Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LAS ILLES BALEARS

Núm. 4138
Recurso de Suplicación 80/2012

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

 Cédula de notificación de AUTO

En las actuaciones RSU 80/2012, de referencias en el encabezamiento, seguidas ante la Sala de lo Social de este Tribunal Superior de Justicia, dimanante de los autos de instancia 256/2011  del Juzgado de lo Social Nº 1  de Ibiza, promovidos por Dª Silvia Majo Gorchs, contra Central Broadcaster Media S.L, IB3 Ens Public de Radio i Televisió Illes Balears, Serveis Balears de Televisió S.L y Frame Media S.L, sobre sucesión de empresas, con fecha 17 de octubre de 2013 se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

LA SALA ACUERDA: Declarar la inadmisión del recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por la Letrada Dª Esther Mateo Ruiz, en nombre y representación de CENTRAL BROADCASTER MEDIA, S.L. contra la sentencia dictada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares de fecha 11 de abril de 2012, en el recurso de suplicación número 80/12, interpuesto por Dª SILVIA MAJO GORCHS, frente a la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 1 de los de Ibiza de fecha 19 de septiembre de 2011, en el procedimiento nº 256/11 seguido a instancia de Dª SILVIA MAJO GORCHS contra FRAME MEDIA, S.L., CENTRAL BROADCASTER MEDIA, S.L., SERVEIS BALEARS DE TELEVISIO, S.L y ENS PUBLIC DE RADIO TELEVISIO, sobre sucesión de empresas.

Se declara la firmeza de la sentencia recurrida, con imposición de costas a la recurrente, y pérdida del depósito constituido para recurrir, dándose, en su caso, a las consignaciones y aseguramientos prestados el destino que corresponda.

 Contra este auto no cabe recurso alguno.

 Devuélvanse los autos de instancia y el  rollo de suplicación a la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de procedente con certificación de esta resolución y comunicación.

 Así lo acordamos, mandamos y firmamos”.

 Y para que sirva de notificación y advertencia en forma a FRAME MEDIA S.L, hoy en ignorado paradero, se expide el presente edicto en PALMA DE MALLORCA, a 28 DE FEBRERO DE 2014.

 EL SECRETARIO JUDICIAL