Turismo y Deportes de 24 de enero de 2014, de delegación de competencias y de firma en los órganos directivos de la Consejería de Turismo y Deportes y de suplencia de los órganos directivos de la consejería (BOIB número 15 de 30 de enero)