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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE EIVISSA

Núm. 4157
Resolución de la Consejera Ejecutiva de Movilidad, Interior y Medio Ambiente de fecha 6 de marzo de 2014 por la que se convocan pruebas de constatación de capacitación profesional para el ejercicio de las actividades de Transporte interior e internacional de mercancias y transporte interior e internacional de viajeros en el ámbito de la isla de Ibiza

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Texto

La Ley 16/87, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres, y su Reglamento aprobado el 28 de septiembre de 1990 determinan que para el ejercicio de las actividades de transportista de viajeros y de mercancías por carretera, de agencia de transporte de mercancías, de transitario y de almacenista-distribuidor, será necesario acreditar previamente el cumplimiento del requisito de capacitación profesional, que se reconocerá a aquellas personas que, justificada la posesión de los conocimientos necesarios, superen las pruebas que se convoquen y obtengan el correspondiente certificado, ahora regulado conforme lo que desarrolla la Orden Ministerial de 28 de mayo de 1999.

Estas normas prevén que las convocatorias las realizarán en sus territorios las Comunidades Autónomas en el ejercicio de las funciones delegadas por el Estado en la Ley Orgánica 5/87, de 30 de julio, y su efectividad, en el caso de las Illes Balears, se materializó al realizarse por la aplicación del  Real Decreto 993/92 de 31 de julio la transferencia de los medios personales y materiales que las funciones señaladas necesitan. Posteriormente, en aplicación del art. 39 del Estatuto de autonomía y de la Ley del Parlamento de las Illes Balears 5/1989 de 13 de abril, de los consejos insulares, se aprobó la atribución de competencias a los consejos insulares de Mallorca, de Menorca y de Ibiza y Formentera, en materias diversas.

El Pleno del Parlamento de las Illes Balears, en sesión ordinaria de día 21 de diciembre de 1998, aprobó la Ley de atribución de competencias a los consejos insulares de Menorca y de Ibiza y Formentera en materia de transportes por carretera. La Ley 13/1998, de 23 de diciembre, en el artículo 2.2.j. señala como competencia delegada del Consell Insular de Ibiza y Formentera la capacitación profesional para el ejercicio del transporte público.

Por todo esto, según  el artículo 13 de la Ley Orgánica 5/87 de 30 de julio y lo que dispone la Orden de 28 de mayo de 1999, así como el Decreto de Presidencia de fecha 4 de julio de 2011, visto el informe propuesta de fecha 5 de marzo del 2014 del jefe de sección de transportes con el visto y conforme de la Secretaria técnica del Área de Economia, Benestar Social i Esports, en sustitución del Secretario técnico del Área de Presidencia de la misma fecha, RESUELVO convocar pruebas de constatación de la capacitación profesional para el ejercicio de las actividades de transporte interior y internacional de mercancías y de transporte interior y internacional de viajeros, de acuerdo con las siguientes:

BASES:

PRIMERA - Ámbito de las pruebas

Se convocan pruebas para la constatación de la capacitación profesional para el ejercicio de las actividades de transporte interior y internacional de mercancías y de transporte interior y internacional de viajeros a celebrar en el ámbito de la islas de Ibiza.

SEGUNDA – Ejercicios

Los ejercicios de las pruebas, su estructura y criterios de calificación serán los establecidos en la Orden del Ministerio de Fomento, de 28 de mayo de 1999, por la cual se desarrolla el Capítulo 1º del Título II del Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres en materia de expedición de certificados de capacitación profesional (BOE núm. 139, de 11 de junio de 1999)

Los ejercicios que deberán superar los aspirantes a la obtención del certificado de capacitación profesional para el ejercicio de las actividades de transporte, se basarán en el contenido de las materias incluidas en el anexo B) de la citada Orden Ministerial, en su correspondiente modalidad o grupo

TERCERA – Solicitudes

Las solicitudes para tomar parte en las pruebas, debidamente cumplimentadas de conformidad con el modelo adjunto a esta resolución, se presentarán al Consejo Insular de Ibiza en un plazo que se iniciará a partir del día siguiente al de la publicación en el BOIB de esta convocatoria y que finalizará el próximo día 5 de abril de 2014. Las solicitudes deberán acompañarse de una fotocopia del Documento Nacional de Identidad en vigor y, en su caso, cuando se produzcan las circunstancias reglamentarias previstas que posibiliten la presentación en las pruebas en una localidad diferente de aquella en la cual el solicitante tenga su domicilio habitual, de los documentos acreditativos de esas circunstancias.

CUARTA - Domicilio y requisitos de los aspirantes.

Los aspirantes al reconocimiento de la capacitación profesional, sólo podrán concurrir a los ejercicios celebrados ante el Tribunal nombrado por este Consell Insular si tienen su domicilio legal en cualquiera de los municipios de la isla de Ibiza.Para demostrarlo deberán presentar al Tribunal en el momento del inicio de los ejercicios, el original de  su DNI, con  el domicilio que aparezca incluido en el ámbito territorial que alcance la actuación del citado tribunal. Cuando se produzcan cambios de domicilio no reflejados todavía en el DNI, podrá justificarse con un certificado de empadronamiento emitido por el correspondiente Ayuntamiento.

Las personas que justifiquen tener su domicilio en territorio extranjero, podrán concurrir a las pruebas, y tendrán que presentar la correspondiente solicitud en unión de los oportunos justificantes

QUINTA.- La composición del Tribunal calificador de las citadas pruebas es el siguiente:

Presidente:              Sra. Belén Planells Tur

Secretario:                Sr. Antonio Montero Guasch

Vocal 1º:                  Sra. Sara Tomás Gurnham 

Vocal 2º:                  Sr. Antonio Nieto Burgos

Vocal 3º:                  Sr. Fco. Javier Serra Ferrer (PIMEEF)

Suplente del Presidente:           Sr. Juan Manuel Gil Gómez

Suplente del Secretario:           Sra. María Jurado Linares

Suplente del Vocal 1º:              Sra. Lourdes Riera Ribas

Suplente del Vocal 2º:              Sr. Juan Antonio Torres Planells                                    

Suplente del Vocal 3º:              Sra. Gloria Vargas Ribas (PIMEEF)

SEXTA- Lugar y fecha de celebración de las pruebas:

Lugar de los ejercicios:

Consejo Insular de Ibiza

Av. España, 49

07800 Eivissa

Fecha y hora:

Jueves, día 10 de abril del 2014

08,30 horas: Ejercicio para la modalidad de transporte interior y internacional de mercancías

12,15 horas: Ejercicio para la modalidad de transporte interior y internacional de viajeros

SÉPTIMA- Modelo de presentación de instancias:

.......................................(nombre y apellidos)....................................................que vivo en ........(población)................ y con domicilio en la calle ................................................ ................................................................. núm. ............, piso .............., teléfono .......................... con DNI núm. ................................,

EXPONGO: que reúno todos y  cada uno de los requisitos exigidos en las bases aprobadas por Decreto del Consejero Ejecutivo del departamento de Política de Movilidad y Medio Ambiente de fecha ,,,, de ,,,,, de 2014 para la realización de pruebas de capacitación profesional de transportista  (se adjunta fotocopia del DNI).

Por lo anterior

SOLICITO: ser admitido a las citadas pruebas en la modalidad que a continuación señalo:

a.Transporte interior y internacional de mercancías

b.Transporte interior y internacional de viajeros

Lo manda y firma la Hble. Sra. Consejera Ejecutiva del departamento de Movilidad, Interior y Medio Ambiente y da fe la Secretaria Accidental.

Contra esta resolución,  que no agota la vía administrativa, puede interponerse recurso de alzada, de acuerdo con los artículos 107 y 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/99, de 13 de enero. El recurso podrá interponerse dentro de plazo de un mes contados a partir del día siguiente a la recepción de la presente notificación, mediante un escrito dirigido a la Presidencia del Consell Insular, presentado en esta Corporación o en las dependencias a qué se refiere el artículo 38.4 de la mencionada Ley 30/92. El recurso tendrá que resolverse en el plazo de tres meses, transcurrido el cual se entenderá desestimado, y quedará abierta la vía contenciosa-administrativa.

 

 Ibiza, 7 de marzo del 2014

 

El Secretario Técnico del Área de Presidencia

Agustín Goerlich López