Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
SERVICIO DE SALUD DE LAS ILLES BALEARS
Núm. 5268
Resolución del director general del Servicio de Salud de 19 de marzo de 2014 por la que se aprueba la lista de aspirantes que han superado el concurso oposición para cubrir plazas vacantes de la categoría médico/médica de urgencias hospitalarias correspondiente al Sector Sanitario de Ibiza, convocado mediante resolución de 14 de diciembre de 2010
Hechos y fundamentos de derecho
1. Por medio de la Resolución del consejero de Salud y Consumo de las Islas Baleares de 14 de diciembre de 2010 se convocó un concurso oposición para cubrir plazas vacantes de la categoría médico/médica de urgencias hospitalarias correspondiente al Sector Sanitario de Ibiza (Hospital Can Misses).
2. Por medio de la Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares de 15 de enero de 2013 (BOIB núm. 17/2013, de 2 de febrero) se aprobó la lista de aspirantes que habían superado el concurso oposición en cuestión.
3. Por medio de la Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares de 5 de abril de 2013 se estimó el recurso de reposición interpuesto contra la Resolución de 15 de enero de 2013. En aquella Resolución indica que se retrotraerá el expediente a la fase de valoración provisional de los meritos del concurso y se mantendrá la vigencia de los actos y los trámites que no resulten alterados por el contenido del recurso de reposición, especialmente toda la documentación presentada por las personas candidatas para cumplir los requisitos de las resoluciones de 1 de diciembre de 2011, de conformidad con el principio de conservación de los actos y los tramites instaurado por el artículo 66 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
4. Una vez finalizadas las pruebas selectivas y realizada la nueva valoración de méritos de la fase de concurso, el Tribunal ha elevado al consejero de Salud la nueva lista de personas aspirantes que han superado el proceso selectivo, referida a cada uno de los turnos, y una relación complementaria de personas aspirantes que siguen por orden de puntuación a las propuestas, por si se produzcan renuncias o si de la documentación exigida en la base 11.2 de la convocatoria se desprenda que alguna de las personas seleccionadas no cumple los requisitos para ser nombrada personal estatutario fijo.
Por todo ello y de acuerdo con la base 11 de la convocatoria, dicto la siguiente
Resolución
1. Aprobar la nueva lista de aspirantes (Anexo I) que han superado el concurso-oposición para cubrir plazas vacantes de la categoría médico/médica de urgencias hospitalarias correspondiente al Sector Sanitario de Ibiza, convocado mediante la Resolución del consejero de Salud y Consumo de las Islas Baleares de 14 de diciembre de 2010.
2. Publicar la nueva lista complementaria (Anexo II) de personas aspirantes que siguen por puntuación a las que han superado el proceso selectivo, por si se producen renuncias o si de la documentación exigida en la base 11.2 de la convocatoria se desprende que alguna de las personas seleccionadas no cumple los requisitos para ser nombrada personal estatutario fijo.
3. En el plazo de 20 días hábiles a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación de esta resolución en el BOIB, las personas aspirantes seleccionadas y las que figuren en la lista complementaria deben presentar los documentos siguientes -siempre y cuando no lo hayan hecho con anterioridad- como consecuencia de la Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares de 15 de enero de 2013 por la que se aprobaba la lista de aspirantes que habían superado el concurso oposición para cubrir plazas vacantes de la categoría médico/médica de urgencias hospitalarias correspondiente al sector sanitario de Ibiza, publicada en el BOIB núm. 17/2013, de 2 de febrero:
a. Fotocopia del documento nacional de identidad o bien —en el caso de no tener la nacionalidad española— de un documento oficial que acredite la identidad, la edad y la nacionalidad. Los familiares que -de acuerdo con la base 2.1.a- tengan derecho a participar en el proceso selectivo tienen que presentar una fotocopia compulsada de algún documento que acredite el vínculo de parentesco o, en su caso, del hecho de ser dependientes de estos familiares.
b. Fotocopia compulsada del título académico exigido en esta convocatoria o certificado académico que acredite haber llevado a cabo todos los estudios para obtener el título. En el caso de las titulaciones obtenidas en el extranjero, es necesario acreditar que están homologadas por el Ministerio de Educación.
c. Declaración jurada o prometida de la persona aspirante de no haber sido separada —por medio de un expediente disciplinario— del servicio de cualquier servicio de salud o administración pública en los seis años anteriores a la convocatoria, y de no estar inhabilitada con carácter firme para desempeñar funciones públicas ni para la profesión correspondiente.
4. Las personas aspirantes que hayan participado por la reserva para personas con discapacidad deben presentar también el certificado que acredite el reconocimiento de la condición legal de discapacidad en un nivel igual o superior al 33 %.
5. Las personas aspirantes que hayan participado por el turno de promoción interna deben presentar también los siguientes documentos:
a) Fotocopia compulsada del nombramiento para ocupar plaza fija como personal estatutario del Servicio de Salud en una categoría diferente de la convocada del mismo grupo de clasificación o de uno inferior.
b) Certificado original o copia compulsada de los servicios prestados, expedido por la gerencia o por la dirección de gestión de la institución correspondiente. La gerencia de destino actual de la persona aspirante puede certificar prestaciones de servicios anteriores a la incorporación a esta última siempre que consten en su expediente personal o que los acredite de manera fehaciente. En el supuesto que no reciba a tiempo el certificado solicitado, la persona aspirante debe adjuntar una fotocopia compulsada de esta solicitud, en la que debe figurar legible el sello del registro de entrada, sin perjuicio que posteriormente –una vez emitido el certificado- lo deba aportar para unirlo al expediente.
6. Es necesario presentar toda la documentación en el Registro General de los Servicios Centrales del Servicio de Salud o bien en cualquiera de las vías que establece el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administración públicas y del procedimiento administrativo común.
7. Si no se presenta la documentación en el plazo establecido —excepto en los casos de fuerza mayor, que deben ser constatados debidamente y, si procede, apreciados por la Administración por medio de una resolución motivada— o si al examinar la documentación se deduce que la persona aspirante no cumple alguno de los requisitos, no podrá ser nombrada personal estatutario, por lo que se anularán sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que haya incurrido por falsedad en la solicitud inicial.
8. Antes de efectuar los nombramientos, el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales del Servicio de Salud debe emitir un certificado que acredite que la persona aspirante tiene capacidad funcional para desempeñar las tareas del puesto de trabajo. A tal efecto, las personas aspirantes aprobadas y las que figuren en la relación complementaria serán citadas por medio de un anuncio que se publicará en el tablón de anuncios de la sede del Tribunal y en los webs <http://opoibsalut.caib.es>, <http://opoibsalut.illesbalears. cat> y <www.ibsalut.es> con una antelación mínima de tres días a la fecha de la revisión. El Servicio de Prevención de Riesgos Laborales remitirá el resultado de dicho informe al órgano convocante, de tal manera que no es necesario que las personas aspirantes lo presenten.
9. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Interposición de recursos
Contra esta resolución —que agota la vía administrativa— puede interponerse un recurso de reposición ante el órgano que la dicta, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación de esta resolución, de acuerdo con los artículos 107.1, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, en relación con el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
También puede interponerse directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación de esta resolución, de acuerdo con los artículos 10, 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa-administrativa, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se considere procedente interponer.
Palma, 19 de marzo de 2014
El director general
Miguel Tomás Gelabert
Por delegación del consejero de Salud, Familia y Bienestar Social (BOIB núm. 48/2008)
ANEXO I
Posic. |
DNI |
APELLIDOS Y NOMBRE |
Total |
Turno |
---|---|---|---|---|
1 |
7956714 |
HERRERO ANTON, MARIA JOSE |
87,144 |
L |
2 |
14257747 |
ALVAREZ FRANCO, JOSE MARIA |
83,480 |
L |
3 |
52738375 |
MOROS ALBERT, RUTH |
73,113 |
L |
4 |
44255861 |
FERNANDEZ NIEVAS, MARIA BELEN |
72,922 |
L |
5 |
46782843 |
CANTERO MARIANO, GERMÁN |
70,850 |
L |
6 |
16063147 |
FERNANDEZ ALONSO, AMAIA |
70,059 |
L |
7 |
37682856 |
PUIG JULIA, JOSE MARIA |
69,155 |
L |
8 |
22631106 |
RUBINI PUIG, SALVADOR |
68,056 |
L |
9 |
47654159 |
JUNCAL GARCIA, ALBERTO |
67,963 |
L |
10 |
30678151 |
OLABARRI BAQUEDANO, ALEJANDRO |
65,627 |
L |
11 |
48231294 |
BENNOUNA SLAOUI, HATIM |
64,187 |
L |
ANEXO II
Posic. |
DNI |
APELLIDOS Y NOMBRE |
Total |
Turno |
---|---|---|---|---|
1 |
49022149 |
ZUNIGA MEJIA, CECILIA |
62,297 |
L |
2 |
32838146 |
GONZALEZ GARCIA, PAULA |
61,014 |
L |
3 |
5656332 |
ROMERO MAURELO, MARIA DOLORES |
57,616 |
L |
4 |
7859709 |
CORRIONERO SOTO, CONSUELO |
56,909 |
L |
5 |
3870357 |
REINO ROMERO, ELENA |
56,762 |
L |