Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
PRESIDENCIA DE LAS ILLES BALEARS
Núm. 6070
Decreto 2/2014, de 4 de abril, del presidente de las Illes Balears, por el que se delegan las funciones correspondientes a la presidencia de la Asamblea Balear del Deporte de las Illes Balears
El artículo 3 a del Decreto 9/2008, de 18 de enero, por el que se regula la Asamblea Balear del Deporte, la Comisión Antidopaje del Deporte de las Illes Balears y la Comisión de Medicina Deportiva y de Investigación Científica de las Illes Balears, dispone que la Asamblea Balear del Deporte está integrada, entre otros, por “el presidente o la presidenta, que es el presidente o la presidenta del Gobierno de las Illes Balears o la persona en quien delegue”.
Por ello, y en virtud de lo establecido en el artículo 42 a de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, dicto el siguiente
DECRETO
Primero
Delegar las funciones correspondientes a la presidencia de la Asamblea Balear del Deporte de las Illes Balears en el consejero de Turismo y Deportes.
Segundo
Dejar sin efectos las posibles delegaciones anteriores.
Tercero
El presente decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Palma, 4 de abril de 2014
El presidente
José Ramón Bauzá Díaz