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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

AYUNTAMIENTO DE CALVIÀ

Núm. 4362
Notificación de embargo de Bienes Inmuebles. Exp. 669/2014

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

En expediente administrativo de apremio que instruye este Servicio de Recaudación del Ayuntamiento de Calviá, contra el obligado al pago D. MARK ANDREW BASNETT con N.I.E.: X4667832N, deudor a la Hacienda Local, se ha dictado lo siguiente:

“DILIGENCIA DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES: Notificado el título ejecutivo y requerido de pago de sus débitos el obligado al pago D. MARK ANDREW BASNETT con N.I.E.: X4667832N habiendo transcurrido el plazo que establece el artículo 62.5 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria sin que los haya satisfecho, y desconociéndose la existencia de otros bienes y derechos embargables señalados en anterior lugar a los inmuebles por el artículo 169.2 de la citada Ley, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 83 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación.

DECLARO EMBARGADO, como propiedad del deudor, el inmueble que a continuación se describe:

FINCA REGISTRAL 44815 TOMO 2443 LIBRO 859 FOLIO 71.

URBANA: VIVIENDA UNIFAMILIAR AISLADA, tipo chalet, compuesta de planta baja y planta de piso, comunicadas entre sí por medio de escalera interior. La planta baja tiene una superficie construída de CIENTO SESENTA Y SEIS METROS OCHO DECIMETROS CUADRADOS, y se compone de recibidor, salón-comedor, cocina, coladuría, aseo, un dormitorio con vestidor y cuarto de baño en su interior, y garaje; teniendo además sendos porches de dos metros cincuenta y seis decímetros cuadrados y treinta y siete metros treinta y ocho decímetros, respectivamente. Y la planta de piso tiene una superficie construída de SETENTA Y SIETE METROS VEINTINUEVE DECIMETROS CUADRADOS, y se compone de distribuidor y dos dormitorios, ambos con vestidor y cuarto de baño en su interior; teniendo además sendas terrazas, una de doce metros diecisiete decímetros cuadrados y otra de veintisiete metros cincuenta y cuatro decímetros cuadrados. Está construido sobre la parcela de terreno identificada con la referencia G-veintiséis del plano de la Urbanización Santa Ponsa, sita en el término municipal de Calviá, que mide MIL CINCUENTA Y SEIS METROS CUADRADOS, estando destinada la parte del solar no ocupada por la edificación a zonas de acceso, ajardinada y de ensanche del edificio, piscina, con un espejo de agua de SETENTA METROS OCHENTA Y CUATRO DECIMETROS CUADRADOS, y un aparcamiento exterior. LINDA la total finca, mirándola desde la calle Gran Vía Illa Tagomago, en la Urbanización de Santa Ponsa, término municipal de Calviá, por la que tiene su acceso: al frente, con dicha calle, en la que está señalada con el número 23_B de policía urbana, por la derecha, cn la parcela G-veinticinco; por la izquierda, con la calle Montpellier; y por el fondo, con la parcela G-uno.

DERECHO DEL DEUDOR SOBRE LA FINCA ANTERIORMENTE DESCRITA: propiedad en cuanto al pleno dominio de esta finca, según escritura de COMPRAVENTA de fecha 28 marzo de 2006 ante el notario de Calvià, D. Raimundo Fortuny Marqués

IMPORTE DE LOS DEBITOS QUE SE PERSIGUEN, CONCEPTO Y EJERCICIOS A QUE SE CORRESPONDEN E IMPORTE TOTAL DE LA RESPONSABILIDAD A QUE QUEDA AFECTADA LA FINCA ANTERIORMENTE DESCRITA:

Impuesto sobre Bienes Inmuebles de Naturaleza Urbana de los ejercicios 2007, 2008, 2009, 2010, 2011, 2012 y 2013; Recogida y Eliminación de Basuras de los ejercicios 2007, 2008, 2009, 2010, 2011, 2012 y 2013; Tasa Entrada de Vehículos de los ejercicios 2012 y 2013; Liquidación de Impuestos sobre Bienes Inmuebles de Naturaleza Urbana del ejercicio 2008 (período liquidado 2006); Liquidación Recogida y Eliminación de Basuras del ejercicio 2008 (período liquidado 2006) y Liquidación Tasa Entrada de Vehículos del ejecicio 2008 (período liquidado 2006).

Importe del principal de la deuda   13.425,80 €

Recargos de apremio ordinario   2.685,16 €

Intereses de demora   2.256,52 €

Presupuesto para gastos y costas del procedimiento   350,00 €

TOTAL DESCUBIERTOS PERSEGUIDOS   18.717,48 €

TOTAL PENDIENTE DE PAGO: 18.717,48€.

De este embargo se practicará Anotación preventiva en el Registro de la Propiedad de Calviá, Nº 1, a favor del Ayuntamiento de Calviá. Calviá, a 11/02/2014, La Tesorera Accidental, Jefa del Servicio de Recaudación, Joana Martí Pujol”

Le notifico la transcrita diligencia de embargo, según lo dispuesto en el artículo 76.3 del Reglamento General de Recaudación y le requiero conforme al artículo 83.2 para que aporte al expediente, entregándolos, los títulos de propiedad del inmueble embargado.

Conforme al artículo 170.3 de la Ley General Tributaria, contra la Diligencia de embargo sólo serán admisibles los siguientes motivos de oposición: a)Extinción de la deuda o prescripción del derecho a exigir el pago. b) Falta de notificación de la providencia de apremio. c) Incumplimiento de las normas reguladoras del embargo contenidas en esta Ley. d) Suspensión del procedimiento de recaudación.

Contra el embargo practicado y contenido de la presente notificación podrá presentar RECURSO DE REPOSICIÓN ante el Sr. Tesorero en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 14.2 del Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

Contra la desestimación expresa o presunta del recurso de reposición podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de esta Provincia, en el plazo de dos meses contados desde el siguiente a la notificación del acuerdo resolutorio del recurso de reposición, si es expreso, y si no lo fuera, de forma presunta en el plazo de seis meses, a contar desde el día siguiente a aquel en que se entienda desestimado el referido recurso de reposición.

No obstante, se podrá interponer cualquier otro recurso que se considere conveniente.

La interposición de recurso no paraliza la tramitación del procedimiento de apremio, que sólo podrá suspenderse en los casos y condiciones previstos en el artículo 73 del Reglamento General de Recaudación.

La notificación al deudor de este expediente, relativo al procedimiento ejecutivo en la vía de apremio que se instruye por este Servicio de Recaudación Municipal, no ha podido tener efecto por causas no imputables a este Servicio, por lo que se cita a los interesados o sus representantes para que, en el plazo de quince días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación del presente anuncio, comparezcan en las oficinas de este Servicio sita en la calle Can Vich, 14 de Calviá a los efectos de que les sea practicada la respectiva notificación, significándoles que de no comparecer en el plazo citado, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazo señalado para comparecer, ello de conformidad a lo dispuesto en el articulo 112 apartados 1 y 2 de la Ley 58/2003, General Tributaria.

 

Calviá, a 4 de marzo de 2014

 

Teniente Alcalde de Economía y Hacienda

(Delegación por decreto de Alcaldía de 14/06/2011)

Cristina Tugores Carbonell

 

La Tesorera Accidental

Jefa del Servicio de Recaudación

Joana Martí Pujol