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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE EIVISSA

JUZGADO DE 1A. INSTANCIA NÚM. 3 DE EIVISSA

Núm. 4593
Juicio verbal 583/2013 Sobre otras materias

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Texto

CEDULA DE NOTIFICACIÓN

El presente procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

SENTENCIA

En Ibiza a seis de marzo de dos mil catorce.

Vistos por mí SERGIO GONZÁLEZ MALABIA, Juez del Juzgado de Primera Instancia número Tres de Ibiza, los presentes autos de Juicio Verbal 583/2.013, sobre reclamación de cantidad, seguidos a instancia de ARANDA Y SILVA, SPC, representada por el Procurador de los Tribunales Sra. Martínez García con asistencia Letrada a cargo del Letrado Sr. Ramón Baradat Fontanet contra ORLOV GALLERY, SL, declarada en situación procesal de rebeldía, vengo a resolver sobre la base los siguientes:

FALLO

ESTIMO la demanda interpuesta por el Procurador de los Tribunales Sra. Martínez García en nombre y representación de ARANDA Y SILVA, SPC, contra ORLOV GALLERY, SL y, en consecuencia, CONDENO a la demandada a abonar a la actora, firme que sea la presente resolución, la cantidad de TRES MIL CIENTO SESENTA Y DOS CON TRECE EUROS (3.162’13euros), más los intereses legales correspondientes, con condena en costas a la parte demandada.

Notifíquese la presente sentencia a las partes, contra la que cabe formular recurso de apelación, conforme a lo previsto por el artículo 455 LEC, que deberá interponer conforme a lo previsto por los artículos 458 y ss LEC, previa consignación del preceptivo depósito para recurrir en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado.

Así por esta mi Sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación: Dictada, leída y publicada ha sido la anterior resolución por el, ILLMO. Magistrado-juez que la suscribe, constituido en audiencia pública en el mismo día de su fecha, Doy fe.

Y como consecuencia del ignorado paradero de Orlov Gallery, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

En IBIZA/EIVISSA, a once de Marzo de dos mil catorce.

EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL.