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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

AYUNTAMIENTO DE ESPORLES

Núm. 4868
Convocatoria Juez de Paz sustituto

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Texto

Visto que el Juez de Pau sustituto fue nombrado Juez de Pau Titular el mes de  marzo de 2013 y por lo tanto este municipio se quedó sin Juez de Pau sustituto, por la presente

RESUELVO:

1.- Que por el Pleno del Ayuntamiento se proceda a la elección de persona idónea, que en el plazo de los próximos cuatro años desarrolle las funciones propias de JUEZ DE PAZ SUSTITUTO.

2.- Exponer al público para el general conocimiento DURANTE EL PLAZO DE DIEZ DÍAS NATURALES, contados a partir del día siguiente al de su publicación en el BOIB, para que los interesados que reúnan los requisitos puedan presentar instancia en las oficinas municipales.

3.- Requisitos que tienen que reunir para poder ser Juez de Pau sustituto:

- Ser español

- Mayor de edad

- No estar impedido física o psíquicamente para la función judicial.

- No estar condenado por delito doloso

- Estado en pleno ejercicio de los derechos civiles

 

Esporles, 18 de marzo de 2014

El Alcalde,
Miquel Ensenyat Riutort