Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA
JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NÚM. 8 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 4394
Juicio de faltas 761/13
D./DÑA. MARIA NIEVES AFAN DE RIVERA JIMENEZ SECRETARIO DEL JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NÚMERO 008 DE PALMA DE MALLORCA
DOY FE Y TESTIMONIO: Que en el Juicio de Faltas 761/13 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:
SENTENCIA 28/2014
En PALMA DE MALLORCA a tres de Febrero de dos mil catorce.
D. ANTONI ROTGER CIFRE, MAGISTRADO-JUEZ de Instrucción, habiendo visto y oído en Juicio Oral y Público la presente causa JUICIO DE FALTAS 0000761 /2013, seguida por una falta de DESOBEDIENCIA Y RESISTENCIA A AGENTES DE LA AUTORIDAD contra ANDREAS HEGGE JENSEN habiendo sido parte en la misma el Ministerio Fiscal representado por Dª. Beatriz Domínguez.
FALLO
QUE, DEBO CONDENAR Y CONDENO a ANDREAS HEGGE JENSEN, como autor responsable de una falta de DESOBEDIENCIA Y RESISTENCIA A AGENTES DE LA AUTORIDAD a la pena de VEINTE DIAS MULTA A RAZÓN DE SEIS EUROS DIAIROS; y al pago de las costas.
En caso de impago de la multa, los mismos quedan sujetos a una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas.
La presente resolución no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación en este Juzgado para ante la Iltma. Audiencia Provincial de ILLES BALEARS en el plazo de CINCO DIAS desde su notificación.
Así por ésta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que conste y sirva de Notificación de Sentencia a ANDREAS HEGGE JENSEN, actualmente paradero desconocido, y su publicación en el Boletín Oficial de LAS ISLAS BALEARES, expido la presente en PALMA DE MALLORCA a 6 de marzo de 2014.
EL/LA SECRETARIO