Torna

Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 5407
Secretaria de la Junta de Govern. Decreto de Alcaldía núm. 4901, de 25 de marzo, de modificación del núm. 954, de 27 de enero de 2014, de organización de los servicios administrativos del Ayuntamiento de Palma

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Decreto de Alcaldía de modificación del núm. 954, de 27 de enero de 2014, de organización de los servicios administrativos del Ayuntamiento de Palma

Hechos

1. El Decreto núm. 954, de 27 de enero de 2014, de organización de los servicios administrativos del Ayuntamiento de Palma no prevé la delegación de las competencias de Comunicación.

2. Esta modificación pretende delegar las funciones que se detallarán al titular del Área de Turismo y Coordinación Municipal.

3. También se regula el régimen de los órganos directivos que se adscriben al servicio, ya que los profesionales con experiencia en el sector de comunicación y prensa no son habitualmente funcionarios de carrera de la Administración Pública y se pretende hacer posible su nombramiento mediante personal no funcionario.

Fundamentos de derecho

1. Los artículos 124.5 i 130.3 de la Ley 7/1985, de 2’abril, reguladora de les bases del régimen local.

2. Los artículos 11 y 47.2 del Reglamento orgánico del gobierno y de la administración del Ayuntamiento de Palma.

Por todo esto, dicto el siguiente

 

Decreto

1. Modificar el Decreto de Alcaldía núm. 954, de 27 de enero de 2014, de organización de los servicios administrativos del Ayuntamiento de Palma, apartado I. “Área de Turismo y Coordinación Municipal”, tal como se especifica:

Se añade un nuevo apartado I.f, que dice:

“I.f. Comunicación

  • a. Gestionar la información del Ayuntamiento, tanto interna como externa.
  • b. Elaborar notas de prensa.
  • c. Informar a los medios de comunicación de la realización de acontecimientos.
  • d. Atender a los periodistas para cubrir las informaciones.
  • e. Crear vídeos institucionales i acontecimientos relacionados con el consistorio.
  • f. Promocionar acontecimientos a través de las redes sociales.
  • g. Marketing i publicidad en medios de comunicación.
  • h. Dossier de prensa diaria.
  • i. Argumentario de miembros del equipo de gobierno en los programas de televisión y radio.
  • j. Edición de las páginas de actualidad de la web institucional.

Comunicación puede ser dirigida por los siguientes cargos directivos: coordinador/ra general y director/ra general. Se permite, debido a sus funciones, que los titulares no tengan la condición de funcionarios.”

El anterior apartado I.f pasa a ser el I.g.

 

2. Publicar la resolución en la web municipal y en el Butlletí Oficial de les Illes Balears.

 

Palma, 25 de marzo de 2014

 

El Alcalde

Mateo Isern Estela

Toma de razón

El Secretario Adjunto

Miquel Ballester Oliver