Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE INCA
JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NÚM. 1 DE INCA
Núm. 4779
Juicio de Faltas 6/2011
SENTENCIA
En Inca, a treinta de enero de dos mil doce.
Vistos por la Ilma. Sra. D.ª Mar Delgado Rul·lan, Magistrada Juez sustituta de este Juzgado de Instrucción número Uno de Inca, los presentes autos de Juicio de Faltas número 6/2011 sobre lesiones y daños, en el que han sido partes el denunciante, D. JOSÉ ANTONIO GÓMEZ SUBIRANA y EL AYUNTAMIENTO DE SA POBLA, asistido jurídicamente por el Letrado Sr. Antoni Amengual Perelló, y los denunciados, D. JUAN VALLESPIR ROTGER Y Dª ALMA VERA GUINART, habiendo sido parte también el Ministerio Fiscal, en base a los siguientes,
FALLO
1º.- CONDENAR a Juan Vallespir Rotger como autor responsable de una falta de maltrato de obra prevista en el artículo 617.2 del Código penal, a la pena dos días de localización permanente que deberá cumplir en su domicilio y que podrá ser cumplida durante los fines de semana, o bien del modo en que no se vean afectadas sus obligaciones laborales, y como autor de una falta de daños prevista en el artículo 625 del Código penal a la pena dos días de localización permanente que deberá cumplir en los mismos términos que la anterior, así como a que en concepto de responsabilidad civil indemnice al Ayuntamiento de Sa Pobla en la cantidad de 300 euros por los daños ocasionados en la cabeza del demonio, todo ello con imposición de las costas procesales causadas.
2º.- CONDENAR a Alma Vera Rotger, como autora responsable de una falta de lesiones prevista en el artículo 617.1 del Código Penal, a la pena de seis días de localización permanente que deberá cumplir en su domicilio y que podrá ser cumplida durante los fines de semana, o bien del modo en que no se vean afectadas sus obligaciones laborales, así como a que en concepto de responsabilidad civil indemnice a José Antonio Gómez Subirana en la cantidad de 300 euros por las lesiones sufridas, todo ello con imposición de las costas procesales causadas.
Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer, ante este Juzgado, recurso de apelación en los cinco días siguientes a su notificación (artículo 976 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal).
Por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación de la sentencia en legal a forma a JUAN VALLESPIR ROTGER, ALMA VERA GUINART, JOSE ANTONIO GOMEZ SUBIRANA, expido la presente para la inserción en el Boib y sirva de notificación en legal forma.
En INCA a 26 de Febrero de 2014.
EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL