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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MENORCA

Núm. 4969
DEPARTAMENTO DE MOVILIDAD Y PROYECTOS - Modificación de los horarios de la convocatoria de las pruebas para la obtención del certificado de aptitud profesional acreditativo de la calificación inicial para el ejercicio de la actividad de conductor de determinados vehículos destinados al transporte de mercancías o de viajeros por carretera regulado en el Real decreto 1032/2007, de 20 de julio, que tendrán lugar en la isla de Menorca durante el año 2014

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Texto

Se hace pública la resolución del Hble. Conseller Executiu del Departamento de Movilidad y Proyectos de este Consejo Insular de Menorca, de día 20/3/2014, Decreto núm. 2014/87 mediante la cual se comunica la modificación de los horarios de la convocatoria de las pruebas para la obtención del certificado de aptitud profesional acreditativo de la calificación inicial para el ejercicio de la actividad de conductor de determinados vehículos destinados al transporte de mercancías o de viajeros por carretera regulado en el Real decreto 1032/2007, de 20 de julio, que tendrán lugar en la isla de Menorca durante el año 2014, que dice lo siguiente:

“Visto el Real decreto 1032/2007, de 20 de julio, por el cual se regula la calificación inicial y la formación continua de los conductores de determinados vehículos destinados al transporte por carretera;

Vista la resolución 2013/226 del Hble. Conseller Executiu del Departamento de Movilidad y Proyectos de este Consejo Insular de Menorca, de día 8 de noviembre de 2013 mediante la cual se convocan las pruebas para la obtención del certificado de aptitud profesional acreditativo de la calificación inicial para el ejercicio de la actividad de conductor de determinados vehículos destinados al transporte de mercancías o de viajeros por carretera, se determina la composición del tribunal y se determina la fecha y lugar;

Vista la necesidad de garantizar el acceso a las pruebas mencionadas a los aspirantes y vista la demanda de modificación horària realizada.

En virtud de las competencias en materia de transportes otorgadas por medio del Decreto de Presidencia 102/2011, de 4 de julio;

RESUELVO:

Modificar el punto QUINTO de la resolución 2013/226 del Hble. Conseller Executiu del Departamento de Movilidad y Proyectos de este Consejo Insular de Menorca, de día 8 de noviembre de 2013 mediante la cual se convocan las pruebas para la obtención del certificado de aptitud profesional acreditativo de la calificación inicial para el ejercicio de la actividad de conductor de determinados vehículos destinados al transporte de mercancías o de viajeros por carretera y comunicar que las pruebas tendrán lugar los días indicados en la mencionada convocatoria a las 16:30 en la sede del Consell Insular de Menorca, Plaza Biosfera, 5 de Maó “

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, podréis interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que ha resuelto, de acuerdo con el que dispone el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, según la redacción hecha por la Ley 4/1999, de 13 de enero. El plazo para interponerlo es de un mes, a contar a partir del siguiente al de la recepción de esta notificación, sin poder, en este caso, interponer recurso contencioso administrativo hasta que no se haya resuelto el de reposición.

El recurso de reposición potestativo se entenderá desestimado cuando no se haya resuelto y notificado la resolución, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su interposición, en que queda expedita la vía contenciosa administrativa.

Si no hacéis uso del recurso potestativo de reposición, podréis interponer directamente recurso contencioso administrativo, de acuerdo con el establecido en el artículo anteriormente mencionado y los artículos 45 y siguientes de la Ley 29/98, de 13 de julio, que regula la jurisdicción contenciosa administrativa, ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma de Mallorca, o ante la Sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Baleares en el plazo de dos meses a contar desde el siguiente al de la recepción de la presente notificación.

Todo esto sin perjuicio de interponer cualquiera otro recurso que consideráis oportuno.

Mahón, 8 de noviembre de 2013

El Conseller Executiu del departamento de Movilidad y Proyectos
Luís Alejandre Sintes