Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA
JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NÚM. 3 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 5246
Juicio de faltas nº 786/2013
Que en virtud de lo acordado en los autos de referencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, por el presente se notifica a DESISLAVA BISEROVA GAGOVA Y A DEBORA FERDINANDOVA FERDOVA la sentencia cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:”DEBO CONDENAR Y CONDENO a Desislava Biserova Gagova como autora penalmente responsable de una falta de hurto, prevista y penada en el artículo 623.1 del Código Penal, a la pena de 30 Días de Multa, a razón de 4 euros/día, quedando sujeto en caso de impago de la misma, a una responsabilidad personal subsidiaria, previa exacción de sus bienes, de un día Localización Permanente por cada dos cuotas diarias no satisfechas, con la obligación de permanecer en su domicilio; imponiéndole el pago asimismo de las costas causadas en el juicio.
DEBO CONDENAR Y CONDENO a Débora Ferninandova Ferdova como autora penalmente responsable de una falta de hurto, prevista y penada en el artículo 623.1 del Código Penal, a la pena de 30 Días de Multa, a razón de 4 euros/día, quedando sujeto en caso de impago de la misma, a una responsabilidad personal subsidiaria, previa exacción de sus bienes, de un día Localización Permanente por cada dos cuotas diarias no satisfechas, con la obligación de permanecer en su domicilio; imponiéndole el pago asimismo de las costas causadas en el juicio”.
En PALMA DE MALLORCA a 20 de Marzo de 2014.
EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL