Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE FORMENTERA
Núm. 5137
Convenio de cooperación educativa entre la Fundación Universidad Pompeu Fabra y la entidad colaboradora Consell Insular de Formentera, para la realización de prácticas académicas externas
La comisión de Gobierno del Consell Insular de Formentera, en sesión celebrada el 17 de enero de 2014, adoptó, entre otros el siguiente acuerdo:
“………….
CONVENIO DE COOPERACIÓN EDUCATIVA ENTRE LA FUNDACION UNIVERSIDAD POMPEU FABRA Y LA ENTIDAD COLABORADORA CONSELL INSULAR DE FORMENTERA, PARA LA REALIZACIÓN DE PRACTICAS ACADEMICAS EXTERNAS
Barcelona, 20/12/2013
REUNIDOS
De una parte , el señor RBJa, director general de la Fundación Universidad Pompeu Fabra (de ahora en adelante, FUPF,com CIF G‐64030158, y domicilio social en la plaza de la Merce, 10.12.08002 Barcelona, en nombre i representación de la FUPF, en virtud de los poderes conferidos por el Patronatro en fecha 01 de diciembre de 2005, elevados a escritura pública delante el notario Antoni Bosch Carrera en fecha 30 de diciembre de 2005 (protocol 3035).
Y de otra , el señor JFR PRESIDENTE, el cual actua en nombre i representación de la empresa/institución CONSELL INSULAR DE FORMENTERA, con CIF P0702400C y domicilio en PLAÇA CONSTITUCIO,1 de FORMENTERA, en merito de PRESIDENT.
Las dos partes se reconocen mutuamente la capacidad necesaria para otorgar este convenio y a tal efecto.
MANIFESTAN
Que la FUPF, en virtud de la competencia que tiene atribuïda por el convenio entre la UPF y la FUPF para la gestion del Programa de Promocion y empresa de 06 de junio de 2012 i de acuerdo con el que establece la normativa reguladora de las practicas externas para los estudiantes de la UPF, aprobada por acuerdo del Consell de Gobierno de 09 de mayo de 2012, tiene encargado la gestión y la tramitación de las practicas externas que realizen los estudiantes de la UPF.
1. Que la entidad CONSELL INSULAR DE FORMENTERA (de ahora en adelante, la entidad colaboradora) está interesada en colaborar con la UPF, mediante la participación activa en la formación práctiva de sus estudiantes.
2. Que, con la finalidad de establecer los terminos de esta colaboración, las dos partes estan interesadas a suscribir este convenio de cooperación educativa, el cual se regirá por las siguientes.
CLÀUSULAS
1. Objeto del convenio de colaboración:
El objetivo de este convenio es establecer los terminos de colaboración se regin entre las partes firmadas por tal que los estudiantes de la UPF puedan hacer las prácticas academicas externas a las dependencias de la entidad colaboradora.
2. Condiciones generales de realización de las prácticas:
2.1. Durante su estada en prácticas en esta entidad colaboradara los estudiantes haran las tareas propias de el ámbito profesional en el cual ejerceran su actividad como graduados, con el objetivo de completar el aprendizaje teorico y practico adquirido con su formación academica y adquirir experiencia laboral en los niveles de los cuales, por razon de su titulación puedan acceder.
2.2. Los estudiantes estaran sujetos a horario y a las normas fijadas por la entidad colaboradora. El horario establecido por esta ha de garantizar , en todo caso , la compatibilidad con el horario lectivo de los estudiantes y la flexibilidad necesaria par el cumplimiento de las obligaciones derivadas de la actividad academica formativa y de representación y participacion de los estudiantes a la Universidad.
2.3. Los estudiantes desenvoluparan su estancia en prácticas bajo la supervisión de dos tutores: un profesional que preste servicios a la entidad colaboradora que sera designado por esta y se encargara de orientar y supervisar el trabajo en practicas del estudiante, y un profesor de la universidad que será designado por la UPF y tendra que coordinarse con el tutor de la entidad colaboradora para hacer un seguimento efectivo de las prácticas, proporcionar soporte al estudiante para la elaboración de la memoria y llevar a término el proceso evaluador de las prácticas.
2.4. El tutor o tutora designado por la entidad colaboradora tendra que fijar el plan de trabajo que se ha de seguir de acuerdo con el proyecto formativo y en coordinación con el tutor académico y tendrá de emitir un informe final en el que se valoren las aptitudes demostradas por el estudiente en el curso de la estada en prácticas, de acuerdo con el modelo de informe que se adjunta anexo a este convenio.
2.5. La evaluación final de las prácticas corresponden al tutor o tutora academica de conformidad con los criterios de evaluación que se establecen en el documento complementario que se prevee en la clausura 3 de este convenio.
2.6. Los estudiantes tienen derecho a la propiedad intelectual e industrial de las tareas y investigaciones realizadas, asi como los resultados obtenidos en los terminos establecidos por la normativa vigente en esta materia.
2.7 La realización de las practicas en ningún caso no implica la existencia de relación laboral entre los estudiantes y la entidad colaboradora.
2.8. La entidad colaboradora tiene que dar de alta a la seguridad social los estudiantes siempre que estos reciban una contraprestación económica cualquiera que sea el concepto o la forma en que se perciba según establezca el RD 1493/2011.
2.9 La entidad colaboradora tiene que informar a los estudiantes en practicas de la normativa de seguridad y prevención de riesgos laborales. Asi mismo tiene de disponer de los recursos y los medios necesarios para facilitar el acceso a las prácticas de los estudiantes con discapacidad y la conciliación con las actividades o situaciones personales derivadas de esta situación de discapacidad.
Condiciones particulares de realización de las practicas:
Cada vez que la entidad colaboradora acoja estudiantes de la UPF en practicas, las partes firmantes tienen de suscriberse un documento complementario, en el que se especifiquen los datos siguientes:
- Identidad del estudiante acogido en prácticas.
‐ Modalidad de las prácticas (curriculars o extracurrilares)
‐ Proyecto fomativo, comprensivo de los objetivos educativos y las actividades que se tienen que realizar.
‐ Plan de seguimiento de las prácticas (con indicación de los informes y/o memorias que tienen que elaborar el estudiante)
- Duración, horario y período de realización de las prácticas.
‐ Lugar (centro de trabajo) de realización de las prácticas.
‐ Identidad de los tutores designados para la entidad colaboradora y la UPF.
‐ Valoración en créditos si es el caso.
‐ Criterios de evaluación.
‐ Cuando y forma de pago de las ajudes de estudio, si es el caso.
‐ Cuando y forma de pago de gastos de gestión a la FUPF.
‐ Compromisos del estudiante.
‐ Especificación que la realización de las practicas no implica la contitucion de ningun vínculo laboral entre la entidad y el estudiante.
El documento citado tiene que contener un apartado de firma para el estudiante en que se manifieste conocer y aceptar de manera expresa todas las condiciones de realizacion de las prácticas relacionadas en este anexo y se comprometa a cumplir todas las obligaciones que, de acuerdo con las condiciones descritas y la normativa aplicable le son exigidas. En este mismo apartado el estudiante también se ha de comprometer a guardar confidencialidad y secreto profesional en relación con la información interna y las actividades de entidad colaboradora asi como a suscribir una aseguradora privada, en los casos en que sea necesario, de acuerdo con lo que dispone la clausula seis de este convenio.
3. Régimen de permisos de los estudiantes.
Los estudiantes pueden ausentarse el tiempo que sea indispensable del lugar donde desarrollen las prácticas siempre que se haga necesario para poder atender las obligaciones que se deriven de su actividad académica o de su participación en actividad de los organos de gobierno y de representación de la universidad, así como por razones de salud o por cualquier otros supuestos que acuerden conjuntamente la entidad colaboradora y la universidad.
En cualquier caso, los estudiantes tienen que comunicar las ausencias referidas a la entidad colaboradora con antelación suficiente y tienen que prestar los justificantes correspondientes.
4. Protección de datos:
La entidad colaboradora se abstiene de hacer ningun tratamiento de datos personales de los estudiantes en practicas mas alla del que sea necesario para la consecución de las finalidades de este convenio. De la misma manera, se compromete a no manipular, transformar ni ceder a terceros los datos nombrados o los archivos que les contienen, fuera de lo estricto objeto de la relacion suscrita por los dos partes, así como a guardar estricta confidencialidad y a informar al estudiante de la manera como puede exercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición de acuerdo con aquello que dispone la ley organica 15/1999 de 13 de diciembre de proteccion de datos de carcter personal i la nomativa que la desarrolla.
De incumplimiento directo o indirecto de esta cláusula por parte de la entidad colaboradora llevará aparejada su responsabilidad directa para los daños y perjuicios que pueda comportar a los estudiantes acogidos en prácticas o a la UPF
5. Aseguradora:
En el desarrollo de las practicas externas que son objeto de este convenio, los estudiantes de la UPF tienen cubiertas las presentaciones por accidente, enfermedad o infortunio familiar para la aseguradora escolar.
En caso de estudiantes mayores de 28 años, se tienen que suscribir una aseguradora privada que cubra las prestaciones relativas a estas contingencias.
Asi mismo, los estudiantes tienen cubierta la responsabilidad civil en que puedan incorrer con ocasion de la realización de las prácticas, en méritos de la póliza de responsabilidad civil colectiva suscrita por la UPF
Si la entidad colaboradora requiere algun otro tipo de aseguradora, ésta será a cargo de los estudiantes y se hará constar en el documento complementario previsto a la clausula tercera de este convenio.
6. Reconocimientos derivados de las prácticas:
Una vez finalizada la estancia en practicas, y previa peticion por parte de los estudiantes, en la entidad colaboradora ha de emitir un informe acreditativo de las actividades realizadas, la duración de las practicas y el rendimiento del estudiante.
Por lo que hace al reconocimiento de los tutores designados para la entidad colaboradora, la UPF, previa petición por parte de la persona interesada, expedirá un certificado de reconocimiento institucional, en el cual se haran constar como mínimo , las caracteristicas de la colaboración, los estudios en que se ha de desarrollar, el número de estudiantes tutorizados y el total de horas tutorizadas.
7. Vigencia:
Esta convenio obliga a las partes des del dia 20/12/13 hasta el dia 20/12/2014- Llegado el dia de finalización del término estipulado, este convenio es prorrogable automáticamente y para períodos anuales.
8. Causas de extinción:
Este convenio se puede extinguir para alguna de las causas siguintes:
- Expiración del termino de vigencia acordado en la clausura procedente.
‐ Denuncia anticipada por cualquiera de las partes, que tiene que ser comunicada a la otra parte con una antelacion mínima de tres meses a la finalizacion del término de vigencia pactado o de cualquiera de sus prórrogas.
- Mútuo acuerdo de las partes, manifestado por escrito.
- Incumplimiento de las obligaciones asumidas por las partes en este convenio, a sus anexos y/o las disposiciones legalmente aplicables. En este caso, la parte interesada a resolver anticipadamente el convenio ha de comunicar su intención a la otra parte con una antelación mínima de 15 dias.
- Extinción de la relación académica entre el estudiante y la UPF
- Las generales establecidas para la legislación vigente.
En cualquier caso, con las dos partes se comprometen a garantizar la finalización de las practicas a los estudientes que se encuentren realizando prácticas en el mismo curso academico en que se extingue el convenio, salvo que la resolución del convenio llevara causa de la extinción de la relación académica del estudiante y la UPF
9. Buena fe contractual:
Las partes signantes se obligan a cumplir y a ejecutar este convenio bajo el principio de la buena fe contractual, a fin de conseguir los objetivos propuestos en los antecedentes, por lo cual colaborarán en todo tal como sea necesario y se abstendrán de hacer cualquier acto que lesione de manera injustificada los intereses de la otra parte.
10. Régimen jurídico y resolución de conflictos:
Las diferencias o discrepancias que puedan surgir en la interpretación y la aplicacion de este convenio se resolverán de común acuerdo entre las partes y si esto fuera posible se someterán al conocimiento de los juzgados y tribunales de la ciudad de Barcelona que resulten competentes.
11. Gestión de las prácticas.
La entidad colaboradora abonará a la FUPF, como entidad gestora de prácticas, la cantidad que, en concepto de gastos de gestión, haya aprobado el Consell social de la UPF.
12. Y en prueba de conformidad, las partes firman este convenio, por duplicado, y a un solo efecto en el lugar y la fecha que figura en el encabezamiento de este documento.
ANEXO 1 al convenio de cooperacion educativa entre la FIPF y CONSELL INSULAR DE FOMENTERA PARA LA REALIZACIÓN DE PRÁCTICAS ACADÉMICAS EXTERNAS. Dades de l'estudiant
Nombre y apellidos: XXXX
Estudios a los que esta matriculado: Grau en Enginyeria en Informa_ca (UPF)
DNI: 47253704C NIA: 147873
direccion: XXX
telefono : XXX correo electronico : XXXX. Dades de les prac_ques
Modalidad de prácticas: curriculares. Projecte forma_u
Competencias que tiene que asumir:
Competencias genéricas:
Capacidad tecnica, capacitat de aprendizaje, administracion del trabajo, habilidades de comunicacion oral y escrita, sentido de la responsabilidad, facilidad de adaptación, creatividad, y iniciativa , implicacion personal, motivación, puntualidad, relaciones con su entorno laboral, capacidad de trabajo en equipo, recepción vital a las críticas,
Competencias específicas:
Capacidad para diseñar, desarrollo, seleccionar y evaluar aplicaciones y sistemas informar, asegurando su fiabilidad, seguridad y cualidad, de acuerdo con principios y a la legislación y norma vigente. Conocimiento, administración y mantenimiento de sistemas, sercicios y aplicaciones informáticas. Capacidad para analizar, diseñar, construir y mantener aplicaciones de forma robusta, segura y eficiente, eligiendo el paradigma y los lenguajes de programación más adecuados. Conocimiento y aplicaciones de las herramientas necesarias para almacenaje, procesamiento, y acceso a los sistemas de información incluidos los basados en la web. Conocimiento y aplicación de los principios. Metodologías y ciclos de vida de la ingeniería de programa.
Actividades que se tienen que desarrollar:
Gestion de proyectos, soporte a usurias, mantenimento de maquinaria, reparacion de averias, copias de seguridad, gestión de páginas webs y correos electrónicos.urada, horari i periode de realitzacio
Horario: De lunes a sabados 8.00 a 15.30 hores.
Numero total de horas: 502,5 hores
Fecha de incio y fecha final: 13/01/2014 ‐ 31/03/2014oc de realitzacio de les prac_ques
Centro de trabajo: CONSELL INSULAR DE FORMENTERA
dirección: PLACA CONSTITUCIO, 1 ‐ 07860 ‐ FORMENTERA Tutors
Para la UPF
Nombre: CM Cargo: Tutor de prácticas
Telefono: XXX Correo electronico : XXX
Para la entidad colaboradora
Nombre: JZR Cargo: Técnico informático
Teléfono: XXX Correo electrónico : XXX de seguiment
Informe final del tutor de la entidad: modelo del anexo 2.
Entrega: 07/04/2014
Memoria final del estudiante: es un requisito necesario para evaluar la estancia en practicas.
Entrega: 07/04/2014riteris d'avaluacio
Evaluación final del tutor academico
Curriculares: la evaluación será siguiendo el criterio numérico de 0 a 10.uts a l'estudi, si escau
Cuantía: 5,00 euros la hora
Forma de pago: el abono se hara directamente al estudiante.aprestacio per a l'en_tat gestora de les prac_ques
Cuantía: 251,25 + IVA
Manera de pago: Transferencia bancariaromisos de l'estudiant
El estudiante declara:
Que conoce y acepta que la relacion de practicas no implica la constitución de ningún vínculo laboral con la entidad.
Que conoce y acepta todas las condiciones de realización de las prácticas que dimanan del convenio suscrito entre la FUPF y la entidad CONSELL INSULAR DE FORMENTERA en fecha 20/12/2013, así como las relacionadas en este anexo.
Que se compromete a cumplir todas las obligaciones que de acuerdo con las condiciones descritas y la norma aplicable le son exigidas.
Que se compromete a mantener la confidencialidad de toda la información a que tenga aceso en méritos de su colaboración con la entidad CONSELL INSULAR DE FORMENTERA, así como a no revelar, difundir o ceder la información referida a terceras personas, y a cumplir con el resto de obligaciones que le corresponden, de conformidad con la legislación vigente en materia de protección de datos.
Que se compromete a subscribir un seguro privado que cubra eventuales accidentes o enfermedades (solo en caso de estudiantes mayores de 28 años)
....................................”.
Lo cual se hace público para el general conocimiento.
Formentera, 11 de marzo de 2014
El presidente,
Jaume Ferrer Ribas