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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)

Núm. 4683
Notificación de deficiencias advertidas a la solicitud de ayuda exp. con registro de entrada núm. 5259/2013, ayudas destinadas a la Instalación de jóvenes agricultores, convocatoria para el año 2.013

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Texto

Publicación de la Notificación de deficiencias advertidas a la solicitud de ayuda presentada por (datos personales ocultos),  por la línea de ayudas destinadas a la Instalación de jóvenes agricultores, al amparo  de la Resolución del presidente del FOGAIBA de 03 de junio  de 2.013, por la que se aprueba la convocatoria para el año 2.013. 

Conforme lo establecido en el artículo  59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley  4/99, de 13 de enero,  ya que no se ha podido localizar al interesado, mediante este anuncio se  notifica a (datos personales ocultos), la Notificación de deficiencias advertidas en la solicitud de ayuda del jefe de Servicio de Ayudas al Desarrollo  Rural,  de día 05 de septiembre de 2.013, en relación al expediente con registro de entrada núm. 5259/2013 de la línea de ayudas destinadas a la Instalación de jóvenes agricultores. 

Informar al interesado que en fecha de 05 de septiembre de 2.013 el jefe de Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural firmó la notificación de deficiencias advertidas en la solicitud de ayuda, concretamente  la presentación de la siguiente documentación para poder continuar con la tramitación del expediente:

  1. Fotocopia compulsada del DNI del solicitante
  2. Informe de vida laboral emitido por la Seguridad Social (Vida Social), salvo si se ha presentado para la justificación de la capacitación profesional.
  3. Justificación de la capacitación profesional, prevista en el punto 1 b) del apartado Tercero de la Presente Resolución, mediante la presentación de cualquiera de los siguientes documentos:

- Fotocopia compulsada del título correspondiente

- Documento que acredite haber realizado cursos de capacitación  agraria.

- Informe de vida laboral de la Seguridad Social.

  1. Declaración del IRPF del último ejercicio o certificado de la Agencia Tributaria sobre la renta agraria del último ejercicio.
  2. Plan empresarial, en los términos previstos en el anexo III.
  3. Anteproyecto, proyecto técnico o presupuestos o facturas proforma de las inversiones objeto de la ayuda. Se tienen que presentar los tres presupuestos  en el caso de lo establecido en el apartado 4.7 de esta Resolución. Por lo que hace a las inversiones ya ejecutadas en el momento de presentar la solicitud, se tendrá que aportar los justificantes de su realización en los términos previstos en los justificantes de pago en el momento de la justificación.
  4. Planos o croquis de las inversiones inmuebles y su ubicación en la explotación.
  5. Si en el momento de cursar la solicitud de ayuda, el joven ya está instalado , a efectos de acreditarlo, se deberá aportar cualquiera de los siguientes documentos:

1r. En caso de acceder a instalarse como titular de una explotación, se deberá aportar alguno de estos documentos:

-Declaración censal del comienzo de la actividad.

 -Justificante de afiliación de la Seguridad Social que corresponda.

2r.En caso de integración como socio en una entidad con personalidad jurídica que sea titular de una explotación agraria en funcionamiento, deberá aportar certificación  del órgano de gobierno o del órgano competente de la entidad en la cual se acredite el acuerdo de su admisión en calidad de socio y la fecha en que se produce su alta, en el caso que ya esté integrado en la entidad en el momento de la solicitud de la ayuda.

  1.  Cumplimentar correctamente la solicitud de ayuda.   

En consecuencia,  para continuar con la tramitación de vuestra solicitud y conforme con el artículo 71.1 de la Ley  de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común , se le requiere para que en el plazo de 10 días contados desde el día siguiente a la recepción (publicación)  de esta notificación,  subsane los defectos y/o aporte los documentos antes indicados, con la advertencia de que, si no se hace así, en el plazo señalado, se considerará que se desiste de la petición  presentada y, previa resolución, se procederá al archivo de las actuaciones, lo cual puede ocasionar la pérdida de la ayuda que os hubiera podido corresponder. 

Así mismo, en cumplimiento del que dispone el artículo 42.4 segundo párrafo de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de 1.992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, os informamos que para obtener información sobre el estado de tramitación del procedimiento, el órgano competente es el Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural del FOGAIBA, c/ Reina Constança, 4, de Palma.

 

Palma, 7  de marzo de 2.014

 

El director  gerente del FOGAIBA 

Joan Simonet Pons