Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA
JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM.4 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 3715
Ejecución de títulos judiciales 15/2014 Sobre ordinario
D/Dª FRANCISCA MARIA REUS BARCELO, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social nº 004 de PALMA DE MALLORCA, HAGO SABER:
Que en el procedimiento EJECUCION DE TITULOS JUDICIALES 0000015 /2014 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D/Dª THOMAS EDELMANN . contra la empresa MAXIMAL TRAVEL SA, sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:
AUTO
Magistrado/a-Juez
Sr/Sra. D/D.ª RICARDO MARTIN MARTIN
En PALMA DE MALLORCA, a veinticuatro de Febrero de dos mil catorce.
PARTE DISPOSITIVA
Dispongo: Despachar orden general de ejecución sentencia a favor de la parte ejecutante, THOMAS EDELMANN, frente a MAXIMAL TRAVEL SA, parte ejecutada, , por importe de 9750 euros en concepto de principal, más otros 2000 euros que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución y las costas de ésta, sin perjuicio de su posterior liquidación.
DECRETO
Secretario/a Judicial D/Dª FRANCISCA MARIA REUS BARCELO.
En PALMA DE MALLORCA, a veinticuatro de Febrero de dos mil catorce.
Se transfieren a la presente ejecución las cantidades consignadas en concepto de embargo preventivo en los autos 407/11. Una vez verificado expídase mandamiento de pago a favor de THOMAS EDELMANN a cuenta de principal.
Se decreta el embargo de bienes propiedad de la ejecutada MAXIMAL TRAVEL por un importe de 400 euros en concepto de principal restante, más 2000 euros calculados provisionalmente para costas e intereses.
Se decreta el embargo telemático sobre los ingresos que se produzcan en la c/c de las parte ejecutadas, así como de los saldos acreedores existentes en las cuentas corrientes en las entidades bancarias ; depósitos de ahorro o análogos y cualquier valor mobiliario titularidad de la apremiada, en los que la entidad bancaria actúe como depositaria o mera intermediaria, hasta cubrir el importe total del principal adeudado más intereses y costas calculadas. Líbrese la oportuna comunicación para la retención y transferencia de las indicadas cantidades y sucesivas que se abonen hasta cubrir el total importe a la cuenta de consignaciones de este Juzgado
Y para que sirva de notificación en legal forma a THOMAS EDELMANN ., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de BALEARES.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
En PALMA DE MALLORCA, a veinticuatro de Febrero de dos mil catorce.
EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL