Sección V. Anuncios
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CONSEJO INSULAR DE EIVISSA
Núm. 5614
Notificación de propuesta de resolución de expediente por infracción administrativa en materia de pesca núm. 16, 18, 21 y 27 de 2013
Dado que no ha sido posible notificar la propuesta de resolución de los expedientes sancionadores por infracción en la normativa de pesca, Ley 6/2013, de 7 de noviembre, de pesca marítima, marisqueig i aqüicultura a les Illes Balears, le notificamos, de acuerdo con lo que se determina en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, con este anuncio se pone en conocimiento de las personas interesadas que se detallan en el anexo adjunto que el instructor nombrado en el procedimiento administrativo ha dictado propuesta de resolución del expediente sancionador por presunta infracción cometida en materia de pesca.
Se le comunica que a partir de este momento pueden acceder con la asistencia, en su caso, de los asesores que necesiten, al contenido del expediente que se encuentra en las dependencias del Departament d’Agricultura, Ramaderia, Pesca, Caça i Cooperació Municipal del Consell Insular d’Eivissa, en la av. de España, 49, 3r piso, y obtener copias de los documentos que contiene al amparo de lo que establece el art. 14 del Decreto 14/1994, de 10 de febrero, por el cual se aprueba el Reglamento del procedimiento a seguir por la Administración de la Comunidad Autónoma en el ejercicio de la potestad sancionadora, y se les concede un plazo de quince días hábiles a contar desde el siguiente al de esta publicación para que formulen alegaciones y presenten los documentos y las informaciones que consideren pertinentes. Así mismo, podrá reconocer su responsabilidad y hacer efectiva la sanción correspondiente. En caso de no efectuar alegaciones ni reconocer su responsabilidad dentro del plazo legalmente establecido, se dictará resolución definitiva del expediente.
Lo cual les notifico para su conocimiento y a los efectos oportunos.
Eivissa, 25 de marzo de 2014
La Secretaria Tècnica de l’Àrea d’Economia, Benestar Social i Agricultura
Gema Marí Planells
ANEXO
Nº. de expediente: 16/2013-1603
Presunto responsable: (datos personales ocultos)
Fecha de la propuesta de resolución: 13 de diciembre de 2013
Precepto infringido:
Realizar la pesca sin licencia administrativa de pesca y pescar una especie prohibida. Infracción del articulo 2 del Decreto 69/1999, por el que se regula la pesca deportiva y recreativa en aguas interiores del Archipiélago Balear (BOIB núm. 80 de 22.06.1999) modificado por el Decreto 61/2002, de 19 de abril (BOIB núm. 51 de 27.04.2002) relacionado con el artículo 96.1a de la Ley de Pesca Marítima del Estado (BOE núm. 75 de 18.03.2001) modificada por el Real decreto 114/2013, de 15 de febrero, por el que se crea y se regula el registro nacional de infracciones graves de la política pesquera común, se establecen las normes de aplicación del sistema de puntos y se actualizan los importes de las sanciones previstas en la Ley 3/2001 (BOE núm. 1 de 28 de febrero de 2013), y una infracción del artículo 11 y anexo II de dicho Decreto 69/1999, en relación con el artículo 96.2d de la Ley de Pesca Marítima del Estado
Calificación de la infracción: Grave
Sanción: 302 €
Último domicilio: (datos personales ocultos)
Municipio: (datos personales ocultos)
Nº. de expediente: 18/2013-1603
Presunto responsable: (datos personales ocultos)
Fecha de la propuesta de resolución: 13 de febrero de 2014
Precepto infringido:
Realizar la pesca sin licencia administrativa de pesca. Infracción del articulo 2 del Decreto 69/1999, por el que se regula la pesca deportiva y recreativa en aguas interiores del Archipiélago Balear (BOIB núm. 80 de 22.06.1999) modificado por el Decreto 61/2002, de 19 de abril (BOIB núm. 51 de 27.04.2002) relacionado con el artículo 96.1a de la Ley de Pesca Marítima del Estado (BOE núm. 75 de 18.03.2001) modificada por el Real decreto 114/2013, de 15 de febrero, por el que se crea y se regula el registro nacional de infracciones graves de la política pesquera común, se establecen las normes de aplicación del sistema de puntos y se actualizan los importes de las sanciones previstas en la Ley 3/2001 (BOE núm. 1 de 28 de febrero de 2013).
Calificación de la sanción: Grave.
Sanción: 151 €.
Último domicilio: (datos personales ocultos)
Municipio: (datos personales ocultos)
.
Nº. de expediente: 21/2013-1603
Presunto responsable: (datos personales ocultos)
Fecha de la propuesta de resolución: 13 de diciembre de 2013
Precepto infringido:
Pescar con un arte sin la correspondiente autorización. Infracción del artículo 119c de la Ley 6/2013, de 7 de noviembre, de pesca marítima, marisqueo y acuicultura en las Illes Balears (BOIB núm. 156 de 13 de noviembre de 2013) y, en relación con el articulo 3 de la Orden del conseller de Agricultura, Comercio e Industria de día 15 de junio de 1999, por la que se desarrolla el Decreto 69/1999 del 4 de junio, de pesca deportiva y recreativa, para el uso de algunos aparejos tradicionales para la pesca recreativa en las aguas interiores de las Illes Balears (BOCAIB Núm. 81 24.06.1999)
Calificación de la infracción: Grave
Sanción: 200 €
Último domicilio: (datos personales ocultos)
Municipio: (datos personales ocultos)
Nº. de expediente: 27/2013-1603
Presunto responsable: (datos personales ocultos)
Fecha de la propuesta de resolución: 16 de diciembre 2013
Precepto infringido:
Pescar dentro de zona portuaria. Infracción del artículo 119e de la Ley 6/2013, de 7 de noviembre, de pesca marítima, marisqueo y acuicultura en las Illes Balears (BOIB núm. 156 de 13 de noviembre de 2013) y, en relación con el articulo 12j del Decret 69/1999, por el cual se regula deportiva y recreativa en las aguas interiores de las Illes Balears (BOIB núm. 80 de 22.06.1999) modificado por el Decreto 61/2002, de 19 de abril (BOIB núm. 51 de 27.04.2002)
Calificación de la infracción: Grave
Sanción: 151 €
Último domicilio: (datos personales ocultos)
Municipio: (datos personales ocultos)