Sección V. Anuncios
Subsección segunda. Otros anuncios oficiales
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE TURISMO Y DEPORTES
Núm. 5132
Notificación en relación a la resolución de inscripción en el Registro Insular de Empresas, Actividades y Establecimientos Turísticos de Mallorca y General de las Islas Baleares del establecimiento en la categoría de Vivienda Turística de Vacaciones denominado EL FANDANGO, con número de firma VT/1581 y con capacidad de 5 unidades de alojamiento y 10 plazas y número de expediente 8/2012/VT
Versión PDF
Ante la imposibilidad de notificar personalmente la notificación en relación a la resolución de inscripción en el Registro Insular de Empresas, Actividades y Establecimientos Turísticos de Mallorca y General de las Islas Baleares del establecimiento en la categoría de Vivienda Turística de Vacaciones denominada EL FANDANGO, con número de firma VT/1581 y con capacidad de 5 unidades de alojamiento y 10 plazas, situado en el Camino de Son Robí s/n, del término municipal de Sineu, con una superficie de parcela de 22.515 m2 y en aplicación de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30 /1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se os notifica que en fecha 16 de abril de 2012, se dictó la siguiente resolución:
Hechos
1. En fecha 16/01/2012, y con número de registro de entrada 443, el Sr. Alexander Sedwick, en calidad de propietario y titular de la explotación, presentó declaración responsable de inicio de actividad turística (DRIAT) del Decreto 13/2011, de 25 de febrero, por el cual se establecen las disposiciones generales necesarias para facilitar la libertad de establecimiento y de la prestación de servicios turísticos, la regulación de la declaración responsable y la simplificación de los procedimientos administrativos en materia turística, para la inscripción en el Registro Insular de Empresas, Actividades y Establecimientos Turísticos de Mallorca y General de las Islas Baleares del establecimiento con categoría de Vivienda Turística de Vacaciones denominada EL FANDANGO, con una capacidad de 5 unidades de alojamiento y 10 plazas, y una superficie declarada de 300 m2, situado al Camí de Son Robí s/n, en el término municipal de Sineu, con una superficie de parcela de 22.515m2..
2. En fecha 12 de abril de 2012, el técnico ha emitido informe favorable sobre la corrección formal de la documentación presentada para la inscripción del establecimiento, teniendo en cuenta que la verificación de los datos declarados y del cumplimiento de la normativa turística se realizará con posterioridad por el Servicio de Inspección y Estrategia Turística tal y como dispone el artículo 23 del Decreto antes citado.
Fundamentos de derecho
1. Decreto 13/2011, de 25 de febrero, por el cual se establecen las disposiciones generales necesarias para facilitar la libertad de establecimiento y de prestación de servicios turísticos, la regulación de la declaración responsable y la simplificación de los procedimientos administrativos en materia turística.
2. La Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
3. La Ley 2/1999, de 24 de marzo, general turística de las Islas Baleares.
4. La Ley 12/2010, de 12 de noviembre, de modificación de diversas leyes para la transposición en las Islas Baleares de la Directiva 2006/123/CE, de 12 de diciembre, del parlamento Europeo y del Consejo, relativa a los servicios en el mercado interior.
Propuesta de resolución
Propongo al director general de Turismo que dicte una resolución en los términos siguientes:
1- Ordenar la inscripción en el Registro Insular de Empresas, Actividades y Establecimientos Turísticos de Mallorca y General de las Islas Baleares del establecimiento con la categoría de Vivienda Turística de Vacaciones denominada EL FANDANGO, con una capacidad de 5 unidades de alojamiento y 10 plazas, y una superficie declarada de 300 m2, situada en el Camíno de Son Robí s/n, del término municipal de Sineu con una superficie de parcela de 22.515 m2; con efecto a partir del día 16/01/2012, y otorgándole el núm. de registro VT/1581, pendiente de verificar la conformidad de los datos declarados y la normativa turística, según establece el artículo 23 del Decreto antes citado.
El propietario del establecimiento y titular de la explotación es el Sr Alexander Sedgwick con NIE: X2978742N.
2- Notificar la resolución al interesado.
3- Comunicar la resolución al ayuntamiento de Sineu y al Consell de Mallorca conforme lo establecido en el artículo 20.4 del Decreto mencionado.
Así mismo, de conformidad con lo disponen los artículos 43 y 65 de la Ley 2/1999, de 24 de marzo, general turística de las Islas Baleares, y el artículo 3 del Decreto 4/2007, de 2 de febrero, por el cual se regula el procedimiento que ha de seguir la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares para la tramitación de quejas de usuarios de servicios turísticos, tendrán que disponer de las hojas de quejas y del libro de inspección preceptivo.
Esta inscripción se realiza sin perjuicio de la obtención de todas las autorizaciones o licencias necesarias.
Interposición de recursos
Contra esta resolución –que finaliza la vía administrativa- se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el director general de Turismo en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de haber recibido la notificación, de acuerdo con el artículo 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares. También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala Contenciosa del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de haber recibido la notificación de la resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.
Palma, 18 de març de 2014
La jefa de Departamento de Ordenación y Planificación Turística
Margarita Sendín Rebassa
Conforme con la propuesta. Dicto resolución
La directora general de Turismo
Órgano competente para dictar esta resolución, per resolución de la consejera de Turismo y Deportes de 24 de enero de 2014, de delegación de competencias y de firma en los órganos directivos de la Consejería de Turismo y Deportes y de suplencia de los órganos directivos de la consejería (BOIB número 15 de 30 de enero)
Montserrat Jaén Mercadal