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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

PRESIDENCIA DE LAS ILLES BALEARS

Núm. 6070
Decreto 2/2014, de 4 de abril, del presidente de las Illes Balears, por el que se delegan las funciones correspondientes a la presidencia de la Asamblea Balear del Deporte de las Illes Balears

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Texto

El artículo 3 a del Decreto 9/2008, de 18 de enero, por el que se regula la Asamblea Balear del Deporte, la Comisión Antidopaje del Deporte de las Illes Balears y la Comisión de Medicina Deportiva y de Investigación Científica de las Illes Balears, dispone que la Asamblea Balear del Deporte está integrada, entre otros, por “el presidente o la presidenta, que es el presidente o la presidenta del Gobierno de las Illes Balears o la persona en quien delegue”.

Por ello, y en virtud de lo establecido en el artículo 42 a de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, dicto el siguiente

DECRETO

Primero

Delegar las funciones correspondientes a la presidencia de la Asamblea Balear del Deporte de las Illes Balears en el consejero de Turismo y Deportes.

Segundo

Dejar sin efectos las posibles delegaciones anteriores.

Tercero

El presente decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

 

Palma, 4 de abril de 2014

 

El presidente

José Ramón Bauzá Díaz