Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE EIVISSA
JUZGADO DE 1A. INSTANCIA NÚM. 1 DE EIVISSA
Núm. 2857
Ordinario Impugnación. Acuerdos sociales - 249.1.3 220/2012 Sobre otras materias
D. RAFAEL PEDRAZA ARIAS, Secretario Judicial de JDO. PRIMERA INSTANCIA N.1 de EIVISSA,
HAGO SABER:
Que en virtud de lo acordado en los autos de referencia, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la L.E.C. por el presente se notifica a PATRICK GUILLES CHRISTIAN MAUX y DANIELLE FRANCE MAUX, la sentencia recaída en los presentes autos, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
“SE ESTIMA la demanda presentada por la Procuradora Doña María Tur Escandell, en nombre y representación de la Comunidad de Propietarios Edificio Residencial El Puerto contra Don Patrick Guilles Christian Maux y Doña Danielle France Maux, rebeldes, y se DECLARA que Don Patrick Guilles Christian Maux y Doña Danielle France Maux adeudan a la Comunidad actora, en concepto de cuotas comunitarias ordinarias, derramas extraordinarias y recargos e intereses, la cantidad de 8.025,4 euros, y se CONDENA a Don Patrick Guilles Christian Maux y a Doña Danielle France Maux a satisfacer a la parte actora la cantidad de 8.025,4 euros más los intereses legales desde la fecha de la interposición de la demanda; todo ello con expresa condena en costas a la parte demandada
Comuníquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que no es firme, y que contra la misma cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días, ante este Juzgado, de conformidad con lo previsto en el artículo 458 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
Por esta mi Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo; Dª Carmen Bru Muñoz, Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Ibiza.- Doy Fe.- “
En EIVISSA, a cinco de febrero de dos mil catorce.
EL SECRETARIO JUDICIAL