Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA
JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NÚM. 4 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 5253
Juicio de faltas nº 695/2013
Que en virtud de lo acordado en los autos de referencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, por el presente se notifica a ANDRES OLMO CAÑAS que en el JF 695/2013 se ha dictado sentencia que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:
CONDENO a ANDRES OLMO CAÑAS, como autor responsable de una falta de ESTAFA a la pena de un mes de multa a razón de 6 euros diarios y a que indemnice al denunciante con 77,50 euros.
La presente resolución no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación en este Juzgado para ante la Iltma. Audiencia Provincial de ILLES BALEARS en el plazo de CINCO DIAS desde su notificación.
Y para que sirva de notificación de sentencia a ANDRES OLMO CAÑAS actualmente en paradero desconocido.
En PALMA DE MALLORCA a 10 de Marzo de 2014.
EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL