Sección V. Anuncios
Subsección segunda. Otros anuncios oficiales
AYUNTAMIENTO DE CALVIÀ
Núm. 4357
Notificación de embargo de Bienes Inmuebles. Exp. 678/2014
En expediente administrativo de apremio que instruye este Servicio de Recaudación del Ayuntamiento de Calviá, contra el obligado al pago Dña. FRANCES-MARIE DOWER CON N.I.E.: X5807439P Y D. PETER-EDWARD DOWER CON N.I.E.: X5807443N, deudor a la Hacienda Local, se ha dictado lo siguiente:
“DILIGENCIA DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES: Notificado el título ejecutivo y requerido de pago de sus débitos el obligado al pago Dña. FRANCES-MARIE DOWER CON N.I.E.: X5807439P Y D. PETER-EDWARD DOWER CON N.I.E.: X5807443N habiendo transcurrido el plazo que establece el artículo 62.5 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria sin que los haya satisfecho, y desconociéndose la existencia de otros bienes y derechos embargables señalados en anterior lugar a los inmuebles por el artículo 169.2 de la citada Ley, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 83 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación.
DECLARO EMBARGADOS, como propiedad de losl deudores, el inmueble que a continuación se describe:
FINCA REGISTRAL 63813 TOMO 4336 LIBRO 1497 FOLIO 129.
URBANA: NUMERO QUINCE DE ORDEN.- Vivienda tipo M, sita en la planta piso segundo del edificio 1. Mide una superficie de CIENTO CINCO METROS OCHENTA Y UN DECIMETROS CUADRADOS, teniendo acceso por el zaguán, escalera y ascensor de su bloque, a los que se llega por la red viaria interior del complejo desde la calle Miguel de Unamuno; se compone de hall, estar comedor, cocina, dos baños y dos dormitorios, con una superficie total construida de OCHENTA Y SEIS METROS SETENTA Y NUEVE DECIMETROS CUADRADOS. Además tiene un porche de diecisiete metros un decímetro cuadrados, y un balcón de dos metros un decímetro cuadrado. Linda: al frente de su entrada, con paso común, vuelo de parte no edificada del total complejo y en parte descubierto de la escalera de subida a la vivienda once de orden; por la derecha, con el nivel superior de la vivienda "dúplex", tipo A de su misma planta, once de orden; por la izqierda, en parte, con la viviena N de igual planta y en parte, con paso común y patio; por la parte inferior, con la planta piso primero; y por la superior, con la vivienda letra M del piso tercero. Tiene como ANEJO el cuarto trastero número cinco, sito en la planta baja del edificio 1, con una superficie total útil de CINCO METROS CUARENTA DECIMETROS CUADRADOS, cuyo acceso se dirá. Linda: al frente de su entrada, con zona común de paso y maniobra; por la derecha entrando, con el trastero 6; por la izquierda, con el aparcamiento 4; y por el fondo, con zona no edificada del total complejo. Le corresponden las siguientes cuotas de comunidad: Una respecto a su edificio del 7'8510 por ciento y, otra en relación al total Complejo del 1'8714 por ciento. Su acceso está ordenado por la calle Miguel de Unamuno, a través de la red viaria interior del complejo, el zaguán, escalera y ascensor de su bloque y la zona común de paso y maniobra, implantada en la propia plana.- FORMA PARTE del edificio Número Uno de un Complejo Urbanístico denominado "MARINA DE SANTA PONSA", sito en la calle Miguel de Unamuno sin número de la urbanización Nova Santa Ponsa, en el lugar de Santa Ponsa, del término municipal de Calvià.
DERECHO DE LOS DEUDORES SOBRE LA FINCA ANTERIORMENTE DESCRITA: propiedad en cuanto al pleno dominio de una mitad indivisa, según escritura de compraventa de fecha 19 mayo de 2006 ante el notario de palma D. José Andrés Herrero de Lara.
IMPORTE DE LOS DEBITOS QUE SE PERSIGUEN, CONCEPTO Y EJERCICIOS A QUE SE CORRESPONDEN E IMPORTE TOTAL DE LA RESPONSABILIDAD A QUE QUEDA AFECTADA LA FINCA ANTERIORMENTE DESCRITA:
Impuesto de Bienes Inmuebles de Naturaleza Urbana de los ejercicios 2007, 2008, 2009, 2010, 2011, 2012 Y 2013. Recogida de Basuras de los ejercicios 2006, 2007, 2008, 2009, 2010, 2011, 2012 Y 2013.
Importe del principal de la deuda 8.328,88 €
Recargos de apremio ordinario 1.665,78 €
Intereses de demora 1.321,85 €
Presupuesto para gastos y costas del procedimiento 300,00 €
TOTAL DESCUBIERTOS PERSEGUIDOS 11.616,51 €
TOTAL PENDIENTE DE PAGO: 11.616,51€.
De este embargo se practicará anotación preventiva en el Registro de la Propiedad de Calviá, Nº 1, a favor del Ayuntamiento de Calviá. Calviá, a 14/02/2014, La Tesorera Accidental, Jefa del Servicio de Recaudación, Joana Martí Pujol”
Le notifico la transcrita diligencia de embargo, según lo dispuesto en el artículo 76.3 del Reglamento General de Recaudación y le requiero conforme al artículo 83.2 para que aporte al expediente, entregándolos, los títulos de propiedad del inmueble embargado.
Conforme al artículo 170.3 de la Ley General Tributaria, contra la Diligencia de embargo sólo serán admisibles los siguientes motivos de oposición: a)Extinción de la deuda o prescripción del derecho a exigir el pago. b) Falta de notificación de la providencia de apremio. c) Incumplimiento de las normas reguladoras del embargo contenidas en esta Ley. d) Suspensión del procedimiento de recaudación.
Contra el embargo practicado y contenido de la presente notificación podrá presentar RECURSO DE REPOSICIÓN ante el Sr. Tesorero en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 14.2 del Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Contra la desestimación expresa o presunta del recurso de reposición podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de esta Provincia, en el plazo de dos meses contados desde el siguiente a la notificación del acuerdo resolutorio del recurso de reposición, si es expreso, y si no lo fuera, de forma presunta en el plazo de seis meses, a contar desde el día siguiente a aquel en que se entienda desestimado el referido recurso de reposición.
No obstante, se podrá interponer cualquier otro recurso que se considere conveniente.
La interposición de recurso no paraliza la tramitación del procedimiento de apremio, que sólo podrá suspenderse en los casos y condiciones previstos en el artículo 73 del Reglamento General de Recaudación.
La notificación al deudor de este expediente, relativo al procedimiento ejecutivo en la vía de apremio que se instruye por este Servicio de Recaudación Municipal, no ha podido tener efecto por causas no imputables a este Servicio, por lo que se cita a los interesados o sus representantes para que, en el plazo de quince días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación del presente anuncio, comparezcan en las oficinas de este Servicio sita en la calle Can Vich, 14 de Calviá a los efectos de que les sea practicada la respectiva notificación, significándoles que de no comparecer en el plazo citado, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazo señalado para comparecer, ello de conformidad a lo dispuesto en el articulo 112 apartados 1 y 2 de la Ley 58/2003, General Tributaria.
Calviá, a 4 de marzo de 2014
La Teniente Alcalde de Economía y Hacienda
(Delegación por decreto de Alcaldía de 14/06/2011)
Cristina Tugores Carbonell
La Tesorera Accidental
Jefa del Servicio de Recaudación
Joana Martí Pujol