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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO DE GOBIERNO

Núm. 4594
Acuerdo del Consejo de Gobierno de 14 de marzo de 2014 por el que se autoriza la desadscripción del Centro de Enseñanza Superior Alberta Giménez de la Universidad de las Illes Balears

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Texto

La Ley Orgánica 1/2007, de 28 de febrero, de reforma del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears, en su artículo 36.4 establece que, en materia de enseñanza universitaria, la Comunidad Autónoma de las Illes Balears tiene competencia exclusiva, sin perjuicio de la autonomía universitaria, en la programación y la coordinación del sistema universitario, en la financiación propia de las universidades y en la regulación y la gestión del sistema propio de becas y ayudas.

El artículo 5.4 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, establece que los centros universitarios privados tienen que estar integrados en una universidad privada como centros propios o adscritos a una universidad pública o privada.

Asimismo, según el artículo 11.2 de la misma Ley los centros adscritos tienen que estar establecidos en el ámbito territorial de la comunidad autónoma en la cual se encuentre la universidad a la cual se adscriben, o contar, asimismo con la aprobación de la comunidad autónoma en la cual estén ubicados.

El 15 de diciembre de 1978 la congregación titular del Centro de Enseñanza Superior Alberta Giménez (CESAG) firmó un convenio de adscripción a la Universidad de las Illes Balears.

En virtud de esta adscripción el CESAG imparte la docencia de los siguientes estudios:

  • Grado en Comunicación Audiovisual

  • Grado en Educación Infantil

  • Grado en Educación Primaria

  • Grado en Periodismo

  • Grado en Publicidad y Relaciones Públicas

  • Licenciatura en Comunicación Audiovisual

  • Licenciatura en Periodismo

El Centro de Enseñanza Superior Alberta Giménez ha denunciado el convenio de adscripción a la Universidad de las Illes Balears y ha firmado un convenio de adscripción con la Universidad Pontificia Comillas, la cual ha iniciado los trámites correspondientes con el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

Asimismo, el Centro de Enseñanza Superior Alberta Giménez ha solicitado la desadscripción de la Universidad de las Illes Balears.

El Consejo de Dirección de la Universidad de las Illes Balears, en la sesión de 5 de marzo de 2014, ha aprobado el texto del convenio de desadscripción del Centro de Enseñanza Superior Alberta Giménez de la Universidad de las Illes Balears.

La disposición adicional cuarta de la Ley Orgánica 6/2001 establece que los centros universitarios de ciencias no eclesiásticas no integrados como centros propios en una universidad de la Iglesia Católica que ésta establezca en España se sujetarán, para impartir enseñanzas conducentes a la obtención de títulos de carácter oficial y con validez en todo el territorio nacional, a lo que prevé esta Ley para los centros adscritos a una universidad pública.

Por todo ello, el Consejo de Gobierno, a propuesta de la consejera de Educación, Cultura y Universidades, en la sesión de 14 de marzo de 2014, adoptó, entre otros, el siguiente Acuerdo:

Primero. Dejar sin efecto la adscripción del Centro de Enseñanza Superior Alberta Giménez a la Universidad de las Illes Balears en los términos expresados en el convenio entre ambas entidades y con las condiciones que se establecen en los apartados siguientes.

Segundo. Establecer que el Centro de Enseñanza Superior Alberta Giménez tiene que impartir las enseñanzas autorizadas adscritas a la Universidad de las Illes Balears hasta que se extingan totalmente.

Las enseñanzas se tienen que extinguir de forma progresiva, curso a curso, de acuerdo con lo que se estipula en el convenio mediante el cual se acuerda la desadscripción, y se tiene que garantizar el derecho de los alumnos a disponer de dos convocatorias de examen en los dos cursos académicos siguientes a la extinción, así como a disponer de una posible convocatoria extraordinaria.

Tercero. Establecer el siguiente calendario de extinción:

Estudios de grado

Curso académico

Primer curso

Segundo curso

Tercer curso

Cuarto curso

*Quinto curso

2014-2015

Matrícula sin docencia

Matrícula con docencia

Matrícula con docencia

Matrícula con docencia

Matrícula con docencia

2015-2016

Matrícula sin docencia

Matrícula sin docencia

Matrícula con docencia

Matrícula con docencia

Matrícula con docencia

2016-2017

Posibilidad de convocatoria de gracia

Matrícula sin docencia

Matrícula sin docencia

Matrícula con docencia

Matrícula con docencia

2017-2018

Extinguido

Posibilidad de convocatoria de gracia

Matrícula sin docencia

Matrícula sin docencia

Matrícula con docencia

2018-2019

Extinguido

Extinguido

Posibilidad de convocatoria de gracia

Matrícula sin docencia

Matrícula sin docencia

2019-2020

Extinguido

Extinguido

Extinguido

Posibilidad de convocatoria de gracia

Matrícula sin docencia

2020-2021

Extinguido

Extinguido

Extinguido

Extinguido

Posibilidad de convocatoria de gracia

2021-2022

Extinguido

Extinguido

Extinguido

Extinguido

Extinguido

*Plan de estudios de doble titulación: grado en Periodismo y grado en Comunicación Audiovisual.

Estudios de diplomatura

Curso 2013-2014: posibilidad de convocatoria de gracia.

Estudios de licenciatura:

Curso 2014-2015: posibilidad de convocatoria de gracia.

Cuarto. Establecer que los expedientes y las actas oficiales de los alumnos que han cursado o que finalicen en el Centro de Enseñanza Superior Alberta Giménez las enseñanzas adscritas a la Universidad de las Illes Balears tienen que ser custodiados por esta Universidad, que tiene que expedir los certificados oficiales.

No obstante, el Centro de Enseñanza Superior Alberta Giménez puede expedir, a petición de las personas interesadas, documentos no oficiales para dejar constancia de las calificaciones y los estudios cursados, siempre que se mencione expresamente su carácter informativo y no oficial.

Quinto. Condicionar la eficacia de este acuerdo, de acuerdo con los artículos 5 y 11 y la disposición adicional cuarta de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, según la redacción de la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, de modificación de la Ley Orgánica de Universidades, a la aprobación del convenio de desadscripción por parte de los órganos competentes de la Universidad de las Illes Balears, a la aprobación del convenio de adscripción suscrito por el CESAG y la Universidad Pontificia Comillas por parte de los órganos competentes del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y de la Comunidad Autónoma de Madrid y a la autorización de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

Sexto. Notificar este acuerdo al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

Séptimo. Notificar este acuerdo al Centro de Enseñanza Superior Alberta Giménez.

Octavo. Notificar este acuerdo a la Universidad de las Illes Balears.

Noveno. Publicar este acuerdo en el Boletín Oficial de las Illes Balears.”

 

Palma, 14 de marzo de 2014

 

El secretario del Consejo de Gobierno

Antonio Gómez Pérez