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AYUNTAMIENTO DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 4372
Sanidad.- Viviendas.- Notificación sentencia (exp. 43/12-V)
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Por no haber podido ser efectuada la preceptiva notificación a la persona que a continuación se relaciona, por el presente Edicto se le notifica en relación al expediente que se tramita en el Negociado de Sanidad y Consumo, relativo a la limpieza y saneamiento de un edificio sin acabar ubicado en la calle Balanguera nº 29 esq. Joan Pons i Marques, de esta ciudad, se ha dictado lo siguiente:
“QUE DEBO ACORDAR Y ACUERDO LAS SIGUIENTES MEDIDAS:
1º.-) AUTORIZAR la entrada domiciliaria, con la finalidad de poder ejecutar el Decreto de Alcaldia núm. 2883, de fecha 18 de febrero de 2013, y proceder a la limpieza y saneamiento del edificio sin acabar ubicado en la c/ Balanguera nº 29 es. c/ Joan Pons i Marques, de esta ciudad, y eliminar las anomalías sanitarias comprobadas por la Policia Local, conforme al informe del Area Delegada de Sanitat i Consum, que se acuerda a favor de l’ajuntament de Palma, y en sua so poder llevar a cabo el cumplimiento del mismo.
2º.-) NOTIFICAR este Auto a los propietarios, así como al AYUNTAMIENTO DE Palma de Mallorca. La Administración actuante deberá notificar a los propiearios, al menos con siete días de anticipación, la fecha y hora en que se procederán a comprobar la efectiva ejecución del referido decreto haciéndole saber cuando comenzarán los trabajos necesarios en caso de comprobarse que no se ha ejecutado el Decreto.
3º.-) HACER CONSTAR DOCUMENTALMENTE las operaciones realizadas para ejecutar este Auto y consignar cualesquiera incidencias que pudieran haber surgido por esa causa, remitiendo el correspondiente informe a este Juzgado dentro de los quince días siguientes a la realización de las operaciones autorizadas por esta resolución judicial.
4º.-) ESTABLECER un plazo de vigencia de este Auto de TRES MESES, contados a partir de la fecha en que se recibe en el Ayuntamiento de Palma el testimonio de este Auto.
Notifíquese esta resolución a las partes haciéndolas saber que contra la misma cabe recurso de apelación en un solo efecto que deberá inerponerse por escrito ante este mismo Juzgado dentro del plazo de quince días siguientes a su notificación y del que conocerá, en su caso, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares.
Así lo acuerda, manda y firma D. María José Valero Vicente, Juez sustituta del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Palma de Mallorca.”
Lo que se hace público, en cumplimiento del que se establece al articulo 35 y los apartados 3º y 4º del artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y el artículo 194 del R.D. 2568/86, de 28 de noviembre, del Reglamento de Organitzación, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.
El mencionado Edicto se publica a petición del Juzgado Contencioso Administrativo nº 1.
Palma, 12 de marzo del 2014
La jefa del departamento
Rosa Llinás Bosch