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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA

JUZGADO DE 1A. INSTANCIA NÚM. 1 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 3991
Juicio verbal 1235/2013 Sobre otras materias

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Texto

MARIA DEL MAR GARCIA REVIRIEGO Secretaria Judicial del Juzgado de PRIMERA INSTANCIA N. 1 DE PALMA DE MALLORCA, por el presente,

ANUNCIO

Que en el presente procedimiento seguido a instancia de la CP Pere Ripoll i Palou 62-64-66 de Palma representada por el Procurador Xim Aguiló de Cáceres Planas frente a VICENTE QUESADA COLL se ha dictado SENTENCIA de fecha 26 de febrero de 2014 cuyo FALLO, es del tenor literal siguiente:

FALLO

Que debo estimar y estimo íntegramente la demanda presentada por el Procurador de los Tribunales D. Xim Aguiló de Cáceres Planas, en nombre y representación de Comunidad de Propietarios de calle Pere Ripoll i Palou nº 62-64-66 de Palma, contra D. Vicente Quesada Coll condenando al demandado a abonar a la actora 3082,6 por cuotas comunitarias debidas más las que se devenguen en el futuro, y más gastos de requerimiento de pago por 27,26 euros con expresa imposición de las costas al demandado.

La presente sentencia no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación ante este Juzgado y a resolver por la Audiencia Provincial de Islas Baleares, en el plazo de 20 días de conformidad con los artículos 455 y 458 LEC.

Con carácter previo a la interposición del recurso deberá consignarse la cantidad de 50 euros, en concepto de depósito, en la cuenta de depósitos y consignaciones del Juzgado existente en el banco Banesto.

Asimismo, la/s parte/s recurrente/s deberán hacer frente al abono de la tasa de conformidad con lo dispuesto en la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, modificada por Real Decreto-Ley 3/2013, de 22 de febrero.

Así por esta mi sentencia la pronuncia, manda y firma D. Sergio López Ruiz, Juez Titular del Juzgado de Primera Instancia nº1 de Palma de Mallorca.

PUBLICACIÓN.- Leída y publicada fue la anterior sentencia por el Sr. Juez que la suscribe estando celebrando audiencia pública en el mismo día de su fecha; doy fe.

Y encontrándose dicho demandado, VICENTE QUESADA COLL en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.

Palma de Mallorca a veintiséis de febrero de dos mil catorce.

EL SECRETARIO JUDICIAL