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AYUNTAMIENTO DE MARRATXÍ
Núm. 3491
Publicación notificación compensacion deudas
REF.- RMSM
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 192.2, del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades locales, le comunico que el Alcalde, en fecha 7 de noviembre, ha dictado la siguiente resolución:
“DECRETO DE LA ALCALDIA
Marratxí, 7 de noviembre de 2013.
Visto por esta Alcaldía el expediente de la compensación de deudas con JUAN GUAL DE TORRELLA GUASP, visto el informe de la Intervención municipal i de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 55 y siguientes del Reglamento General de Recaudación (Real Decreto 939/2005, de 29 de julio) y demás normativa aplicable, esta Alcaldía tiene a bien en dictar lo siguiente:
DECRETO
1. Aprobar y ordenar la compensación de deudas correspondientes a JUAN GUAL DE TORRELLA GUASP, a la vista de que consta como deudor de este Ayuntamiento por un importe total de 289,27€ por deudas líquidas y exigibles según el informe de la Tesorería municipal de fecha 7 de noviembre de 2013 por tasa de residuos, siendo asimismo acreedor de esta Corporación por un importe de 112,46€, correspondientes a devolución de ingresos.
2. Que la diferencia que resta es de 176,81€ a favor del Ayuntamiento de Marratxí, y se cobrará según lo establecido en el Reglamento General de Recaudación.
3. Notificar al interesado y a los servicios de Intervención y Tesorería de este Ayuntamiento, prosiguiendo el expediente y los trámites reglamentarios correspondientes.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 89.3 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre, de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común se expresa que:
El citado recurso se entenderá desestimado si transcurre otro mes sin que se notifique su resolución.
Contra lo que se resuelva en el recurso de reposición, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse un recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Palma de Mallorca, en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente al de la notificación de acuerdo resolutorio, si fuera expreso. Si no lo fuese el plazo será de seis meses a partir del día siguiente a aquel en que, de acuerdo con su normativa específica se produzca el acto presunto.
No obstante, podrá utilizarse cualquier otro recurso, si se cree conveniente.
Lo dicta y firma, el señor Alcalde Tomeu Oliver Palou, -Doy fe”
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 58.2 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se expresa que:
Contra este Decreto se podrá interponer el recurso de reposición que se establece en el artículo 52, de la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local, ante el Sr. Alcalde en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la recepción del presente escrito.
El citado recurso se entenderá desestimado si transcurre otro mes sin que se notifique su resolución.
Contra lo que se resuelva en el recurso de reposición, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse un recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Palma de Mallorca, en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente al de la notificación de acuerdo resolutorio, si fuera expreso. Si no lo fuese el plazo será de seis meses a partir del día siguiente a aquel en que, de acuerdo con su normativa específica se produzca el acto presunto.
No obstante, podrá utilizarse cualquier otro recurso, si se cree conveniente.
Lo dicta y firma, el señor Alcalde Tomeu Oliver Palou, -Doy fe”
Marratxí, 7 de noviembre de 2013.
La Secretaria,
JUAN RAMOS GUAL DE TORRELLA
PE MALLORCA 0034 06 01
PALMA DE MALLORCA
CP 07012
Debiendo ingresar JUAN GUAL DE TRORRELLA GUASP con NIF 42966107Z este importe de 176,81€ a una de las siguientes cuentas del Ayuntamiento de Marratxí.