Sección I. Disposiciones generales
AYUNTAMIENTO DE EIVISSA
Núm. 4652
Precios Públicos Centro Joven C-19
Habiéndose aprobado por la Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 6 de febrero de 2014, se realiza la publicación del acuerdo de aprobación de:
PRECIOS PÚBLICOS PARA LAPRESTACIÓN DE SERVICIOS EN EL CENTRO DE CREACIÓN JOVEN C-19
ARTÍCULO I: FUNDAMENTOS Y NATURALEZA
En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y 142 de la Constitución Española, y por el artículo 106 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local, y en aplicación de lo establecido en artículo 41 y el artículo 20.1 B. de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, este Ayuntamiento impone los precios públicos por los servicios ofrecidos en el Espacio de Creación Joven, C19.
Estos precios se regirán por las normas atienden a lo que dispone el artículo 117 del citado Texto.
ARTICULO II: HECHO IMPONIBLE
Está prevista la utilización del Centro de Creación Joven C19 para llevar a cabo las actividades previstas en su uso, como son cesión de espacios, actividades de formación y servicios juveniles, según el reglamento de uso aprobado en el pleno del 31 de octubre de 2013.
ARTICULO III: SUJETO PASIVO
A efectos del presente reglamento se entiende por "usuario o persona usuaria" aquellas personas o entidades que acceden al Centro de Creación Joven C19, a través de la solicitud de espacios para ofrecer, proponer o llevar a cabo actividades y proyectos como parte organizadora, aquellas personas o entidades que acceden como usuarios de las actividades, programas o proyectos que se llevan a cabo en las instalaciones como parte participante y todo aquel que solicite material para llevar a cabo cualquier actividad fuera del Centro de Creación joven C19.
El usuario deberá abonar la cuota por el uso de cada espacio, material o actividad, establecido en este documento a excepción de estar subvencionado por la Concejalía de Juventud.
Podrán ser usuarios habituales del C19.
Usuarios excepcionales.
Personas de entre 0 y 12 años o de más de 31 años que hagan uso de las actividades específicas, siempre que exista una oferta no cumplimentada por el colectivo principal.
Fundaciones, empresas o particulares que desarrollen programas dirigidos a personas de entre 0 y 2 años o mas de 31 años.
Otras Administraciones Públicas que desarrollen programas dirigidos a jóvenes de entre de entre 0 y 12 años o de más de 31 años.
ARTICULO IV: COBRO
La obligación de pagar el precio público nace desde que se solicita un uso, servicio o actividad; tanto siendo parte organizadora como parte participante. El Ayuntamiento de Ibiza exigirá el pago previo de su importe total o parcial, correspondiente a la cesión de espacios, de materiales o de cuota para participar, según corresponda, y de una fianza en concepto de daños materiales cuando se soliciten materiales para llevar a cabo actividades fuera del Centro de Creación Joven C19. .
ARTICULO V: NORMAS DE GESTIÓN
Reservas
Reserva de espacios, instalación, para organizar una actividad o evento
1. La solicitud de uso de los espacios disponibles se llevará a cabo presentando la solicitud M-169 destinada al efecto de forma presencial en el registro de entrada del Ayuntamiento de Ibiza o el Centro de Creación Joven C19, también se podrá hacer en línea a través de la Oficina Virtual del Ayuntamiento de Ibiza.
2. La realización de una reserva supone la aceptación del Reglamento de uso del Centro de Creación Joven C19.
3. Por cada uso que se quiera hacer del Centro de Creación Joven C19 deberá presentar una instancia al efecto.
4. El Centro de Creación Joven C19 es un espacio adscrito a la Concejalía de Juventud, por lo tanto este departamento será siempre el responsable de dar el permiso de uso de las instalaciones y de los servicios.
5. Todas las propuestas para llevar a cabo actividades en el Centro de Creación Joven C19, deberán presentarse con un mínimo de 60 días naturales antes de la fecha prevista del inicio de la actividad.
Reserva de materiales para organizar una actividad o evento fuera de las instalaciones.
1. La solicitud de uso de los materiales disponibles se llevará a cabo presentando la solicitud M-173 destinada a efecto de forma presencial en el registro de entrada del Ayuntamiento de Ibiza o el Centro de Creación Joven C19, también se podrá hacer en línea a través de la Oficina Virtual del Ayuntamiento de Ibiza.
2. La realización de una reserva supone la aceptación del Reglamento de uso del Centro de Creación Joven C19 y la devolución del material prestado en las mismas condiciones en las que se prestó.
3. Por cada uso que se quiera hacer de los materiales en cesión se deberá presentar una instancia al efecto.
4. Los materiales en cesión están adscritos a la Concejalía de Juventud, por lo tanto este departamento será siempre el responsable de dar el permiso para su uso y cesión .
5. Todas las solicitudes deberán presentarse con un mínimo de 7 días naturales antes de la fecha prevista del inicio de la actividad
Reserva de servicios, para participar en una actividad o evento.
1. La solicitud para participar en cualquier actividad o talleres propuestos se llevará a cabo presentado la solicitud M-170 destinada a efecto de forma presencial al registro de entrada del Ayuntamiento de Ibiza o al Centre de Creación de Joven C19, también se podrá hacer en linea a través de la Oficina Virtual del Ayuntamiento de Ibiza.
2. La presentación de una solicitud para llevar a cabo cualquier actividad supone la aceptación del Reglamento de uso del Centro de Creación Joven C19.
3. Por cada actividad en la cual se quiera participar en el Centro de Creación Joven C19 se deberá presentar una instancia al efecto.
4. Todas las solicitudes se deberán de presentar en los términos establecidos para cada actividad.
5. El Centro de Creación Joven C19 es un espacio adscrito a la Concejalía de Juventud, por lo tanto este departamento será quien validará las inscripciones presentadas. En caso de una solicitud se haya presentado fuera de plazo, que la persona participante no cumpla con las características del perfil previsto para la actividad solicitada o cualquier otra incidencia, la Comisión Técnica de la Concejalía de Juventud tendrá la capacidad, de forma motivada, por no aceptar dicha solicitud.
Pagos
Existe un precio público para la cesión de las instalaciones, uno para participar como usuario en las actividades propuestas y uno en concepto de fianza para garantizar el cumplimiento de la obligación de preservar los materiales que se soliciten .
El pago de este precio público se llevará a cabo mediante una autoliquidación que se podrá abonar en el mismo Centro de Creación Joven C19 mediante tarjeta de débito o crédito, en la caja del Ayuntamiento de Ibiza oa las entidades bancarias colaboradoras con el Ayuntamiento de Ibiza.
Pago en concepto de cesión de espacios, para organizar actividades o acontecimientos.
Pago en concepto de cesión de materiales (fianza) para organizar actividades o acontecimientos fuera del Centro de Creación Joven C19.
Se llevará a cabo una vez que la Comisión Técnica de la Concejalía de Juventud haya aprobado la cesión del mismo.
Se abonará el 100% del total de la fianza.
Pago en concepto de rerva de servicio para participar en las actividades.
Se llevará a cabo una vez presentada la solicitud y la Comisión Técnica de la Concejalía de Juventud o persona delegada haya comprobado que la persona solicitante cumple los requisitos para participar en la actividad solicitada.
Se abonará el 100% del total del precio público correspondiente o una parte proporcional en caso de que las condiciones particulares de la actividad así lo contemplen
Modificaciones
1. Por parte del Ayuntamiento de Ibiza, en caso de que considere que el número de personas usuarias no es la adecuada tan por exceso como por defecto.
2. Por parte del Ayuntamiento de Ibiza, en caso de que considere que existe algún impedimento de forma justificada para llevar a cabo la actividad.
3. Por parte de la persona o entidad solicitante, presentando la solicitud M-171 destinada al efecto de forma presencial en el registro de entrada del Ayuntamiento de Ibiza o el Centro de Creación Joven C19, también se podrá hacer en línea a través de la Oficina Virtual del Ayuntamiento de Ibiza, en la que se justificará el motivo de la modificación.
4. En caso de querer modificar más de una solicitud, se deberán presentar tantas solicitudes como reservas se quieran modificar.
5. La modificación será efectiva una vez que la Concejalía de Juventud notifique a la persona o entidad interesada la aceptación de la modificación.
Modificaciones de solicitudes en concepto de cesión de materiales, para organizar actividades o acontecimientos fuera del Centro de Creación Joven C19.
1. Por parte del Ayuntamiento de Ibiza, en caso de que considere que existe algún prendimiento de forma justificada para dar termino a la actividad.
2. Por parte de la persona o entidad solicitada, presentan una instancia general M-000 de forma presencial al registro de entrada del Ayuntamiento de Ibiza o al Centre de Creación Joven C19, también se podrá ser en linea a través de la Oficina Virtual del Ayuntamiento de Ibiza, en el cual se justificara el motivo de la modificación .
3. En caso que modificar mas de una solicitud, se deberán de presentar tantas solicitudes como reservas que deseen modificar.
4. La modificación será efectiva una vez que la Regidora de juventud notifique a la persona o entidad interesada la aceptación de la modificación.
Modificaciones de solicitudes en concepto de reserva de servicio, para participar en las actividades.
1. Por parte del Ayuntamiento de Ibiza, en caso de que considere que existe algún impedimento de forma justificada para llevar a cabo la actividad.
2. Por parte de la persona o entidad solicitante, presentando una instancia general M-000 de forma presencial en el registro de entrada del Ayuntamiento de Ibiza o el Centro de Creación Joven C19, también se podrá hacer en línea a través de la Oficina Virtual del Ayuntamiento de Ibiza, en la que se justificará el motivo de la modificación.
3. En caso de querer modificar más de una solicitud, se deberán presentar tantas solicitudes como reservas se quieran modificar.
4. La modificación será efectiva una vez que la Concejalía de Juventud notifique a la persona o entidad interesada la aceptación de la modificación.
Cancelaciones
Las solicitudes podrán ser canceladas siempre y cuando se lleve a cabo cumpliendo con las siguientes condiciones y plazos.
Cancelaciones de solicitudes en concepto de cesión de espacios para organizar actividades o eventos.
1. Por parte del Ayuntamiento de Ibiza, en caso de que considere que el número de personas usuarias no es la adecuada tanto por exceso como por defecto para llevar a cabo la actividad.
2. Por parte del Ayuntamiento de Ibiza, en caso de que considere que existe algún impedimento de forma justificada para llevar a cabo la actividad.
3. Por parte de la persona o entidad solicitante, presentando la solicitud M-172 destinada al efecto de forma presencial en el registro de entrada del Ayuntamiento de Ibiza o el Centro de Creación Joven C19, también se podrá hacer en línea a través de la Oficina Virtual del Ayuntamiento de Ibiza, en la que se justificará el motivo de la cancelación.
4. En caso de querer cancelar más de una solicitud, se deberán presentar tantas solicitudes como reservas se quieran cancelar.
5.La cancelación será efectiva una vez que la Concejalía de Juventud notifique a la persona o entidad interesada la aceptación de la anulación.
Cancelación de solicitudes en concepto de cesión de materiales para organizar actividades o eventos fuera del Centro de Creación Joven C19.
1. Por parte del Ayuntamiento de Ibiza, en caso de que considere que existe algún impedimento de forma justificada para llevar a cabo la cesión.
2. Por parte de la persona o entidad solicitante, presentando una instancia general M-000 de forma presencial en el registro de entrada del Ayuntamiento de Ibiza o el Centro de Creación Joven C19, también se podrá hacer en línea a través de la Oficina Virtual del Ayuntamiento de Ibiza, en la que se justificará el motivo de la modificación.
3. En caso de querer modificar más de una solicitud, se deberán presentar tantas solicitudes como reservas se quieran modificar.
4. La modificación será efectiva una vez que la Concejalía de Juventud notifique a la persona o entidad interesada la aceptación de la modificación.
Cancelación de solicitudes en concepto de reserva de servicio para participar en las actividades.
1. Por parte del Ayuntamiento de Ibiza, en caso de que considere que existe algún impedimento de forma justificada para llevar a cabo la actividad .
2. Por parte de la persona o entidad solicitante, presentando una instancia general M -000 de forma presencial en el registro de entrada del Ayuntamiento de Ibiza o el Centro de Creación Joven C19, también se podrá hacer en línea a través de la Oficina Virtual del Ayuntamiento de Ibiza, en la que se justificará el motivo de la cancelación
3. En caso de querer cancelar más de una solicitud, se deberán presentar tantas solicitudes como reservas se quieran cancelar.
4. La cancelación será efectiva una vez que la Concejalía de Juventud notifique a la persona o entidad interesada la aceptación de la anulación.
5. La cancelación de la participación en una actividad, por parte de la persona participante, no conllevará la devolución del precio público abonado .
Devoluciones
La persona o entidad usuaria deberá solicitar la devolución del importe correspondiente al precio público o de la fianza establecida cuando corresponda presentando la solicitud M-174 destinada al efecto de forma presencial en el registro de entrada del Ayuntamiento de Ibiza o en el Centro de Creación Joven C19, también se podrá hacer en línea a través de la Oficina Virtual del Ayuntamiento de Ibiza.
Devolución en concepto de cesión de espacios como parte organizadora de actividades o eventos.
2. Devolución en concepto de fianza, para la cesión de materiales, para organizar actividades o eventos fuera del Centro Joven C19
3. Devolución en concepto de reserva de servicio, para participar en las actividades.
ARTICULO VI: IMPORTE DE LOS PRECIOS PÚBLICOS
Precios
Se establecen diferentes precios según la tipología de usuario. La clasificación será la siguiente:
Grupo1: Entidades sin ánimo de lucro residentes en el municipio de Ibiza e inscritas en el Registro de Entidades del Ayuntamiento de Ibiza. Será imprescindible acreditar con el CIF de la entidad la condición de no tener ánimo de lucro para ser considerado dentro de este apartado.
Grupo 2: Entidades sin ánimo de lucro con domicilio fiscal diferente al municipio de Ibiza. Será imprescindible acreditar con el CIF de la entidad la condición de no tener ánimo de lucro para ser considerado dentro de este apartado.
Grupo 3: Entidades con ánimo de lucro, grupos no formales o personas individuales con domicilio fiscal en el municipio de Ibiza.
Grupo 4: Entidades con ánimo de lucro, grupos no formales o persones individuales con domicilio fiscal diferente al municipio de Ibiza.
Precios correspondientes a la cesión de espacios
Estos precios regulan el importe por hora y por fracción del uso de las instalaciones del Centro de Creación Joven C19 según el grupo al que pertenece la entidad o persona solicitante.
Concepto |
Grupo 1 |
Grupo 2 |
Grupo 3 |
Grupo 4 |
Aulas (Precios por hora o fracción) |
3,25 € |
3,75 € |
4,75 € |
5,25 € |
Sala polivalente por 1 día (Precio por actividades que duren entre 1 y 5 días) |
6,50 € |
7,50 € |
9,50 € |
10,50 € |
Sala polivalente por semana (Precio por actividades que duren més de 6 días. La semana es considera de lunes a sábado) |
19,50 € |
22,50 € |
28,50 € |
31,50 € |
Precio en concepto de fianza por cesión de materiales
Estos precios regulan la fianza que deberán abonar las entidades o personas que soliciten la cesión de materiales de la Concejalía de Juventud para garantizar el cumplimiento de la obligación de preservar este material en perfectas condiciones.
Concepto |
Importe de la fianza |
Ordenador portátil |
100,00 € |
Proyector |
100,00 € |
Amplificador |
100,00 € |
Mesa de sonido |
100,00 € |
Altavoces |
50,00 € |
Microfonía |
50,00 € |
Precio en concepto de participación a las actividades
Los precios expuestos a continuación regulan sólo las actividades que ofrezca y organice el Ayuntamiento de Ibiza a través de su Concejalía de Juventud.
Concepto Precios por hora o fracción |
Personas residentes |
Personas no residentes |
Precio por actividades entre 1 y 9 hores |
2,00 € |
3,00 € |
Precio por actividades entre 10 y 19 hores |
1,70 € |
2,55 € |
Precio por actividades de más de 20 hores |
1,50 € |
2,25 € |
A los precios anteriormente expuestos se les aplicará el impuesto sobre el valor añadido (IVA) correspondiente, según el artículo 41 y siguientes del RD 22/2004 de 5 de marzo (T.R.L.R.H.L.)
ARTICULO VII: CUOTA
La cuota a pagar resulta del producto de sumar todos los servicios solicitados, sin prejuicio de que el Ayuntamiento de Ibiza pueda iniciar un procedimiento sancionador según contempla el Reglamento de uso del Centro de Creación Joven C-19 publicado en el BOIB número 161 de 21 de noviembre de 2013. En el que según la naturaleza de la infracción causada aplicarán las siguientes sanciones:
Por infracciones leves: amonestación escrita i pérdida de la condición de persona usuaria por un periodo durante 30 dies.
Por infracciones graves: multa de entre 60€ y 500€ y pérdida de la condición de persona usuária por un periodo de 31 días hasta 1 año.
Por infraciones muy graves multa de entre 501€ y 3000€ y pérdida de la condición de persona usuaria por un periodo de entre 1 y 3 años.
Seran responsables solidarios de los daños las persones físicas o jurídicas sobre las cuales recaiga el deber legal de prevenir las infracciones administrativas que otros puedan cometer.
ARTICULO VIII: RÉGIMEN DE IMPLANTACIÓN
Estos precios serán aplicables desde el día que entre en vigor la aprobación de este documento.
Todo lo que se refiere a infracciones y las distintas calificaciones, así como las sanciones que a la misma correspondan en cada caso, estará regulado por lo dispuesto en el artículo 77 y siguientes de la Ley General Tributaria.
DISPOSICIÓN FINAL
Los presentes precios públicos entrarán en vigor con la publicación en el BOIB conforme disponen los artículos 70.2 y 65.2 de la Ley 7/1985 de Bases de las Haciendas Locales; continuando su vigencia hasta que sean derogados o modificados.
Registro de publicaciones |
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Fecha aprovación |
Fecha BOIB |
Núm. BOIB |
Página BOIB |
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Modificación y derogación partidas |
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Nota legal: El texto consolidado presenta, en un único redactado, la ordenanza con sus posteriores modificaciones y correcciones para facilitar la lectura y comprensión. Debido a que las modificaciones, o correcciones, más recientes pueden tardar un tiempo en incorporarse al texto consolidado, advierte que el único texto oficial es el publicado en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y que se puede consultar en la web http://www.caib.es/boib/index.do
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Eivissa, a 13 de marzo de 2014
Delegado del Área Económica y Admón. Municipal
Juan Mayans Cruz