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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM.1 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 4308
Ejecución de títulos judiciales 276/2013 Sobre ordinario

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

D/Dª  BEGOÑA MARÍ RUIZ, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social nº 001 de PALMA DE MALLORCA, HAGO SABER:

Que en el procedimiento EJECUCION DE TITULOS JUDICIALES 0000276 /2013 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D/Dª JOSE MIGUEL PERALTA SEGUI, GILBERTO ENRIQUE ALVAREZ DIEPPA , JUAN SANTANDREU RIBOT , RICHARD RAUL ROJAS CELIS , SABAH BRIDI  , MOHAMED ARHLAL   contra la empresa  31 DE DICIEMBRE VARIADO SL, sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

Por todo lo expuesto,

PARTE DISPOSITIVA

DISPONGO: ESTIMAR PARCIALMENTE el recurso de reposición interpuesto por Dª. Margarita Dodero Riera en representación de D. JOSE MIGUEL PERALTA SEGUI Y OTROS contra el auto de fecha 4 de diciembre de 2013  y en consecuencia reponer dicha resolución en el sentido de requerir a dicha parte para que en el plazo de cinco dias aporte justificación documental de las cantidades cobradas por sus representados  y derivadas del trabajo desempeñado en otras empresas desde la fecha del despido, esto es, 30 de abril de 2011 a fin de efectuar nuevamente el cálculo de los salarios de tramitación.

Notifíquese la presente resolución a las partes, con indicación de que contra la misma no cabe recurso alguno (artículo 187.5 de la LRJS).

Así lo acuerdo, mando y firmo, Dª. Cristina Pancorbo Colomo, Juez sustituto de este Juzgado de Primera de lo Social número uno de Palma de Mallorca.

Y para que sirva de notificación en legal forma a  31 DE DICIEMBRE VARIADO SL, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de Baleares.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En PALMA DE MALLORCA, a diez de Marzo de dos mil catorce.

EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL