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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

ESCUELA BALEAR DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA (EBAP)

Núm. 4650
Resolución de la consejera de Administraciones Públicas de 12 de marzo de 2014, por la que se nombra funcionario de carrera del cuerpo facultativo técnico, especialidad técnico de actividades turísticas de la Administración especial de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, la persona aspirante que ha superado las pruebas selectivas para el ingreso, por el turno libre, en la especialidad mencionada, convocadas por la Resolución del consejero de Interior de 17 de agosto de 2006 (BOIB núm. 124, de 2 de septiembre) y se le adjudica un puesto de trabajo.

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Texto

 Antecedentes

1. Mediante Resolución del consejero de Interior de 17 de agosto de 2006, se convocaron pruebas selectivas para el ingreso en el cuerpo facultativo técnico, especialidad técnico de actividades turísticas de la Administración especial de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 124, de 2 de septiembre de 2006).

2. Una vez finalizadas las pruebas mencionadas, en el BOIB núm. 48, de 31 de marzo de 2007 se publicó la Resolución del consejero de Interior per la que se ordenaba la publicación de las listas de personas aspirantes que habían superado, entre otras, las pruebas selectivas para el ingreso en la especialidad de técnico de actividades turísticas de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

3. A raíz de la estimación de un recurso contencioso administrativo, tramitado ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears (exp. PO 831/2007) y en ejecución de la sentencia recaída en dichas actuaciones, de fecha 25 de febrero de 2014 se publicó en el BOIB la Resolución de la consejera de Administraciones Públicas de 19 de febrero de 2014, por lo cual se ordena la publicación de una nueva lista definitiva de aspirantes que han superado las pruebas selectivas convocadas para el ingreso, por el turno libre, en el cuerpo facultativo técnico, especialidad técnico de actividades turísticas de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, y se hace pública la relación de puestos de trabajo vacantes que se ofrecen al efecto de la adjudicación.

4. Después de que la persona aspirante que ha superado las pruebas selectivas mencionadas haya presentado los documentos y la solicitud de destino, se la debe nombrar funcionario de carrera del cuerpo facultativo técnico, especialidad técnico de actividades turísticas de la Administración especial de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, y se le debe adjudicar el puesto de trabajo ofrecido.

 Fundamentos de derecho

1. Artículo 56 de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

2. Los artículos 35 y 37 del Decreto 27/1994, de 11 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso del personal al servicio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

3. La base 16 de la Resolución del consejero de Interior de 2 de agosto de 2005, por la cual se aprueban las bases generales que deben regir los procesos selectivos para la cobertura de las plazas vacantes de personal funcionario previstas en la oferta de ocupación de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el 2005 (BOIB núm. 121, de 16 de agosto de 2005).

Propuesta de resolución

Vistos los hechos y fundamentos de derecho expuestos y de conformidad con los preceptos legales y el artículo 16.c) de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, propongo a la consejera de Administraciones Públicas que dicte una resolución en los siguientes términos:

1. Nombrar funcionario de carrera del cuerpo facultativo técnico, especialidad técnico de actividades turísticas de la Administración especial de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears a la siguiente persona:

 

DNI                                     Apellidos, nombre

41737587                 PEDRAZA BAGUR, ANTONIO

2. Adjudicar, con carácter definitivo, el puesto de trabajo denominado inspector de Turismo, código F00910002, adscrito a la Dirección General de Turismo (Palma) de la Consejería de Turismo y Deportes, al Sr. Antonio Pedraza Bagur, después de haber presentado la documentación pertinente, y de acuerdo con la petición efectuada.

3. Después de haber superado las pruebas selectivas y una vez realizado el nombramiento para adquirir la condición de personal al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, se debe efectuar el juramento o la promesa de acatar la Constitución, el Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y el ordenamiento vigente, y tomar posesión en el plazo reglamentario.

4. La toma de posesión se debe efectuar en la consejería correspondiente, en el plazo de 3 días hábiles, a contar a partir del día siguiente de la publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares de esta Resolución.

5. Antes de tomar posesión del puesto adjudicado, la persona interesada debe hacer constar que no ocupa ningún puesto de trabajo ni que realiza ninguna actividad en el sector público de las comprendidas en el artículo 1 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las administraciones públicas. Si lleva a cabo alguna actividad privada, incluidas las de carácter profesional, lo debe declarar en el plazo de 10 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la toma de posesión, para que el órgano competente acuerde la declaración de compatibilidad o de incompatibilidad.

6. Ordenar la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución —que agota la vía administrativa— se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la consejera de Administraciones Públicas en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, de acuerdo con el artículo 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.

 

Marratxí, 12 de marzo de 2014

 

El director general de Función Pública,

Administraciones Públicas y Calidad de los Servicios

 Antoni Mesquida Bauzá                  

 

Conforme con la propuesta. Dicto Resolución

La consejera de Administraciones Públicas

M. Nuria Riera Matos