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AYUNTAMIENTO DE MARRATXÍ
Núm. 3488
Notificación expediente de compensación de deudas
REF.- RMSM
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 192.2, del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades locales, le comunico que el Alcalde, en fecha 7 de noviembre de 2013, ha dictado la siguiente resolución:
“DECRETO DE LA ALCALDÍA
Marratxí, 7 de noviembre de 2013.
Visto por esta Alcaldía el expediente para la compensación de deudas con ANTONIO LLOMPART GELABERT, visto el informe de la Intervención municipal y de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 55 y siguientes del Reglamento General de Recaudación (Real Decreto 939/2005, de 29 de julio) y demás normativa aplicable, esta Alcaldía tiene a bien en dictar lo siguiente:
DECRETO
Aprobar y ordenar la compensación de deudas correspondientes a ANTONIO LLOMPART GELABERT, a la vista que consta como deudor de este Ayuntamiento por un importe de 105,00€ por deudas líquidas y exigibles según el informe de la Tesorería municipal de fecha 7 de noviembre de 2013 por una multa de tráfico, siendo así acreedor de esta Corporación por un total de 69,13€ correspondientes a devoluciones de ingresos.
2. Que la diferencia que resta es de 35,87€ a favor del Ayuntamiento de Marratxí, y se cobrará de acuerdo con lo establecido en el Reglamento General de Recaudación.
3. Notificar al interesado y a los servicios de Intervención y Tesorería de este Ayuntamiento y proseguir con el expediente y los trámites correspondientes.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 89.3 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se expresa que:
Contra este Decreto podrá interponerse el recurso de reposición que se establece en el artículo 52 de la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local ante el Sr. Alcalde en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la recepción del presente escrito.
El citado recurso se entenderá desestimado si transcurre otro mes sin que se notifique su resolución.
Contra lo resuelto en el recurso de reposición, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse un recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Palma de Mallorca, en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente al de la notificación del acuerdo si fuera expreso. Si no lo fuera, el plazo será de seis meses a partir del día siguiente a aquel en que, de acuerdo con su normativa específica, se produzca el acto presunto.
No obstante, se podrá utilizar cualquier otro recurso si se cree conveniente.
Lo dicta y firma, el señor Alcalde Tomeu Oliver Palou, doy fe”
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 58.2 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se expresa que:
Contra este Decreto podrá interponerse el recurso de reposición que se establece en el artículo 52 de la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local ante el Sr. Alcalde en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la recepción del presente escrito.
El citado recurso se entenderá desestimado si transcurre otro mes sin que se notifique su resolución.
Contra lo resuelto en el recurso de reposición, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse un recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Palma de Mallorca, en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente al de la notificación del acuerdo si fuera expreso. Si no lo fuera, el plazo será de seis meses a partir del día siguiente a aquel en que, de acuerdo con su normativa específica, se produzca el acto presunto.
No obstante, se podrá utilizar cualquier otro recurso si se cree conveniente.
Lo dicta y firma, el señor Alcalde Tomeu Oliver Palou, doy fe”
Marratxí, 7 de noviembre de 2013.
La Secretaria,
ANTONIO LLOMPART GELABERT
C MANACOR Nº 0075 PIS 08 PTA 02
PALMA DE MALLORCA 07005
Debiendo ingresar ANTONIO LLOMPART GELABERT con NIF 42979403Q este importe de 35,87€ a una de las siguientes cuentas del Ayuntamiento de Marratxí: